IMPUESTOS A LA RENTA DIAN
PERSONAS NATURALES
COMERCIANTE
DEBE DECLARAR SI SUS UTILIDADES SUPERAR A 30.000 UVT
CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES PARA GENERAR IMPUESTOS.
TENER UN SUJETO PASIVO
TENERE UN ECHO GENERADOR
TENER UNA BASE GRAVABLES
TENER UNA TARIFA
OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
CLASIFICACION DE LA DIAN PARA SUS CONTRIBUYENTES
TODOS SOMO DECLARANTES
DECLARAN VENTAS, FORMULARIOS DE INGRESOS Y PATRIMONIO.
EXCEPTO A LOS ESTABLECIDOS POR LA LEY
DECLARANTE DE LA RENTA PRESUNTIVA
ART. 189 ESTATUTO TRIBUTARIO
SEGÚN EL ART. 241 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO ESTABLECE QUIENES SON SUJETOS A PAGAR IMPUESTO Y QUIENES NO.
PERSONAS JURIDICAS
ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO
PÝMES
APLICABLES Y NO APLICABLES AL NIIF
SE DEBE ASOCIAR LOS COSTOS PERTINENTES POR CADA ACTIVIDAD MERCANTIL.
SOCIEDADES MERCANTILES
SOCIEDADES ANONIMAS
POR UN MINIMO DE 5 ACCIONISTAS
S.A. ABIERTA - DEBE SER COTIZADA EN BOLSA
SOCIEDADES LIMITADAS
CONSTITUIDA POR UN MÍNIMO DE 1 PERSONA- TIENE UN LIMITE DE PARTICIPACIÓN EN LA SOCIEDAD,
DIVISIÓN DE GANANCIAS OCACIONALES
DIVIDENDOS; AL GENERAR LA DEPURACIÓN DE LA RENTA BUSCA QUE ESAS GANANCIAS NO DECLAREN AL LLEGAR POR GANANCIAS.