CÓDIGO PENAL
D.L N° 1106
Art. 1.-actos de conversión y transferencia.
Art.2.-actos de ocultamiento y tenencia.
Art.3.-transporte, traslado, ingreso o salida por territorio nacional de dinero o títulos valores de origen ilícito.
Art.4.-circunstancias agravantes.
Art.5.-omisión de comunicación de operaciones o transacciones sospechosas.
Art.6.-rehusamiento,retardo y falsedad en suministro de información.
Art.7.-reglas de investigación.
Art.8.-consecuencias accesorias aplicables a personas jurídicas.
Art-9.-decomiso.
Art.10.-autonomia del delito y prueba indiciaria.
Art.11.-prohibición de beneficios penitenciarios.
Art.12.-facultades especiales para la lucha contra el lavado de activos vinculado especialmente a la minería ilegal y otras formas de crimen organizado.
Art.16.-actuación excepcional de las fuerzas armadas en auxilio del ministerio publico.
DELITOS AMBIENTALES
DELITOS DE CONTAMINACIÓN
Art.304.-contaminación de ambiente.
Art.305.-formas agravadas.
Art.306.-incumplimiento de las normas relativas al manejo de residuos solidos.
Art.307.-trafico ilegal de residuos peligrosos.
Art.307-A.-delito de minería ilegal.
Art.307-B.-formas agravadas.
Art.307-C.-delito de financiamiento de la minería ilegal.
Art.307-D.-delito de obstaculización de la fiscalización administrativa.
Art.307-E.-trafico ilícito de insumos químicos y maquinarias destinadas a la minería ilegal.
Art. 307-F.-inhabilitación.
DELITOS CONTRA LOS RECURSOS NATURALES
Art.308.-trafico ilegal de especies de flora y fauna silvestre.
Art.308-A.-trafico ilegal de especies acuáticos de la flora y fauna silvestre.
Art.308-B.-extracción y procesamiento ilegal de especies acuáticas.
Art.308-C.-depredación de flora y fauna silvestre.
Art. 308-D.-trafico ilegal de recursos genéticos.
Art.309.-formas agravadas.
Art.310.-delitos contra bosques o formaciones boscosas.
Art.310-A.-trafico ilegal de productos forestales maderables.
Art.310-B.-obstruccion de procedimiento.
Art.310-C.-formas agrabadas.
Art.311.-utilización indebida de tierras agrícolas.
Art.312.-autorizacion de actividad contraria a los planes o usos previstos por la ley.
Art.313.-alteración del ambiente o paisaje.
DELITO CONTRA EL PATRIMONIO CULTURAL
art. 226.-atentados contra monumentos arqueológicos.
Art. 227.-inducción a la comisión de atentados contra yacimientos arqueologicos.
Art. 228.-extarcción ilegal de bienes culturales
Art. 229.-intervención o facilitación de funcionarios públicos.
Art. 230.-destrucción, alteración o extracción de bienes culturales.
Art. 231.-decomiso
DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA
DELITOS DE PELIGRO COMÚN
Art. 273.-producción de peligro común con medios catastroficos.
Art. 274-A.-manipulación en estado de ebriedad o drogadicción.
Art. 275.-circuntancias agravantes.
Art. 276.-estragos especiales.
Art. 277.-daños de obras destinadas a la defensa común.
Art. 278.-modalidad culposas.
Art.279.-fabricación, suministro o tenencia de materiales peligrosos y residuos peligrosos.
Art. 279-A.-producción, trafico ilegal de armas, municiones y explosivos.
Art. 279-B.-arrebato de armamento o municiones de uso oficial.
Art. 279-C.-trafico de productos pirotécnicos.
Art. 279-D.-empleo, producción y transferencia de minas antipersonales.
Art. 279-E.-ensamblado,comercialización y utilización, en el servicio publico, de transporte de omnibuses sobre chasis de camión.
Art. 279-F.-uso de armas en estado de ebriedad o drogadicción.
Art. 279-G.-fabricación,comercialización, uso o porte de armas.
DELITOS CONTRA LOS MEDIOS DE TRANSPORTE, COMUNICACIÓN Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 280.-atentado contra los medios de transporte de servicio publico.
Art. 281.-atentado contra la seguridad común.
Art. 282.-supuesto culposo.
Art.283.-entorpecimiento al funcionamiento de servicios publicos.
Art.284.-abandono del servicio.
Art.285.-impedimento de funciones de transportista.
DELITOS CONTRA LA SALUD PUBLICA
Art.-286.-contaminación y propagación.
Art.287.-contaminación o adulteración de alimentos o bebidas y alteración de fecha de vencimiento.
Art. 288.-producción, comercialización o trafico ilícito de alimentos y otros productos destinados al uso o consumo humano.
Art. 288-A.-comercialización ilegal de alcohol metilico.
Art. 288-B.-uso de productos tóxicos o peligrosos.
Art.288-C.-producción o comercialización de bebidas alcohólicas ilegales.
Art.289.-propagacion de enfermedades peligrosas o contagiosas.
Art. 290.-ejercicio ilegal de la medicina.
Art. 291.-anuncio o promesas fraudulentas de acciones curativas.
Art.292.-violación de medidas sanitarias.
Art. 293.-venta de animales nocivos al consumo humano.
Art. 294.-suministro infiel de productos farmacéuticos, dispositivos médicos o productos sanitarios.
Art.294-A.-falsificación,contaminación o adulteración de productos farmacéuticos, dispositivos médicos o productos sanitarios.
Art. 294-B.-comercialización de productos farmacéuticos, dispositivos médicos o productos sanitarios sin garantía de buen estado.
Art. 294-C.-agravantes.
Art.295.-responsabilidad culposa.
Art.296.-promoción o favorecimiento al trafico ilícito de drogas y otros.
Art.296-A.-comercializacion y cultivo de amapola y marihuana y su siembra compulsiva.
Art.296-B.-trafico ilícito de insumos químicos y productos fiscalizados.
Art.296-C.-penalización de la resiembra.
Art.297.-formas agravadas.
Art.-298.-microcomercialización o micro producción.
Art. 299.-posesión no punible.
Art.300.-suministro indebido de droga.
Art.301.-coacción al consumo de droga.
Art.302.-instigación al consumo de droga.
Art.303.-pena de expulsión.
el sujeto activo es cualquier persona y el sujeto pasivo es el estado.
bien juridico
El patrimonio