CODIGO DEL TRABAJO
Art.5
Protección judicial y administrativa.
Los funcionarios judiciales y administrativos están
obligados a prestar a los trabajadores oportuna.
Art.6
Leyes supletorias.
En todo lo que no estuviere expresamente prescrito en este Código.
Art.7
Aplicación favorable al trabajador.
En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones
legales, reglamentarias o contractuales.
Art.8
Contrato individual.
Contrato individual de trabajo es el convenio en virtud del cual una
persona se compromete.
Art.1
Ámbito de este Código.
Regulan las relaciones entre
empleadores y trabajadores
Art.2
Obligatoriedad del trabajo.
El trabajo es un derecho y un deber social.
Art.3
Libertad de trabajo y contratación.
El trabajador es libre para dedicar su esfuerzo a la labor lícita que a bien tenga.
Art.4
Irrenunciabilidad de derechos.
Los derechos del trabajador son irrenunciables.