CONSULTAS, RESOLUCIONES FAVORABLES A LOS PARTICULARES Y NEGATIVA FICTA
CONSULTAS
“Es la acción que toma un contribuyente para solicitar la opinión de la autoridad tributaria competente acerca de determinado asunto fiscal mediante la presentación de un escrito”.
Negativa ficta
Art.36
Es un acto administrativo que le concede ciertos derechos a un determinado contribuyente ,el cual no puede ser modificado o invalidado por la autoridad que lo dicto.
Requisitos para una consulta
Medios de impugnación:
Los medios de impugnación contra la respuesta a las consultas, se podrá ejercer en el momento en que se establezca la resolución definitiva mediante juicio de nulidad, de conformidad con lo establecido en el Art. 11 y 120 del CFF.
DE FONDO:
Que la consulta contenga toda la información necesaria, evidencia, para proceder a su investigación, que no haya sido modificada antes de su revisión y que la consulta se realice antes antes de que la autoridad haya realizado algún tipo de comprobación previa.
DE FORMA:
- Nombre, denominación o razón social
- Domicilio fiscal
- RFC
- Señalar la autoridad a la que se dirige y el propósito de la promoción
- La dirección de correo electrónico para recibir notificaciones