DERECHOS CONSTITUCIONALES CON ÉNFASIS EN LOS DERECHOS FUNDAMENTALES.
¿CÓMO PROTEGER ESTOS DERECHOS CONSTITUCIONALES?
ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO
Permite que los particulares realicen solicitudes respetuosas de forma directa a las autoridades públicas o a los particulares cuando ejercen funciones públicas con el objetivo de obtener una pronta respuesta a su petición
ACCIONES POPULARES
Su objetivo de exigir la protección de los derechos e intereses colectivos, tales como defensa del espacio público, del medio ambiente, de la competencia desleal o de la moral pública.
Su finalidad es evitar un daño, hacer cesar un peligro y restituir las cosas a su estado anterior, cuando el daño o peligro sea ocasionado por las autoridades públicas o los particulares
ACCIÓN DE GRUPO
Busca esta acción lograr la reparación pronta y efectiva de los daños económicos causados a un número plural de personas, mínimo 20, que reúnen condiciones uniformes respecto de la misma causa que originó perjuicios individuales para dichas personas.
Debe ejercerse dentro de los 2 años siguientes a la ocurrencia del hecho que produjo el daño.
Los derechos constitucionales, son un amplio catálogo de derechos, cuya finalidad principal es la de servir de control al poder político del estado.
DERECHOS FUNDAMENTALES
Considerados como inherentes o innatos a la propia persona humana, que se nacen con ellos y hacen parte de nuestro ser esencial, por lo que son inseparables de la persona en cuanto constituyen su núcleo jurídico básico
Deben ser reconocidos a todo ser humano por el sólo hecho de existir, sin ninguna otra condición, a fin de permitirle desarrollar y desplegar todas sus aptitudes y potencialidades, tanto físicas como espirituales
DERECHOS HUMANOS
Están fundamentados en la dignidad humana, la razón y la justicia, e implican el reconocimiento de unas condiciones mínimas de orden material y espiritual. Al igual que en el estado social de derecho, la dignidad humana permiten trazar unas acciones dirigidas a mejorar la calidad de vida de sus ciudadanos, resguardando sus derechos fundamentales
¿CÓMO IDENTIFICAR LOS DERECHOS FUNDAMENTALES?
Son cualidades valiosas que por ser esenciales o inherentes al ser humano no sería posible concebir la existencia humana sin estos atributos.
Son de aplicación inmediata, es decir, para su cumplimiento no se requiere que texto constitucional que lo consagre, tal como ocurre con los derechos de primera generación
Que estén consagrados en Tratado Internacionales en donde se prohíba su limitación bajo estados de excepción (Art. 93 C.N.)
CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
Son derechos absolutos. Su respeto se impone a todas las demás personas distintas a su titular e inclusive al Estado.
Pertenecen a toda persona y comienzan a existir desde que ella nace, sin que se requiera ninguna otra condición, como edad, sexo, raza o condición social
Son extrapatrimoniales, están fuera del comercio y no son evaluables en dinero. Algunos, sin embargo, tienen determinado contenido patrimonial, como el derecho a la imagen o a la voz. También cuando se lesionan esos derechos su reparación puede traducirse en una suma de dinero, dado que muchos de ellos son fuente de ingresos
Son inalienables e irrenunciables en cuanto son inseparables de la persona, por lo que, no se pueden ceder.
Nota
¿CÓMO PROTEGER ESTOS DERECHOS CONSTITUCIONALES?
HABEAS DATA
Permite conocer, rectificar y actualizar la información personal que repose en bases o bancos de datos
La información que tiene un carácter positivo puede permanecer de manera indefinida en los bancos de datos,
El titular de la información contenida en bases de datos podrán consultarla en cualquier momento, ya sea en forma verbal o escrita.
ACCIÓN DE TUTELA
Sólo es posible interponerla cuando no exista otro medio de defensa, salvo que se utilice como mecanismo transitorio para evitar un daño irremediable y mientras se acude a las acciones ordinarias.
Se dirige contra actos y omisiones concretos del Estado que producen una perturbación actual o inminente del derecho.
No procede contra las situaciones consumadas e irreversibles, pues ya no es posible una protección inmediata del derecho
El juez debe tener el poder suficiente para otorgar una efectiva protección al derecho
CONTRA PARTICULARES
Que ejercen una función pública por delegación del Estado;
Cuando el afectado se encuentra respecto del otro particular, en situación de subordinación o indefensión.
Cuando con su acción u omisión causa un daño a los derechos de un número colectivo de personas
CLASIFICACIÓN SEGÚN LA GENERACIÓN DE LOS DERECHOS
DERECHOS DE LA PRIMERA GENERACIÓN
DERECHO A LA SALUD
NO PODRÁN SER COACCIONADOS
EN SU INTEGRIDAD FÍSICA
LOS ATENTADOS CONTRA LA INTEGRIDAD
CORPORAL SON SANCIONADOS PENALMENTE
DERECHO A LA HONRA
DERECHO A LA IGUALDAD
DERECHO A LA VOZ
DERECHO A LA INTIMIDAD
DERECHO A LA IMAGEN
DERECHO A LA LIBERTAD
DE PROFESIÓN
DE CIRCULACIÓN
DE ADQUIRIR BIENES
DE CULTO
DERECHO A LA VIDA
DERECHOS DE LA SEGUNDA GENERACIÓN
PROTECCIÓN A LA FAMILIA
A LA SEGURIDAD SOCIAL
LIBERTAD DE EXPRESIÓN
DERECHO AL TRABAJO
A LA EDUCACIÓN
A LA CULTURA
DERECHOS DE LA TERCERA GENERACIÓN
Se pretende con ellos propiciar un desarrollo basado en la equidad y la solidaridad entre las naciones
Se crean a partir de la necesidad de tener condiciones favorables en los pueblos dentro del respeto a la autonomía y la libre autodeterminación de las naciones
Limitan los abusos degenerativos de la experimentación científica y de la genética
CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES
DERECHOS FUNDAMENTALES
A LA VIDA
A LA HONRA
DEL ARTÍCULO 11 AL 35
DERECHOS SOCIALES
CONFORMAR UNA FAMILIA
PROTEGIDA INTEGRALMENTE
DECIDIR LIBREMENTE
EL NÚMERO DE HIJOS
DEL ARTÍCULO 42 AL 51
DERECHOS ECONÓMICOS
A LA PROPIEDAD PRIVADA
A LA PROPIEDAD AGRARIA
DEL ARTÍCULO 58 AL 64
DERECHOS COLECTIVOS
AMBIENTE SANO Y PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EN LAS DECISIONES QUE LES AFECTEN
APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES
DEL ARTÍCULO 78 AL 82