LOS DERECHOS HUMANOS DEL ADULTO MAYOR Y LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS

NOM-167-SSA1-1997

La presente Norma Oficial Mexicana establece mecanismos básicos que faciliten y alienten la instrumentación de acciones en favor de los menores y adultos mayores sujetos a asistencia social, tomando en cuenta la condición específica de cada entidad federativa.

De acceso a los servicios

Tendrán derecho a recibir atención preferente en establecimientos públicos y privados que ofrezcan servicios al público, los cuales deberán contar con infraestructura que facilite su acceso.

De la denuncia popular

Cualquier persona podrán denunciar ante las autoridades competentes cualquier transgresión a los derechos humanos de las personas mayores.

A la participación

Implica la posibilidad de intervenir en la formulación de propuestas y toma de decisiones que afecten directamente su bienestar, barrio, calle, colonia, delegación o municipio, Así mismo, formar parte de los órganos de representación y consulta ciudadana.

A la asistencia social

Las personas mayores serán sujetos de asistencia social, y beneficiarios de programas para contar con vivienda, o bien, recibir atención integral por parte de casas hogar y albergues.

Al trabajo

Las personas mayores tienen derecho de acceso al trabajo o de otras opciones que les permitan un ingreso propio.

CONVENCIÓN INTERAMENICANA SOBRE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS MAYORES

El principal objetivo es promover, proteger y asegurar el reconocimiento y pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor

A la integridad, dignidad y de preferencia

Implican el derecho a recibir protección del Estado, las familias y la sociedad para tener acceso a una vida de calidad.

A la certeza jurídica

Recibir un trato digno y apropiado por las autoridades en cualquier proceso jurisdiccional; su derecho a recibir atención preferente para la protección de su patrimonio y a recibir asesoría jurídica gratuita.

A la salud, la alimentación y la familia

Las personas mayores tienen derecho a recibir los satisfactores necesarios para su atención integral y a recibir capacitación y orientación respecto a su salud, nutrición, higiene y todos aquellos aspectos que favorezcan su cuidado personal.

A la educación

El Estado incluirá en los programas de estudio información actualizada sobre el tema de envejecimiento para su difusión.