Fuentes contemporáneas del Derecho Internacional Público/ Conceptualización del Derecho de los Tratados y su relación con el DIP

Las fuentes no incluidas en el artículo 38-1

codificación y desarrollo
del derecho internacional

Jeremy Bentham
S. XVIII

codificación del derecho consuetudinario

Comisión de Derecho Internacional
-codificación y desarrollo progresivo del DI

proyectos
considerados como
fuentes del DI

-contenido con gran autoridada jurídca

acuerdos de los
órganos internos

acuerdos ejecutivos

énfasis en redes de instancias gubernamentales y judiciales de carácter horizontal que rompen con el monopolio del Estado en las relaciones internacionales

base jurídica son acuerdos con/sin
reconocimiento de derecho interno

-estados de una federación
-órganos descentralizados
-municipios
-cantones
-organizaciones internacionales

acuerdos con pares a nivel internacional

regulación:
-derecho interno
-practica moldea
-derecho secundario

ambigüedad doctrinal

actos que no trascienden al DI
*sin sujetos reconocidos por el DI

necesarios por intensificación de
actividad de instancias no estatales

gentlemen's agreement

son acuerdos intersestatales e informales,
pero con pretensión de que se cumplan
porque es palabra de caballeros
-numerosos en la practica internacional

según Paul Reuter
-compromiso a título personal de los
diplomáticos que no obliga a sus gobiernos

clasificación según Eisemann
-stricto sensu o acuerdos políticos informales
-interpretativos o acuerdos informales supletorios
*su función es permitir el desbloqueo de una situación determinada con anticipación
*Acuerdo de Londres de 1946- plan de repartición para sitios no permanentes del CS
-acuerdos informales normativos
*se establece un marco normativo que regula a los Estados
*ejemplo: Acta Final de Conferencia de Helsinki de 1975

según Eisemann
-si podrían estar regidos por el DI
-si se incumplen si habría consecuencia jurídica en forma indirecta por vía de actos unilaterales

resoluciones de
organismos
especializados

productoras de obligaciones y derechos, por lo tanto,
se manifiestan como normas jurídicas del DI
*cartas de intención de organismos financieros
-se establecen mecanismos de conducta a seguir por los países miembros
*politicas económicas que obligan al estado que las suscribe

operaciones stand by del FMI-
-opera como un mero contrato de de adhesión
- son verdaderos actos jurídicos consensuales que establecen derechos y obligaciones recíprocamente (venta y cumplimiento de políticas económicas)

Actos unilaterales

definición
son una manifestación de voluntad inequívoca del Estado, formulada con la intención de producir efectos jurídicos en sus relaciones con uno o varios Estados o una o varias organizaciones internacionales. Es del conocimiento del Estado o OI
-escrita u oral
-hecha por ente autorizado
* también pueden ser actos de autoridad de OI

Para Murphy, la base de obligación de los AU se encuentra en el principio de buena fé

encuentran su fundamento como fuente de obligación autónoma en principios generales del derecho

requisitos
-autoridad capaz de comprometer al Estado en asuntos internacionales
-que recaiga en objeto lícito (física y jurídicamente)
-debe existir el deseo de imponerse una conducta jurídicamente obligatoria con intención manifestada claramente

ejemplos
_aquiescencia- actitud pasova de un Edo. en circunstancias que requerirían reacciónd e su parte
_silencio-consentimiento implicito

Resoluciones de OI

establecimiento de situaciones jurídicas abstractas y generales para los Estados miembros, así como obligaciones concretas para algunos de ellos.
* resoluciones establecidas en sistema de carácter vertical

Asamblea General
-labor de proyectar, discutir y aprobar resoluciones
*puede ser considerada como una manifestación de la voluntad de los Estados
-pueden ser contribución a ala costumbre

softlaw

instrumentos internacionales diferentes a los tratados que contienen estándares, normas, principios u otros instrumentos que se refieren a un comportamiento esperado

instrumento obligatorio cuyo contenido es débil, vago o pobremente diseñado
los Estados pueden de la rendición de cuentas de lo acordado

según doctrina
-instrumentos internacionales que poseen efectos legales, aunque no pertenecen al verdadero derecho

ejemplos
-declaraciones de conferencias ministeriales
-declaraciones conjuntas

funciones
-ayuda a la formación de la costumbre internacional y el derecho de los tratados
-llena los huecos de los instrumentos legales internacionales
-sustituye las obligaciones legales en circunstancias en que la coyuntura del momento hace necesaria la creación de tratados internacionales

según Alan Boyle
-ayuda a alcanzar acuerdos de manera más fácil
-permiten acordar decisiones en forma mas detallada y precisa
-sus instrumentos son flexibles y fáciles de reformar o reemplazar

opinio communitatis de
algunas resoluciones
de la AG

Según Lee
-declaraciones como la DUDH tienen amplia aceptación entre los Estados

resoluciones del CS de la ONU

-pueden crear obligaciones, pero no son fuentes de aplicación general

-único órgano de la ONU con facultades expresas para hacer cumplir sus resoluciones, incluso de manera coercitiva

tipo de resoluciones
-resoluciones que crean órganos internacionales de carácter jurisdiccional como Tribunal Penal Internacional
- resoluciones que convierten al CS en un órgano legislativo en materia de terrorismo
-resoluciones que convierten al CS en un órgano supranacional legislativo, constitucional de algunos Estados
-resoluciones que convierten al CS en un interprete de la legalidad internacional

