Capitulo I " DEL PARENTESCO"
Del parentesco en general
Fuentes principales del derecho famliar
El parentesco
El matrimonio
Fuentes principales de Planiol
El matrimonio
La filiacion
La adopcion
Parentesco
Estado juridico que se establece por medio de dos o mas personas por virtud de la consanguidad, del matrimonio o de la adopcion.
Tres formas del parentesco, deben estar declaradas y reconocidas por la ley
Por consanguinidad
por afinidad
por adopcion
Consecuencias juridicas del parentesco
Parentensco consanguineo
1-. Crea el derecho y la obligacion de los alimentos
2-. Tiene el derecho de heredar en la sucesion legitima, o de exigir una pension alimenticia en la sucesion testamentaria.
3-. Crea determinadas incapacidades en el matrimonio y en relacion con otros actos o situaciones juridicas.
4-. Origina los derechos y obligaciones inherentes a la patria potestad, que se contraen entre padres e hijos, abuelos y nietos, en su caso.
Parentesco por adopcion
Resulta del acto juridico y para algunos autores constituye un contrato.
Se crea entre adoptante y adoptado los mismos derechos y obligaciones que origina la filiciacion legitima entre padre e hijo.
Parentesco por afinidad
Se define en el articulo 294 de la siguiente manera
Es el que se contrae por el matrimonio, entre el varon y los parientes de la mujer, y entre la mujer y los parientes del varon
Parentesco consanguineo
Es aquel vinculo juridico que existe entre personas que descienden las unas de las otras o que reconocen un antecesor comun.