NOM-019-SSA3-2013 PARA LA PRÁCTICA DE ENFERMERÍA EN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD

OBJETIVO

Establecer las características y especificaciones mínimas para la prestación de servicio de enfermería en los establecimientos de atención médica del sistema nacional de salud, así como la prestación en forma independiente con base a su formación académica

Enfermería

Ciencia y arte humanístico dedicada al mantenimiento y promoción del bienestar de la salud desde el punto de vista integral, como persona, familia o comunidad.

Enfermero

Persona que ha concluido sus estudios de nivel superior en el área de enfermería, al cual se la ha expedido una célula por parte del sistema Educativo Nacional, donde otorga autoridad como profesional competente.

Enfermera(o) general

Persona que obtuvo título de licenciatura en enfermería expedido por alguna institución de educación del tipo superior, perteneciente al Sistema Educativo Nacional y le ha sido expedida por la autoridad competente la célula profesional correspondiente

Cuidado

Acción encaminada a hacer algo por alguien que no lo puede hacer por si mismo esto con respecto a sus necesidades básicas, para un mejoramiento de su salud y calidad de vida, ya sea al paciente enfermo o sano.

Cuidado de alta complejidad

Se proporciona al paciente que requiere de atención especializada, usualmente, es en área de atención específica, con un cuidado individualizado, apoyado por equipos médicos de tecnología avanzada y con un personal de enfermería especializado en la rama correspondiente.

Cuidado de baja complejidad

Se proporciona al paciente que se encuentra en estado de alerta y hemodinámicamente estable, con mínimo riesgo vital o en recuperación de un proceso mórbido.

Mórbido: del latín (morbidus) que padece enfermedad o la ocasiona.

Cuidado de media complejidad

Se proporciona al paciente que se encuentra en un proceso mórbido que no requiere de alta tecnología, los cuidados se relacionan con el grado de dependencia para cubrir las necesidades de salud.

Proceso Atención Enfermero

Herramienta metodológica, que permite otorgar cuidados a las personas sanas o enfermas a través de una atención sistematizada e integral, cuyo objetivo principal es atender repuestas humanas individuales o grupales, reales o potenciales; compuesto de cinco etapas: valoración, diagnóstico de enfermería, planeación, ejecución y evaluación.

Diagnóstico Enfermero

Juicio clínico sobre las respuestas de la persona, familia o comunidad ante procesos vitales, problemas de salud ya sean reales o potenciales, son una base de selección de DX e intervenciones para el logro del objetivo que la enfermera responsable desea para su paciente.

NANDA Diagnósticos enfermeros (definiciones y clasificaciones)

N I C Clasificación de Intervenciones de Enfermería

Intervenciones Dependientes

Actividades que realiza el personal de enfermería por prescripción de otro profesional de la salud en tratamiento de los pacientes, de acuerdo al ámbito de competencia de cada integrante del personal de enfermería.

Intervenciones Independientes

Actividades que ejecuta el personal de enfermería dirigidas a la atención de las respuestas humanas, son acciones para las cuales está legalmente autorizado, de acuerdo a su formación académica.

Intervenciones interdependientes

Actividades que el personal de enfermería lleva a cabo junto con otros miembros del equipo de salud, se llaman también multidisciplinarias; pueden implicar la colaboración de asistentes, expertos en nutrición, fisioterapeutas, médicos, etc

N O C Clasificación de Resultados de Enfermería

Funciones- Rol Administrtivas Asistenciales Investigación Docencia

Administrativa. Actividades que realiza el personal de enfermería para gestionar los recursos materiales, científicos y técnicos de equipo o recurso humano necesario y complementario acorde a sus competencias y experiencia.

Asistenciales. Actividades que realiza el personal de enfermería acordadas, disponibles o posibles, relacionadas con el cuidado directo o indirecto de las personas, familia o comunidades, según sea el caso.

Investigación. Actividades que realiza el profesional de enfermería para aplicar el método científico en sus virtudes cuantitativas o cualitativas para reafirmación y validación del conocimiento científico de la disciplina.

Docente. Actividades que realiza el profesional de enfermería relacionadas a la educación para la salud, la educación continua y para la formación de recursos humanos para la salud.

Personal de enfermería

Persona formada o capacitada para proporcionar cuidados de enfermería que de acuerdo a las disposiciones jurídicas aplicables y su preparación académica, puede realizar actividades auxiliares, técnicas, profesionales o especializadas, según su ámbito de competencia, en las funciones asistenciales, administrativas, docentes y de investigación.

