ALTERANTIVAS DE LA ETAPA PRPDUCTIVA

CONTRATO DE APRENDIZ

A través de los contratos de aprendizaje los empresarios apoyan la formación de los aprendices para que adquieran conocimientos prácticos en entornos laborales, contribuyendo en su desarrollo profesional y personal.

¿Qué empresas deben realizar contratos de aprendizaje?

Toda empresa privada que realice cualquier tipo de actividad económica diferente al sector de la construcción, y que tenga quince (15) o más trabajadores, debe realizar un (1) contrato de aprendizaje por cada veinte (20) trabajadores y un (1) contrato adicional por fracción entre 10 y 20 colaboradores.

PROYECTO PRODUCTIVO

Conformación empresa

Certificado por la subdirección del SENA

Apoyo de la unidad de Emprendimiento

PASANTIAS

El empresario no está obligado a pagar ningún apoyo de sostenimiento, la única obligación que tiene es la cobertura a ARL y el reconocimiento previamente hablado entre las dos partes (económico o en especie

Existen 3 tipos de pasantía

Apoyo a institución estatal nacional, territorial, ONG o entidad sin ánimo de lucro

Apoyo a una empresa pyme (pequeña y mediana

Documentación requerida para esta alternativa

Acuerdo de voluntades

Certificado de afiliación EPS (Régimen contributivo o subsidiado)

Fotocopia del documento de identidad del aprendiz ampliado al 150%

Certificado de afiliación ARL

Cámara de comercio y/o RUT de la

Apoyo a unidad productiva familiar

VÍNCULO LABORAL

Actividades relacionadas con el programa de formación

Documentación requerida

Cámara de comercio de la empresa

Certificado de afiliación EPS

Copia del contrato laboral

Certificado de afiliación ARL

Documentación del aprendiz ampliado al 150%

MONITORIAS

Apoyo brindado en el SENA durante la etapa lectiva en las áreas relacionadas a la formación.

Característica

Convocatorias de inscripción son realizadas por bienestar del aprendiz y convalida 240 horas de las 880 que pide la etapa práctica