Intervenciones Colectivas (PIC)
RESOLUCIÓN NÚMERO 0425 DE 2008
Por la cual se define la metodología para la elaboración, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Salud Territorial, y las acciones que integran el Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas a cargo de las entidades territoriales
Artículos 154 y165 de la Ley 100 de 1993 Decreto Ley 205 de 2003 y 2° del Decreto 3039 de 2007
Que con el fin de adoptar las políticas, prioridades, objetivos, metas y estrategias del Plan Nacional de Salud Pública para el cuatrienio 2007-2010 adoptado por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 3039 de 2007.
as Direcciones Territoriales de Salud deben formular y aprobar el Plan de Salud Territorial que comprende acciones del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas y las acciones de promoción y prevención incluidas en el Plan Obligatorio de Salud – POS del Régimen Contributivo y del Régimen Subsidiado a cargo de las Entidades Promotoras de Salud y en el Sistema General de Riesgos Profesionales a cargo de sus administradoras, en coherencia con los perfiles de salud territorial y además, adoptar el sistema de evaluación por resultados.
artículo 2º del Decreto 3039 de 2007,
A este Ministerio le corresponde definir la metodología para la elaboración, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Salud Territorial.
Ley Orgánica del Plan de Desarrollo -Ley 152 de 1994-. Así mismo, se rige por lo establecido en las leyes 715 de 2001, 1122 y 1151 de 2007 y el Decreto 3039 de 2007 y las demás normas que las modifiquen, adicionen y sustituyan.
El Plan de Salud Territorial es equivalente al plan sectorial de salud de los departamentos, distritos y municipios, por tanto, es parte integral de la dimensión social del plan de desarrollo territorial y se rige en lo pertinente, en materia de principios, procedimientos y mecanismos de elaboración, ejecución, seguimiento, evaluación y control
artículo 33 de la Ley 1122 de 2007,
Plan Nacional de Salud Pública incluye el Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas a cargo de la Nación y de las entidades territoriales, que deberán complementar las acciones previstas en el Plan Obligatorio de Salud y que dicho plan reemplazará el Plan de Atención Básica.
EJES PROGRAMÁTICOS.
Aseguramiento , Prestación y desarrollo de servicios de salud , Salud pública , Promoción social ,Prevención, vigilancia y control de riesgos profesionales y Emergencias y desastres
ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DE LOS PLANES OPERATIVOS ANUALES Ley 152 de 1994
Instrumento de Planeación Operativa Anual en Salud” e “Instrumento de Planeación Operativa Anual de Inversiones de Salud
Definición del objetivo de cada proyecto en coherencia con la visión y la misión del Plan de salud territorial y con cada objetivo estratégico en los ejes programáticos.
Identificación de los resultados esperados y metas por cada proyecto en función de las metas del Plan de Salud Territorial y de las metas del Plan Nacional de Salud Pública.
Descripción de los actores sociales o institucionales que pueden contribuir con el desarrollo del proyecto.
artículos 39 y 40 de la Ley 152 de 1994.
Es responsabilidad de la autoridad local –alcalde y gobernador- dar a conocer a la ciudadanía el Plan de Salud Territorial, de manera que las prioridades y metas en salud sean conocidas y apropiadas por toda la comunidad de la entidad territorial
Artículo 165 de la Ley 100 de 1993 y el numeral 3° del Capítulo VI del Plan Nacional de Salud Pública 2007- 2010
le corresponde a este Ministerio definir las acciones que integran el Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas a cargo de las entidades territoriales.