El personal de enfermería, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, independientemente de si existe o no una relación laboral, puede ser personal profesional de enfermería y personal no profesional de enfermería.

Personal profesional de enfermería. persona que ha concluido sus estudios de nivel superior en el área de la enfermería, en alguna institución educativa perteneciente al Sistema Educativo Nacional y le ha sudo expedida cédula de ejercicio profesional con efectos de patente por la autoridad educativa competente.

Profesional técnico de enfermería: persona que obtuvo el título o un diploma de capacitación expedidas por alguna institución perteneciente al Sistema Educativo Nacional. Se incluyen en esta clasificación:

Técnico en enfermería: a la persona que ha concluido sus estudios de tipo medio superior (técnico) en el área de la enfermería, en alguna institución educativa perteneciente al Sistema Educativo Nacional y le ha sido expedida cédula de ejercicio profesional con efectos de patente por la autoridad educativa competente.

Técnico especializado en enfermería: la persona que, además de reunir los requisitos de estudios de nivel medio superior , obtuvo un diplomado em el área específica de competencia, perteneciente al Sistema Educativo Nacional.

Personal no profesional de enfermería. Persona que no ha concluido su preparación académica en el área de la enfermería em alguna institución educativa perteneciente al Sistema Educativo Nacional o habiéndola concluido no ha obtenido el documento correspondiente que demuestre tal circunstancia, para que la autoridad educativa competente la autorice para ejercer dicha actividad. en esta clasificación se encuentran la auxiliar de enfermería, los estudiantes y pasantes de enfermería.

El personal de enfermería está obligado a: Verificar oportunamente la existencia y funcionamiento óptimo del equipo que se utiliza para proporcionar el cuidado de enfermería y, en su caso, reportar los faltantes y las fallas que representen un riesgo para los usuarios de los servicios de salud o para el propio personal. En correspondencia, los establecimientos de atención médica proporcionarán los recursos necesarios de material y equipo, verificando con oportunidad el buen funcionamiento de los mismos.

Conocer y aplicar, cuando corresponda, las Normas Oficiales Mexicanas, citadas en el apartado 3 de esta norma, de acuerdo a su ámbito de su competencia.

Para la correcta interpretación y aplicación de la presente norma todo el personal de enfermería debe conocer de acuerdo a su preparación académica y la prestación del servicio que brinda, las siguientes normas oficiales...

FINALIDAD: Precisar atributos y responsabilidades que deberá cumplir el personal de enfermería, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

NOM-003-SSA3-2010, para la práctica de hemodiálisis

NOM-004-SSA3-2012, del expediente clínico

NOM-005-SSA2-1993, de los servicios de planificación familiar

NOM-005-SSA3-2010, requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios

NOM-006-SSA2-1993, prevención y control de la tuberculosis en la atención primaria a la salud.

NOM-006-SSA3-2011, para la práctica de la anestesiología

NOM-007-SSA2-1993, atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido

NOM-009-SSA2-1993, para el fomento de la salud escolar

NOM-010-SSA2-2010, para la prevención y control de la infección por virus de la inmunodeficiencia humana.

Gai Nagusia

LA IGNORANCIA DE LA LEY, NO NOS EXIME DE SU CUMPLIMIENTO

Evitar emplear al personal de enfermería en funciones fuera de sus competencia y capacidades, salvo en caso de urgencia con la condición de que sea: a título provisional: que cuente con la experiencia suficiente: supervisión, ya sea el personal médico o personal profesional de enfermería responsable de las actividades asignadas o de un experto del área de atención médica, ciencia o área de conocimiento, en su caso.

La prestación de los servicios de enfermería con predominio de acciones independientes derivadas de la aplicación del proceso de atención de enfermería en los ámbitos hospitalarios o comunitario, corresponde al licenciado en enfermería, debido a que su formación de nivel superior lo faculta para desarrollar un plan de intervenciones que puede valorar, ejecutar y evaluar.

Es capaz de interactuar de manera interdependiente y desarrollar acciones derivadas del plan terapéutico.

Su nivel académico lo hace competente para otorgar cuidados de mediana complejidad de predominio independientes.

Cuenta con las competencias para colaborar en la formación de recursos humanos para la salud y para la realización de investigaciones de predominio operativo.

Su función sustantiva es asistencial y las adjetivas son las docentes, de administración y de colaboración en proyectos de investigación.