Ejemplo
Ejemplo

Problemas del mercado de trabajo y el mercado autogestionado

Cooperativas

Tipos

-De Consumo
-De producción
-De crédito
-De vivienda
-Agrícola

Organización conjunta con fines imposibles de lograr en forma conjunta

Aspectos básicos

-Social
-Económico

Principios fundamentales

-Matricula abierta
-Neutralidad política, social o religiosa
-Un voto por miembro
-Distribución de las gananicas
-Educación continua

Características

-Fuerza creadora
-Instrumento educativo
-Fuerza económica
-Inspiración de confianza y solidaridad
-Crecimiento democrático

Fabricas recuperadas

tipo de cooperativa organizada y conducida por ex empleados de fabricas o empresas que estan o estuvieron por cerrar por

problemas economicos o legales

Integrantes

tienen el mismo grado de poder

Tienen una estructura jerárquica horizontal

Causa

se fundieron debido a

retiro de grandes cantidades de dinero

por parte de los jefes de las empresas

elevados sueldos gerenciales

gastos por viáticos y consultoras

Trabajo autogestionado

Autoorganización económica colectiva

Genera ingresos para satisfacer necesidades

Actividades como

Comercialización

Trueque

Producción elaboración de alimentos para autoconsumo

Auto-construcción de viviendas

Surge como

Transformación de grupos preexistentes

Experiencias comunitarias de resistencia social

Respuesta organizativa a propuestas de terceros

Alternativa a

Sistemas de trabajo más utilizados

Empresas privadas capitalistas

Injusticias laborales

No siempre

Reciben ayuda estatal

Clasificación

Talleres familiares

Asociativos, precooperativos, comerciales y productivos comunitarios

Encadenamientos productivos

Servicios de apoyo a la producción

Empresas autogestionadas

Fábricas y empresas recuperadas

Mutuales

Ejemplo: Chilavert

Fábrica imprenta recuperada

Bachillerato Popular Chilavert

Expectativas

Autonomía

Independencia

Autoabastecimiento

Progreso y crecimiento

Grupos de autogestión

Sentido de comunidad

Colaboración recíproca

Información libre y compartida

Decisiones colectivas

Solidaridad

Para que funcione

Criterios comunes

Intereses compartidos

Rápida toma de decisiones

Planeamiento

Procedimiento metódico y responsable

TRABAJO DOMÉSTICO

Es el cuidado del hogar y del espacio en donde se vive

Algunas de las TAREAS a realizar son

Limpieza

Orden

Compras

Cuestión cultural

En la prehistoria, el hombre era quién se encargaba de la caza de animales y la mujer se quedaba a cargo del hogar y de sus hijos.

En la actualidad esta cuestión sigue repercutiendo. Sin embargo, creer que la responsabilidad doméstica es trabajo de mujeres, es no más que una cuestión cultural. Se debe entender, en un mundo patriarcal, que las sociedades se modernizan y se deben reconocer los derechos a quienes por miles de años, se los negaron.

Trabajo Infantil

“Toda actividad económica y/o estratégica de supervivencia, remunerada o no, realizada por niñas y por niños, por debajo de la edad mínima de admisión al trabajo, o que no han finalizado la escolaridad obligatoria, o que no han cumplido los 18 años si se trata de t. peligroso.
" - IPEC

Ilegal en Argentina

Con penas de hasta cuatro años de cárcel,
sanciones administrativas más elevadas,
con multas de hasta el 2000% del salario mínimo vital y móvil por cada niño o niña que trabaje y
la incorporación del empleador infractor al Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales.

-Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CN)
El niño debe crecer en el seno de la familia en un ambiente de felicidad, amor y comprensión, debe estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso y entorpezca su educación, la cual debe ser de calidad.

-Convenio 182 sobre las Peores Formas de T. Infantil. (OIT)
Aborda las “peores formas del trabajo infantil” e insta a los Estados a tomar medidas eficaces e inmediatas a fin de prohibir y eliminar estas prácticas.

-Convenio 138 de Edad Mínima de Admisión al Empleo.
Criterios para fijar la edad mínima (18 años). A partir de 2010, 16 años.

-Ley Nacional 26390 de Prohibición del T. Infantil y Protección del T. Adolescente.
Atañe al trabajo de menores de 18 años. Se eleva la edad mínima a 16. Se establecen las condiciones de la jornada de trabajo para menores.

-Ley Nacional 26061 de Protección Integral de los Dchos del Niño y Adolescentes.
P
rotege dchos de menores argentinos el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales.

Niños

-Muchos de ellos quienes son pobres, salen a trabajar con el fin de subsistir o aportar dinero para los hogares.
-ADULTOS: Son quienes los exponen a largas jornadas de trabajo. Ellos también están en difícil situación socioeconómica.
-Asumen responsabilidades para las que no están preparados.
-Expuestos a estar en la calle (peligro) y realizar tareas que no les gusta.
-Tienen dificultades y atrasos en la escuela (cansancio o la abandonan).
-No cuentan con herramientas futuras para brindar educación adecuada a sus hijos, lo que refuerza la situación de pobreza de la familia.
-En general se dedican a venta callejera, “cartonear”, repartir comida a domicilio.. Todo esto sin cobertura de salud ni protección legal.

Salud física

-Enfermedades crónicas.
-Retarda el crecimiento.
-Agotamiento físico.
-Los expone a infecciones y heridas.
-Deformaciones óseas y dolor de articulaciones.

Estado

-Debe garantizar la educación y protección jurídica de los niños.

