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af Elena Del Río 2 år siden

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A.C.A.E.S

Una asociación como la A.C.A.E.S., dedicada a combatir el acoso escolar en secundaria, debe destinar sus beneficios exclusivamente a sus fines y no repartirlos entre sus miembros ni sus allegados.

A.C.A.E.S

A.C.A.E.S (Asociación Contra el Acoso Escolar en la Secundaria).

¿Qué son las asociaciones declaradas de utilidad pública? ¿Cómo se solicita la inscripción para formar parte de este tipo de asociaciones? ¿Derechos y obligaciones de las asociaciones de utilidad pública?

Obligaciones de las asociaciones de utilidad pública. Las asociaciones de utilidad pública deberán rendir las cuentas anuales del ejercicio anterior en el plazo de los seis meses siguientes a su finalización, y presentar una memoria de las actividades realizadas ante el organismo encargado de verificar su constitución y de efectuar su inscripción en el Registro correspondiente, en el que quedarán depositadas. Asimismo, deberán facilitar a la administración los documentos que sean necesarios.
Los derechos fundamentales de una asociación de utilidad pública deben ser: a) Usar la mención “Declarada de Utilidad Pública” en toda clase de documentos, a continuación de su denominación. b) Disfrutar de las exenciones y beneficios fiscales que las leyes reconozcan a favor de las mismas, en los términos y condiciones previstos en la normativa vigente. c) Disfrutar de beneficios económicos que las leyes establezcan a favor de las mismas. d) Asistencia jurídica gratuita en los términos previstos en la legislación específica.
La declaración de utilidad pública se debe a cabo en virtud de Orden del Ministro y de un informe favorable de las Administraciones públicas y, por último, del Ministerio de Hacienda.
Artículo 32. Asociaciones de utilidad pública. Serán declaradas asociaciones de utilidad pública aquellas en las que se cumplan los requisitos siguientes: a) Que sus fines estatutarios tiendan a promover el interés general, y sean de carácter cívico, educativo, científico, cultural, deportivo, sanitario, de promoción de los valores constitucionales... b) Que su actividad no esté restringida a beneficiar a sus asociados, sino que este abierta a cualquier otro posible beneficiario que reúna las condiciones exigidas. c) Que los miembros de los órganos de representación no lo hagan con cargo a fondos y subvenciones públicas. d) Que cuenten con los medios personales y materiales adecuados y con la organización idónea para garantizar su cumplimiento. e) Que se encuentren constituidas, inscritas en el Registro correspondiente, en funcionamiento y dando cumplimiento efectivo a sus fines y concurriendo todos los requisitos.

Las asociaciones juveniles (ley valenciana de asociaciones)

Se tratan de aquellas asociaciones juveniles cuya finalidad sea la promoción, integración social, participación activa o entretenimiento de la juventud. No obstante esta condición se pierde al cumplir los treinta años. En el acto de constitución de una entidad deberán participar necesariamente al menos tres personas mayores de edad o menores emancipados. Además, su presidencia la ostenta siempre una persona mayor de edad o menor emancipada.

Derechos y deberes de las personas asociadas.

Artículo 21. Derechos de los asociados: Todo asociado ostenta los siguientes derechos: a) A participar en las actividades de la asociación y en los órganos de gobierno y representación, a ejercer el derecho de voto, así como a asistir a la Asamblea General, de acuerdo con los Estatutos. b) A ser informado acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la asociación, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad. c) A ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él y a ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso, imponga la sanción. d) A impugnar los acuerdos de los órganos de la asociación que estime contrarios a la ley o a los Estatutos.
Artículo 22. Deberes de los asociados: a) Compartir las finalidades de la asociación y colaborar para la consecución de las mismas. b) Pagar las cuotas, derramas y otras aportaciones que, con arreglo a los Estatutos, puedan corresponder a cada socio. c) Cumplir el resto de obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias. d) Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno y representación de la asociación.

Estructura organizativa de las asociaciones: órganos de gobierno (asamblea general) y órganos de representación (junta directiva). ¿Cómo funcionan cada uno de estos órganos?

El Órgano de Representación, también llamado Junta Directiva, se encarga de la gestión de la Asociación entre Asambleas, así como de los actos propios de las finalidades de la asociación. El funcionamiento de la Junta Directiva se establece en función de lo que dictaminen los Estatutos, teniendo en cuenta el Artículo 11 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho a la Asociación.
En el Órgano de Gobierno, también llamado Asamblea General, recae la soberanía de la Asociación y está compuesta por los socios. Podemos destacar lo siguiente: Realización de la Asamblea una vez al año para aprobar las cuentas del año que acaba y presupuesto del siguiente. Se realiza para hacer modificaciones en los Estatutos

¿Qué contiene el acta fundacional? ¿Para qué sirve? ¿Qué hay que adjuntar al acta fundacional en el caso de personas jurídicas? ¿Y en el caso de personas físicas?