Consenso

desplaza instancias normales de aprobación de la normatividad, cómo es la discusión en asambleas, y la discusión y disidencia de los jueces, lo que debilita la transparencia que debería existir en las relaciones internacionales

decisiones de órganos supranacionales

hacen surgir derechos y obligaciones

Derecho de los tratados

derecho de los tratados

conjunto de normas, internacionales e internas, que rigen la vida de los tratados desde su formación a su terminación, pasando por todos sus efectos y alteraciones

definición

acuerdo escrito entre dos o más sujetos de DI destinado a producir efectos jurídicos entre las partes según las normas de DI, sea cual sea la denominación que reciba

elementos de la definición

-es una manifestación de voluntades concordantes
-se formaliza por escrito
-se celebra entre sujetos del DI
-puede ser bilateral o multilateral
-produce efectos jurídicos
-produce efectos entre las partes
-se rige por las normas del DI
-el título que reciba es irrelevante

tratado

elementos a considerar
en los tratados

-la capacidad para celebrar tratados
-la representación de de los sujetos a los efectos del acuerdo
-la influencia sobre el tratado del número de sujetos que participan en su formación
-el carácter de los acuerdos de los sujetos

Sujetos

-Estados soberanos
-OI
*a los sujetos son imputables los actos de sus representantes

número de sujetos

-un tratado bilateral (2 sujetos) se puede convertir en multilateral
-un tratado multilateral puede facilitar la bilateralización de los sujetos

efectos

obligaciones jurídicas

-responsabilidad internacional e incumplimiento como ilícito
-quienes no son parte no están obligados

Denominación tratado-género,
tratado-especie

convenios, cartas, actas, pactos, protocolos, estatutos, arreglos, ajustes, concordatos, etc.

términos más comunes para
inducir criterios de preferencia

-la naturaleza de las partes
-la importancia material y formal y material del instrumento
-la foprma de manifestación del consentimiento
-el rango de los participantes en la celebración
-la accesoriedad de un nstrumento respecto a otro

temas de los tratados

-paz
-amistad
-neutralidad
-limites
-establecimiento
-extradición

utilidad de denominación
de un tratado

-identificación de elementos definitorios
-reconocimiento de la subjetividad internacional
-discriminación entre los Estados y otros sujetos como partes
-determinación del régimen constitucional

Situaciones en las que un Estado
puede limitar el ejercicio de su
capacidad convencional

-entregando la gestión de sus relaciones exteriores a otro

ej. protectorado colonial de Francia y España sobre Marruecos

-atribuyéndola a una entidad distinta

-Uniones reales
-Confederaciones
-OI de integración

ej. Unión Europea

-reconociéndola hasta cierto punto a los entes territoriales que de él dependen

subjetividad internacional que lleva consigo ius ad tractatum limitado

Normas Internacionales

Convención de Viena sobre
el Derecho de los Tratados

beneficios

-Dio certidumbre a normas consuetudinarias preexistentes
-Configuración de una opinio iuris colectiva

objetivo inicial

codificación simple de prácticas contractuales
internacionales fácilmente identificables y bien definidas

tratados excluidos del
ámbito de aplicación

-aquellos celebrados entre Estados y otros sujetos del DI
-aquellos concernientes a los siguientes temas:
-aplicación de la clausula de nación más favorecida
-la responsabilidad internacional deducible del incumplimiento
-los efectos de la ruptura de hostilidades
-la sucesión

artículos

6- Todo Estado goza de la aptitud para celebrar tratados

Carta de las Naciones Unidas
(art. 103)

primacía respecto de todo el derecho de los tratados

confeccionada por las habilitaciones que el DI concedía a los signatarios de acuerdo a un derecho de los tratados puramente consuetudinario

La regla pacta sunt servanda

utilidad

basamento teórico de validez del derecho de los tratados

Derecho convencional internacional y
los problemas de acentralización e intertemporalidad

carácter intertemporal
del DI

recae en el do. consuetudinario internacional

derecho internacional en constante relación con el domestico

doctrina del refractor
consuetudinario

posibilidad de que un sujeto de DI se oponga de manera persistente a la formación de una regla de derecho internacional consuetudinario

Teoremas
convencionales
internacionales

1. El fenómeno convencional internacional se actualiza mediante un tratado, con todo acuerdo de voluntades realizado por entes con subjetividad jurídica internacional permanente o contingente, destinado a regir sus relaciones recíprocas en el orden jurídico internacional

2. En el estadio determinado por el interregno hacia la mera adopción definitiva dentro de todo multilateral, no ha nacido necesariamente por virtud de ella una regla de derecho internacional general

