HECHOS JURIDICOS
Negocios Jurídicos
Definición
Es el acto del hombre encamindo a lograr fines lícitos y por ello encuentra la tutela de la ley
La clasificación esta dividida en
Unilateral, Bilaterales, Onerosos y Gratuitos, Intervivos y mortis, causales y formales, familiares y patrimoniales, de disposición y de simple administración, directos e indirectos
Negocio jurídico es una manifestación de voluntad privada dirigida a un fin práctico aprobado por el derecho y como tal de capaz de producir efectos armonizantes con el fin querido en las condiciones y en los límites determinados por el mismo derecho
Hechos Jurídicos
Definición
Hechos jurídicos son todos los acontecimientos susceptibles de producir una adquisición, modificación, transferencia o extinción de derechos u obligaciones hechos jurídicos son producidos directamente por el sujeto, o, lo que es igual, la acción humana, colmo razón productiva del hecho jurídico en su relación con la ley, que es propiamente el acto jurídico.
Los hechos jurídicos se clasifican en dos grandes pilares
Hecho jurídico subjetivo
El hecho o derecho subjetivo es una pretensión o facultad atribuida a un sujeto o a una clase de sujetos frente a otro sujeto o clase de sujetos a quienes se les impone una prestación normativa correlativa. El contenido del hecho subjetivo sería el comportamiento que el titular del hecho puede exigir a otro sujeto. algunos ejemplos.
La libertad de expresión o de culto. Los derechos familiares que establecen vínculos entre los ciudadanos. El derecho a la propiedad, al libre ejercicio de la política, a la libre asociación.
Hecho jurídico objetivo
El derecho subjetivo en relación con el Derecho objetivo se configura como un tipo de facultad regulada normativamente y si la función que cumple el Derecho objetivo sobre el subjetivo es atributiva entonces éste constituiría una realidad jurídica secundaria respecto de aquel, mientras que si el Derecho objetivo tiene una función de reconocimiento de algo que se considera preexistente la primacía le correspondería al derecho subjetivo, que tendría entidad previamente a su establecimiento por la norma.
Actos Jurídicos
Definición
acto humano voluntario lícito con
manifestación de voluntad destinada a creer regular
modificar y extinguir relaciones jurídicas.
Los actos jurídicos se clasifican por varios nominantes
Actos entre vivos
Son aquellos cuya eficacia no depende de la muerte del acto, ejemplo contactos y matrimonio.
Actos por causa de muerte
Aquellos que para que producen efectos es necesarios que se produzca la muerte del sujeto que la ha llevado acabo.
Actos tipicos
Son los previos y regulados por el
ordenamiento jurídico.
Actos atípicos
Son los que mas frecuente celebran razón
por la cual cuentan con una disciplina.
Acto patrimonial
Son los que producen relaciones
jurídicas con contenido económico.
Actos extramatrimoniales
Generan relaciones jurídicas
personales. Ej: matrimonio, reconocimiento.
Actos onoderos
Cuando hay un enriquecimiento, un
empobrecimiento reciproco de las parte.
Actos gratuito
Es el que beneficia exclusivamente una
sola de las partes sin que se obligue a nada.
Actos formales
Son aquellos cuya realizaciones
ordenamiento jurídico señala una forma prescrita por
el ordenamiento puede ser probatoria.
Actos no formales
Aquellos cuya celebración el
ordenamiento no señala una forma pudiendo los
interesados usar la que juzguen convenientemente.