En caso de tratarse de personas jurídicas el Acta debe de contener un certificado del acuerdo adoptado por el órgano competente en cuestión, donde quede constancia de la voluntad de formar parte de la asociación. También hará falta la designación de una persona física que acredite su identidad por el/ella.
1. Identificar los promotores 2. La aprobación de los Estatutos 3. Lugar y fecha de otorgamiento del Acta 4. Designación de los integrantes del órgano provisional del Gobierno
El Acta fundacional sirve para que la asociación adquiera personalidad jurídica y que pueda ejercer de manera libre su actuación.

Normativa reguladora: a nivel estatal y a nivel autonómico.

Las asociaciones son reguladas tanto a nivel estatal: 5852 LEY ORGÁNICA 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación. («BOE» 73, de 26-3-2002.) como a nivel autonómico.

¿Qué ocurre con los beneficios obtenidos en una asociación?

Los beneficios obtenidos por las asociación,deberán destinarse al cumplimiento de sus fines, sin que exista un reparto entre los asociados ni entre sus cónyuges o personas que convivan con aquéllos con análoga relación de afectividad, ni entre sus parientes, ni su cesión gratuita a personas físicas o jurídicas con interés lucrativo.

¿Qué es una asociación?

Una asociación es un organismo creado por una agrupación de personas con el fin de realizar una actividad colectiva sin ningún tipo de ánimo de lucro y con una plena independencia respecto a otras asociaciones. Las asociaciones siempre cuentan de personalidad jurídica, la cual cosa hace capaz adquirir derechos y obligaciones.
https://www.youtube.com/watch?v=FQMIvE9nppc

¿Qué son los estatutos de una asociación? ¿Qué deben contener? ¿Cómo hacer una modificación?

En cuanto a las modificaciones de los Estatutos, podemos decir que se realizan cambiando alguno de los apartados para poder adaptarse mejor a las necesidades perdidas o a las características que se deseen establecer por los socios y promotores. También, dentro de los Estatutos se puede desarrollar un régimen interno para gestionar ciertos aspectos del funcionamiento de la Asociación a los cuales se les desee dar un mayor desarrollo.
Los Estatutos son reglas fundamentales de una Asociación que son vinculantes para los socios y participantes de ella. En ellos deben de estar reflejadas las normas creadas por los socios y contenidos obligatorios de una Asociación. Como por ejemplo: - El domicilio, así como el ámbito territorial en que haya de realizar principalmente sus actividades. - La duración, cuando la asociación no se constituya por tiempo indefinido. - Los fines y actividades de la asociación, descritos de forma precisa. - Los derechos y obligaciones de los asociados y, en su caso, de cada una de sus distintas modalidades.

¿Qué son los consejos sectoriales de asociaciones?

Los consejos sectoriales de asociaciones se crean para asegurar la colaboración entre las administraciones y las asociaciones, como vía de participación ciudadana en asuntos públicos, como órganos de consulta, información y asesoramiento en ámbitos concretos de actuación. Estos consejos están formados por representantes de las administraciones públicas, de las asociaciones, y por otros miembros que se designen por sus especiales condiciones de experiencia o conocimiento, teniendo en cuenta la distribución concreta que haya en cada materia.

El Consejo Valenciano de Asociaciones.

Funciones del Consejo Valenciano de Asociaciones: a) Asesorar e informar sobre cualquier propuesta normativa que afecte al régimen general de las asociaciones y formular propuestas a tales efectos. b) Proponer las actuaciones tendentes a la promoción y fomento de las asociaciones tanto como emitir su criterio sobre la operatividad y efectividad de las actuaciones administrativas de apoyo y promoción. c) Proponer líneas de apoyo para incrementar la potenciación exterior de las asociaciones. d) Asesorar e informar a las asociaciones y crear programas de formación para promover y hacer eficaz el movimiento asociativo. e) Mediar en los conflictos internos así como entre distintas asociaciones. f) Ejercer la administración del arbitraje y proveer a la designación de árbitros en los conflictos surgidos en asociaciones dentro del ámbito autonómico cuando alguna las partes lo vea necesario.
La estructura y composición del Consejo Valenciano de Asociaciones se determinará reglamentariamente, formando parte del mismo representantes de las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana, de las asociaciones, federaciones y confederaciones de asociaciones de ámbito autonómico y, de los consejos sectoriales de asociaciones.
El Consejo Valenciano de Asociaciones es un órgano de participación y consulta de las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana para el ejercicio de sus competencias en la materia.

