LEY 1090
Título I
Definición
Es una disciplina que se sirve de la investigación científica y que tiene el fin de mejorar la calidad de vida del ser humano en todos los contextos en los que se desarrolla. pertenece al ámbito de la salud.
Título II
Principios generales que la rigen
Responsabilidad y calidad en el servicio
Publicidad objetiva y realista de los servicios prestados
Confidencialidad sobre la información recibida
Competencia a través de la actualización constante
Seguimiento de estándares morales y éticos
Asegurar el bienestar del usuario y la información oportuna acerca de los compromisos adquiridos
Relaciones de integridad con otros profesionales de su ramo y de otras profesiones
Buen uso de las técnicas de evaluación y notificación oportuna de los resultados de las mismas
Investigación bajo estrictos controles que contribuyan al progreso de la psicología y de la persona como ser digno de respeto
Uso de modelos animales bajo normas de bienestar animal
Título III
Del ejercicio profesional
Diseño de la investigación científica
Diseño de programas de diagnóstico
Evaluación y tratamiento de disfunciones personales
Gestión de programas académicos de psicología
Docencia
Creación de programas de rehabilitación
Resolver inconvenientes en las relaciones de grupos u organizaciones
Formulación de políticas de salud efectivas
Establecimiento de estándares de calidad en la educación profesional
Diseño de programas de capacitación y educación continuada
Dictamen de informes y resultados concluyentes
Puede ejercer su labor de manera autónoma o en coordinación con otros profesionales que soliciten su colaboración profesional
Tïtulo IV
Requisitos para ejercer la profesión
Expedición de la tarjeta profesional
Expedida por COLPSIC
Condiciones para obtener la tarjeta profesional
Título universitario expedido en Colombia
Título universitario en psicología de otra Universidad extranjera que tenga convenios con Colombia
Profesionales de otros países que soliciten convalidación
Extranjeros en tránsito y otros a los que les sea solicitada su colaboración con fines investigativos
Se considera ejercicio ilegal a aquella persona que no cuente con la suficiente capacitación para ejercer la profesión
Título V
Derechos y deberes del psicólogo
Derechos
Ser reconocido como científico
Recibir protección en su labor profesional
Proponer políticas de salud
Contar con recursos humanos para el desempeño de su trabajo
Deberes
Guardar reserva sobre las historias clínicas de sus pacientes y llevar un registro ordenado de los datos de sus consultas
Responsabilizarse de la información suministrada por sus pacientes y procurar que esté en un lugar seguro
Prohibiciones
Ofrecer terapias y demás soluciones sin basamento científico o dudosos resultados
Retrasar la asistencia a las personas tratadas o hacer caso omiso a sus solicitudes
Solicitar beneficios adicionales por el desempeño profesional
Revelar secretos profesionales
Título VI
Funciones de COLPSIC Colegio colombiano de psicólogos
Expedir la tarjeta profesional
Inscribir a los egresados de la carrera al Registro Unico Nacional del Recurso Humano en Salud
Conformar el tribunal deontológico y bioético en Psicología
Título VII
Principios generales para el ejercicio profesional
El psicólogo debe informar sobre la violación de los derechos humanos
Debe respetar las criterios morales y religiosos
No debe discriminar por raza, sexo, creencias y demás condiciones
Ser claro a la hora de presentar informes
No debe ejercer ningún tipo de monopolio sobre sus pacientes
Imparcialidad a la hora de decidir entre intereses profesionales y personales
No dar mal uso a sus conocimientos
Permitir a sus pacientes cambiar de psicólogo tratante
No revelar información clave, exceptuando cuando:
Sea solicitada por entidades legales
Cuando el paciente no esté en condiciones mentales idóneas
Cuando se trata de niños pequeños
Cuando sea solicitada por padres, jueces y demás personas distintas al sujeto
Usar información sobre los resultados de una prueba y divulgarlo dando a conocer la identidad de la persona
Incluir a otras personas distintas al paciente en la consulta sin previa autorización
Aún la información de los pacientes fallecidos debe ser respetada
Deberes del psicólogo con sus usuarios
Hay una relación entre usuario profesional cuando: sea solicitado voluntariamente, en casos de urgencia, solicitud a terceras personas, cumplimiento de un deber. El profesional pude abstenerse cuando nos sea de su competencia, el paciente no desee, cuando no se acepten los costos y por enfermedad del profesional
Deberes del psicólogo con las personas objeto de su ejercicio profesional
Hacer buen uso del material psicotécnico, no atender casos que no estén dentro de su área de conocimiento, remitir el caso a un colega, evitar diagnósticos definitivos, informa en casos en que haya un problema de salud pública, registrar responsablemente las historias clínicas, comunicar al usuario la intervención y los resultados de la misma
Deberes del psicólogo con sus colegas
No desacreditar la labor de los compañeros de profesión, evitar la intervención en un caso que haya manejado otro colega sin haber renunciado a la misma previamente, el trabajo colectivo no está exento de responsabilidades individuales y no otorgar beneficio económicos por la re dirección de pacientes a su consulta
Deberes del psicólogo con el estado y las instituciones
Cumplir las labores asignadas siempre y cuando no contravengan las normas éticas, las entidades estatales deben contratar únicamente profesionales universitarios y la falsificación de certificaciones y títulos es una grave violación a la ley
Uso del material psicotécnico
Es de uso exclusivo del psicólogo, su manejo debe aprenderse en las universidades respectivas, los procedimientos deben encaminarse dentro del rigor científico, todas estas pruebas deben inscribirse dentro de un tratamiento integral además teniendo en cuenta que los tests que estén en fase de prueba deben aplicarse con suma precaución
Investigación científica
Los profesionales son responsables del desarrollo de sus investigaciones, así como de su correcto uso y divulgación
Deben basarse en el respeto a la dignidad humana
En caso de que sena menores de edad debe tener consentimiento de sus padres y repsresentantes
El uso de animales debe estar basado en la responsabilidad, se debe garantizar el mínimo sufrimiento y el malestar de los mismos
La investigaciones deben realizarse dentro de un clima de imparcialidad
Una vez obtenidos los resultados tiene derecho a la propiedad intelectual de las mismos
De los tribunales de bioética
Está compuesto por los tribunales nacionales y departamentales de bioética
Compuesto por 7 miembros profesionales con más de 10 años de experiencia
Funcionará en concordancia con COLPSIC
Se sancionará sólo si transgrede el código deontológico y de boética
Tiene derecho a ser asistido por una abogado y se presumirá su inocencia
Cuando sea apelante único el demandante no podrá agravar la acusación
La acusación podrá atenuarse si se presentan antecedentes de buena conducta y ausencia de antecedentes
La acusación se puede agravar si se es reincidente, si se tiene antecedentes previos o se usó la autoridad como psicólogo para actuar de manera errada
Se pude abrir un expediente por medio de oficio, por queja ante los tribunales y por solicitud escrita ante el tribunal
En caso de dudas se ordenará la investigación previa, se procederá a la indagación que no podrá durar más de 4 meses
Las sanciones podrán ser verbales en privado, escritas de carácter público, censura pública y suspensión temporal del ejercicio (hasta 3 años). La copia de dichas disposiciones reposará en los archivos de los tribunales deontológicos y de bioética
La nulidad del procedimiento se dará en caso de:
Incompetencia del tribunal
Ambiguedad de los casos
Irregularidades
Violación del derecho a la defensa