Contratación pública en Colombia

Modalidades

Dentro de estas están:

Licitación Pública:

Proceso competitivo abierto a cualquier persona interesada. Se utiliza para contratos de mayor cantidad.

Concurso de Méritos:

Basado en la evaluación de méritos y capacidades técnicas de los proponentes.
Común en contratos de consultoría o servicios especializados.

Contratación Directa:

Se elige directamente al contratista sin competencia.
Permitido en casos específicos establecidos por la ley.

Selección abreviada:

Proceso simplificado con criterios de selección específicos.
Se aplica en ciertos casos previstos en la normativa.

Subasta:

Ofertas se presentan en sobre cerrado y se abren públicamente.
Utilizado en la transferencia de bienes muebles.

Normas que la rigen

Están constituidas por:

Principios Constitucionales

Igualdad

Publicidad

Economía

Responsabilidad

Celeridad

Principios Legales

Selección Objetiva

Responsabilidad Extracontractual del Estado

Igualdad de Oportunidades

Planeación

Ley 80 de 1993

Define los tipos de contrato y modalidades de contratación que pueden emplearse en el ámbito estatal.

Consolida los principios constitucionales y legales que deben regir la contratación estatal.

Establece las fases y procedimientos para la contratación pública.

Ley 1150 de 2007:

Busca mayor flexibilidad y agilidad en los procesos de contratación.

Introducir nuevas modalidades de contratación y flexibilizar los requisitos para algunas modalidades existentes.

Promueve la adopción de un sistema de compra pública eficiente y competitivo.

Ley 1474 de 2011:

Estatuto Anticorrupción, busca prevenir y sancionar prácticas corruptas en la contratación estatal.

Decreto 019 de 2012:

Reglamenta aspectos específicos de la contratación estatal, incluyendo la gestión documental, los procedimientos de selección y las sanciones por incumplimiento.

Decreto Único Reglamentario 1082 de 2015:

consolida y organiza las normas reglamentarias en materia de contratación pública, facilitando su consulta y comprensión.

Tipos de contrato

Dentro de estos tenemos:

Contrato de Obra:

Utilizado para la construcción, mantenimiento o mejora de infraestructuras y edificaciones públicas.

Contrato de Consultoría:

Celebrado para la prestación de servicios de asesoría, estudios, diseños u otros servicios técnicos especializados

Contrato de Ministro:

Se utiliza para la adquisición de bienes muebles, equipos o cualquier otro tipo de provisiones.

Contrato de Prestación de Servicios:

Celebrado para la contratación de personal o profesionales que prestarán servicios especializados.

Contrato de Concesión:

Transfiere temporalmente la operación y gestión de un servicio público a un particular, bajo ciertas condiciones y regulaciones

Contrato de Arrendamiento:

Se celebra para el alquiler o arrendamiento de bienes muebles o inmuebles por parte de la entidad estatal.

Contrato de Seguros:

Utilizado para la contratación de pólizas de seguros que cubren riesgos asociados a proyectos o bienes públicos

Contrato de Intervención:

Se celebra para la contratación de servicios de supervisión y control de la ejecución de un contrato por parte de un tercero.

Contrato de Obras por Encargo:

Se utiliza cuando se encarga a un contratista la realización de obras específicas que no se pueden ejecutar por medios propios.

Contrato de Alianza Público-Privada (APP):

Involucra la colaboración entre el sector público y privado para el desarrollo, financiamiento y operación de proyectos de interés público.

Contrato de Fiducia Mercantil:

Se emplea en casos de fideicomisos, donde una entidad confía en bienes a una fiduciaria para su administración.

YAIRA SOFIA RADA OSPINO