Inscripción en el Registro: ¿es obligatorio? Registro Nacional de Asociaciones y Registros autonómicos. El Registro de asociaciones valenciano. Término de inscripción y documentación necesaria.

Para poder tramitar la solicitud de inscripción de una asociación, se deben cumplir los siguientes requisitos: Identificación del interesado, indicando nombre y apellidos, nacionalidad, domicilio y número del documento legal de identidad. Nombre exacto de la asociación y domicilio Indicación del código de la actividad más característica de la asociación. Hechos, razones y petición en que se concreta la solicitud. Lugar, fecha y firma del interesado. Órgano a la que se dirige, que es la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior. Descripción de la documentación que se acompaña a la solicitud. Toda la documentación que se acompaña a la solicitud debe ser original o, aportarse mediante un certificado expedido por la persona facultada para ello conforme a lo que se establece en los estatutos. Esta tramitación, para la inscripción de una asociación, para ser dada de alta en el Registro Nacional de Asociaciones, no está expresamente establecido. En cambio, el plazo de presentación de las solicitudes de inscripción de modificación o actualización, de las asociaciones ya inscritas, será de un mes.
En cuanto a los Registros Autonómicos de Asociaciones podemos decir que en cada Comunidad Autónoma existen tales registros, cuya finalidad es la inscripción de las asociaciones que lleven a cabo sus labores en el ámbito territorial de aquéllas. Sin embargo, los Registros Autonómicos también deberán ser notificados al Registro Nacional de Asociaciones, tanto las inscripciones como las disoluciones
Registro Nacional de Asociaciones tiene como objetivo la inscripción de asociaciones y demás actos inscribibles, en relación con: - Asociaciones, federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones de ámbito estatal y todas aquéllas que no desarrollen principalmente sus funciones en el ámbito territorial de una Comunidad Autónoma. - Asociaciones extranjeras que desarrollen actividades en España, de forma estable o duradera, que deberán establecer una delegación en territorio español.
La inscripción en el Registro no es obligatoria, solamente es declarativa, con efectos de poder dar publicidad a asociaciones que ya existen, lo que es importante porque se practica en garantía de los propios socios y de terceros que se relacionan con la asociación.

Obligaciones documentales y contables.

las asociaciones deberán tener un libro de actas de las reuniones de sus órganos de gobierno y representaciones y las personas asociadas dispondrán del derecho de acceder
Con el fin de determinar la representatividad de las asociaciones en materia de subvenciones y ayudas públicas, éstas deberán comunicar a las administraciones públicas
Las asociaciones tienen que disponer de una relación actualizada de las personas asociadas a los efectos de funcionamiento interno y sometida a la normativa de protección de datos de carácter personal

¿Cómo se produce la disolución y liquidación de una asociación? (no a nivel judicial; artículos 17 y 18 orden estatal)?

A estos liquidadores les corresponderá velar por la integridad del patrimonio de la asociación; concluir las operaciones pendientes y efectuar las nuevas, que sean precisas para la liquidación; cobrar los créditos de la asociación; liquidar el patrimonio y pagar a los acreedores; aplicar los bienes sobrantes de la asociación a los fines previstos por los Estatutos y, por último, solicitar la cancelación de los asientos en el Registro.
La disolución de las asociaciones se produce, por una parte, por la voluntad de los asociados expresada en la Asamblea General. A estos liquidadores les corresponderá velar por la integridad del patrimonio de la asociación

¿Cómo se constituye una asociación? ¿Qué incluye el acuerdo de constitución? Orden de pasos para su creación.

5. Una vez realizado el procedimiento de inscripción, se podrán realizar otros trámites en función de la actividad que vaya a desarrollar la asociación como por ejemplo la solicitud del cif provisional ante Hacienda, inscripción en otros registros específicos (Registros municipales de Participación Ciudadana, registro de ONG de Cooperación internacional en la AECID, ...), etc.
4. Cuando entreguemos toda la documentación, la asociación se quedará con una copia de la solicitud como justificante de su presentación. El registro deberá contestar en el plazo de 3 meses, para informarnos de si la solicitud ha sido aceptada o no.
2. Identificación del Registro donde corresponde la inscripción. La inscripción deberá realizarse en el Registro de Asociaciones Autonómico, sin embargo, si el ámbito de actuación afecta a más de una comunidad autónoma la inscripción deberá realizarse en el Registro Nacional de Asociaciones.
1. Celebración de la Reunión de fundación de la asociación y redacción de los Estatutos y aprobación del Acta Fundacional.

¿Quiénes son los responsables en caso de deuda?

Miembros o titulares de los órganos de gobierno y representación
Personas que actúen en nombre y representación de la asociación