Derechos Fundamentales o Derechos Humanos
Dignidad Humana
¿Qué es?
Visión Teológica
"Semejanza a Dios"(Francisco de Victoria y Roberto Suarez).
Visión Secular
"El hombre con un fin en sí mismo"(Kant) Valor esencial y permanente del ser humano sólo por el simple hecho de ser, existir.
Artículos en los que se hablan o se resaltan
Antecedentes
El Estado...
¿Cuándo se exigen?
¿Qué son?
Son aquellas calidades que son predicables a todos los seres humanos, a todos los individuos independientemente de cualquier cosa.
¿Cuáles son estos derechos?
Primera generación
derechos humanos
Surgen en la Revolución Francesa en la Declaración de los derechos del hombre de 1789
La vida
La igualdad
Intimidad personal y familiar
Honra
Participación, conformación, ejercicio y control del poder político
Escoger profesión u oficio
La libertad
Libre desarrollo de la personalidad
De reunión, de manifestación, de asociación
Reconocimiento de la personalidad jurídica
Segunda generación
Derechos sociales, económicos y culturales
Surgen apartir de la revolución soviética, suministrar los medios básicos necesarios para una vida plena y digna
Tercera generación
Derechos colectivos y del medio ambiente
Derecho de solidaridad, de desarrollo y a un medio ambiente sano
Ambiente sano
Moralidad administrativa
Seguridad de prevención de desastres previsibles
Integridad del espacio público
Planificación, aprovechamiento y manejo de los recursos naturales
Defensa del patrimonio público
Libe competencia económica
Prohibición fabricación, importación, posesión y uso de armas químicas, biólogicas y nuclares
Realización de construcciones, edificaciones y desarrollo urbanos
Mecanismos de Protección de los Derechos Humanos
¿Qué son?
Son los mecanismos que brindan protección a una perdida, amenaza o vulneración a los Derechos Fundamentales
Se divide en
Sistema
Internacional
Esté sistema lo lidera la ONU, la cual actúa en respeto a la dignidad humana, además, recibe y canaliza denuncias que se pueden presentar contra los estados
Sistema
Regional
El sistema mundial de protección se adopta con una estructura similar en diferentes sistemas regionales: el europeo, el africano y el americano; El Sistema Interamericano se compone de dos órganos principales, concebidos especialmente para la protección y promoción de los derechos humanos: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.(Kelly Chaib)
Sistema
Nacional
El Sistema de Protección adoptado por el Estado colombiano tiene por eje el bloque de constitucionalidad.
Mecanismos...
Acción de tutela
¿Qué es?
Es la garantía constitucional específica del derecho de toda persona a la protección judicial de sus derechos de aplicación inmediata
¿Cuándo se usa?
Cuando un derecho de 1ra generación(u otros por conectividad) ha sido vulnerado u omitido por una autoridad pública.
¿Hacía quién va dirigida?
procede contra los particulares cuando estos prestan un servicio público o cuando el afectado es subalterno o se encuentra en estado de indefensión respecto de el particular.
¿A qué responde?
A la vida.
A la integridad física.
Reconocimiento a la personalidad jurídica.
A la intimidad.
Al libre desarrollo de la personalidad en todas sus condiciones.
A la honra y buen nombre.
Al trabajo.
A no ser cometido a sanciones de destierro, prisión perpetúa o confiscaciones.
Al asilo.
A la igualdad.
Habeas Data: Derecho a conocer, rectificar y actualizar información personal que reposa en base de datos.
Al Habeas Data: Derecho a la libertad personal (art 30).
Al debido proceso: Nadie puede ser condenado sin antes haber sido en un juicio con la plenitd de las formas procesales (art 29).
Derecho de petición: Permite a los particulares que realicen solicitudes respetuosas de forma directa a las autoridades públicas o a los particulares cuando ejercen funciones públicas con el objetivo de obtener una resolución a la petición (art 23).
¿Quién la resuelve?
Un juez y debe resolverla en un plazo de 10 días.
¿Cuáles son sus requisitos?
Hacerla cuando se ha sido violado o negado uno o varios derechos de 1ra generación o por conexión; se puede ejercer en nombre propio o de la persona interesada, es decir que no necesita abogado para su ejercicio.
-Acción de cumplimiento: Que se haga efectivo el cumplimiento de la ley o un acto administrativo.
-Acción de grupo: Sirve para exigir la reparación de daños causados a un grupo en sí (se busca indemnización).
-Acción Popular: Conjunto de personas (mínimo 20) que hayan sufrido un perjuicio individual por una misma causa y buscan las protección de sus derechos o intereses colectivos.
-Derecho de petición: Protección de los derechos e intereses colectivos.
-Protección judicial de los derechos: la acción penal, que procede contra particulares o autoridades públicas que realicen conductas que constituyen un delito; la acción de reparación directa, para la reparación de un daño causado por un hecho o una omisión del Estado.
La conocen
La familia como núcleo de la sociedad
Trabajo
Derechos prevalentes de los niños
Seguridad social y atención de la salud
Propiedad privada
Adolescentes
Saneamiento ambiental
Negociación colectiva y a la huelga