IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO

Definición

Es un impuesto que recae sobre la importaciòn o fabricaciòn nacional de las mercancìas establecidas por la ley de (ISC)

Mercancìas grabadas con el ISC

Cerveza malta

Vernut y demás vinos con fruta Fresca

Alcohol etìlico sin desnaturalizar con grados alcohòlico volumètrico inferiror a 80%

Aguardientes

Licores y demàs bebidas

Cigarros y cigarrillos

Preparaciones capilares

Preparaciones para afeitar

Desodorantes Corporales

perfumerìas de tocador o cosmètica

Máquinas para lavar ropa, incluso secado

Vehìculos automòviles de trasporte de diez a màs personas incluido chofer

Contribuyentes del impuesto

En el importaciòn o internaciòn de mercancìas, las persona natural o jurídicas

En la venta de mercancìas de producciòn nacional, el fabricante no artesanal

no estàn sujetos a este impuesto

Los que exportan mercancías

A reimportaciòn de mercancìas nacionales

El poder ejectivo

El poder Legislativo

El Poder judicial

El tribunal supremo de elecciones

Municipalidades

Cuando se debe pagar el impuesto

Importaciones o de internaciones, en el momento previo al desalmacenaje de las mercancìas efectuado por adunas

En la venta de mercancìas de producciones nacional los fabricantes deben liquidar y pagar el impuesto durante los primeros 15 dìas de cada mes por las ventas efectuadas en mes anterior

Base legal del impuesto

Producción Nacional

Art. 12 RLCISC

Importaciones o internaciones

Art. 13 RLISC