-Tiene la obligación de sancionar a los adultos que aprovechan la situación de desventaja de estos niños y los emplean, pagándoles sueldos mínimos.

Trabajo Forzoso

Aquel que se realiza bajo amenazas
de severas privaciones o ejercicio
de violencia hacia el trabajador

Protocolo Relativo al Trabajo Forzoso

Trabajo o Servicio

Amenaza de una pena cualquiera

Involuntariedad

Organización Internacional del Trabajo

Organismo encargado de los
asuntos relativos al trabajo y
las relaciones laborales

Argentina forma parte desde 1919,
cuando se fundó

Tiene 8 convenios sobre el trabajo
en general

2 de ellos hablan sobre el
Trabajo Forzoso

Convenio sobre el Trabajo Forzoso
-1930

Todos los Estados que rectifican este
acuerdo se comprometen a prohibir el
Trabajo Forzoso, exceptuando 5 casos

-Servicio Militar Obligatorio
-Obligaciones Cívicas Normales
-Trabajo Penitenciario
-Trabajo por Fuerza Mayor
-Trabajos Comunales

Convenio sobre la Abolición del
Trabajo Forzoso-1957

Actualización del Convenio de 1930
anulando ciertas formas de Trabajo
Forzoso y condenando 5 justificaciones
al Trabajo forzoso

-Como castigo por la expresión de
opiniones políticas
-Con fines de fomento económico
-Por la participación en huelgas
-Como medida de discriminación racial,
religiosa o de otro tipo
-Como disciplina laboral

Protocolo Relativo al Trabajo Forzoso

Actualización del Convenio de 1930, en 2014,
para incluir medidas de prevención, protección y
reparación. Así como también intensificar los
esfuerzos para eliminar todas las formas de
Trabajo Forzoso

Estimaciones

-20,9 millones de personas son víctimas del Trabajo Forzoso en mundo
-El 90% son explotadas en la economía privada y el otro 10% en trabajos impuestos por el Estado
-El 22% de los explotados en la economía privada, son víctimas de explotación sexual forzada.
-En la economía privada el Trabajo Forzoso genera al año ganancias ilegales de US$ 150 mil millones, dos tercios provienen de explotación sexual comercial, y el resto de la explotación económica forzosa, como el trabajo domestico, la agricultura, etc.

Argentina

Ley 26.842

Condena la trata de personas con un mínimo
de 3 años a 15 años de prisión, aunque pueden
existir agravantes que amplíen la condena

Actualización de ley 26.364

Da definición y ciertas condiciones
del Trabajo Forzoso

Asegura ayuda como:
-Asistencia psicológica y medica
-Alojo
-Ayuda en la búsqueda de empleo
-Protección por amenaza

Consejo Federal Contra la Trata de Personas

Funciona dentro de la Jefatura de Gabinete
de Ministros de la Nación

Se encargan del diseño de políticas públicas
que aseguren la persecución de delitos de
trata y explotación de personas

Programa del Trabajo Decente

Implica acceder al empleo en condiciones de libertad y de
reconocimiento de los derechos del trabajo
Garantiza que no haya discriminación de ningún tipo

Discriminación Laboral

Los trabajadores son víctimas de tratos desiguales por sus distintas particularidades (como ser sexo, religión, opinión política, etcétera). Entonces, detrás de esta práctica, encontramos el odio o el rechazo a lo diferente.

“todos los seres humanos nacen igual de libres y con los mismos derechos”. Entonces, si los empleadores desvalorizan las capacidades de los empleados de ciertos grupos de la población, entonces se puede ver una violación de los principios de igualdad. Ademas, los jóvenes de hogares pobres o zonas marginadas son excluídos de la posibilidad con conseguir trabajo, lo que incrementa las situaciones de pobreza y exclusión"- DDHH

Trabajadores

Víctimas de tratos desiguales por sus características particulares.

Se les manifiesta DESVALORIZACIÓN, DESPRECIO y EXCLUSIÓN de parte de los empleadores, aparte de violación de principios de igualdad de oportunidades y trato, y prejuicio y rechazo a lo diferente.

Se sienten DESALENTADOS frente a tal discriminación, lo que genera el refuerzo de pobreza y exclusión a jóvenes de zonas marginadas.

Precariedad Laboral

Indicadores

Subempleo:empleados que trabajan menos horas de las que se definen como jornada laboral legal.

Sobreempleo: empleados que trabajan más de 48 hs. semanales

Desocupación

Abierta: habitantes que desean trabajar y no consiguen

Oculta: las posibilidades de acceso a un trabajo son reducidas, y afecta a los que ya cesaron la búsqueda de empleo por no tener expectativas de conseguir uno.

OFERTA EMPLEO REDUCIDO/DEMANDA DE EMPLEO EXCESIVA

.Baja de salarios

.Empeoran condiciónes de trabajo

.Empeora vida de asalariados

El desempleado como persona

pierde vinculos sociales

afecta el ánimo y autoestima

Pérdida identidad

Un trabajo no remunerado

El trabajo doméstico no es considerado como trabajo, y por lo tanto, no se recibe un sueldo por ejercerlo. En cambio, el trabajo que se realiza fuera del hogar, si es considerado como tal, por eso, se recibe una remuneración por realizarlo.

La mujer, si posee dos trabajos, es decir el que se realiza fuera del hogar y el trabajo doméstico, entonces decimos que posee doble jornada laboral

El Estado y el trabajo doméstico

Ley 26844

"Régimen especial de
contrato de trabajo
para el personal de casas
particulares"

Con la cual se propone

Vacaciones

Jubilación

Trabajo en blanco