3. Salvo acuerdo específico en contrario, todo el derecho convencional internacional es negociable, recíproco, reservable y denunciable

4. Los tratados no pueden producir efectos respecto de terceros Estados, y por ende en tal calidad, los excluye de la responsabilidad eventual derivada de tales convenciones

5. Compete solo a las instancias jurisdiccionales principales, universales y generales evaluar la consolidación de reglas con la estatura de ius cogens

La subjetividad
jurídica
internacional
(Sujetos del DIP)

aquel a quien el derecho atribuye un catalogo de derechos y obligaciones

Estado

comunidad construida por un orden jurídico determinado que presenta características propias
-monopoliza la función jurisdiccional
-se interrelacion con otros Estados en condiciones de igualdad, independencia y un sistema descentralizado

soberanía
-interior- derecho a la autodeterminación
-exterior independencia de otro Estado

Doctrina Estrada
- 27 de septiembre de 1930
-redactada por Genaro Estrada secretario de Relaciones Exteriores de México
-México no se pronuncia en el sentido de otorgar reconocimientos
-México considera el reconocimiento como una practica denigrante
-México no se limita a mantener o retirar, cuando lo crea procedente, a sus agentes diplomáticos y a continuar aceptando, cuando también lo considere procedente, a los similares agentes diplomáticos de las respectivas naciones tengan acreditadas en México
-no intervención de México en los asuntos internos de los Estados

organizaciones
internacionales

sujetos independientes al igual que los otros sujetos del DI
-creadas por tratados internacionales
-pueden participar en la creación de otra OI
-su competencia se refiere a ciertas materias (econ., pol., culturales)
-actividad exterior regulada por DI
-con do. interno propio (regulación de sus órganos y personal)

estructura trinitaria orgánica
-órgano representativo
*Asamblea General, Conferencia, Consejo, Comité, etc
-órgano ejecutivo
*Consejo de Seguridad, Junta de Admin., etc
-órgano admvo.
*Secretaría General u Oficina

Iglesia Católica

Según Barberis
-el sujeto de DI es la Iglesia Católica
-La Santa Sede es órgano regular que representa a la Iglesia en plano internacional

-realiza tratados internacionales denominados concordatos, y tienen derecho a enviar y recibir agentes diplomáticos
-pactos de Letrán y su ley fundamental regulan su funcionamiento

Soberana Orden
Militar de Malta

-tiene posibilidad de concertar tratados con la finalidad de llevar a cabo su actividad
-mantiene relaciones diplomáticas con muchos Estados
-guarda cierta dependencia religiosa con la Iglesia Católica
-tiene acreditado ante la Iglesia Católica un representante de carácter diplomático

pueblos que luchan
por su liberación

-grupo que nace de una situación de beligerancia
-Convenciones de Ginebra de 1949 tienen reglas para conflictos armados sin carácter internacional
*art. 3- contendientes deben tratar con humanidad a los no contendientes

-Protocolo II
obliga a las partes de un conflicto bélico a proteger garantías fundamentales de no participantes en hostilidades

movimientos de liberación nacional

-cristalización con resolución 1514 de la ONU
-concepto ligado con el principio de autodeterminación de los pueblos
*metrópolis se abstienen del uso de la fuerza para que colonias lleguen a independencia-cristalización con resolución 1514 de la ONU
-tienen derechos concretos derivados de la normatividad jurídica internacional

Comité Internacional
de la Cruz Roja

-tiene funciones de asistencia humanitaria internacional
-para cumplimiento de lo anterior tienen derechos y obligaciones internacionales
-constituido por 3 órganos
*Asamblea
*Consejo Consultivo
*Dirección
-suscribe tratados
-tiene inmunidad de jurisdicción en ciertos momentos
-protege a sus funcionarios
-Convenios de Ginebra de 1949 le da derechos y obligaciones
*art. 125- CICR puede visitar prisioneros de guerra y repartirles socorro

individuo

-con subjetividad jurídica muy limitada
-Convenciones de Ginebra de 1949 y protocolos de 1948 lo protegen
-sustento para subjetividad intnal. en DD.HH.

documentos que establecen al individuo como titular de derechos y obligaciones
-Convención sobre el Genocidio (1948)
-Convención sobre el Estatuto de los Refugiados (1951)
-Convención sobre DD.HH de Roma (1950)

MARTINEZ VEGA IRVING AXEL
Tratados Internacionales

Referencias
-Becerra Ramírez, Manuel, Las fuentes contemporáneas del derecho internacional, México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2017 pp. 91-104.
-Gutiérrez Baylón, Juan de Dios, “Capítulo I. Prolegómenos a una teoría del Derecho Convencional de los Tratados Internacionales”, en Derecho de los Tratados, Editorial Porrúa, México, 2010, pp. 1-13.
-Remiro Brotóns, Antonio, “El derecho de los tratados”, en Derecho Internacional, Tirant lo blanch, España, 2007, pp. 314-327