CÓDIGO ÉTICO MUNDIAL DEL TURISMO

Es un conjunto omnicomprensivo de principios concebido para orientar a los principales actores del desarrollo del turismo.

Se encuentra dirigido:

Al gobierno, empresas del sector turístico
al igual que para los turistas.

Fue aprobado en 1999 por la Asamblea General de la OMT,
el reconocimiento fue dado dos años después por las Naciones
Unidas.
Aunque el Código no es jurídicamente vinculante, este incorpora un mecanismo de aplicación voluntaria a través de su reconocimiento del papel del Comité Mundial de Ética del Turismo, siendo así que puedan remitir cualquier cuestión relativa a la aplicación e interpretación del documento.

Cuenta con diez principios que cumplen ampliamente
los componentes economicos, sociales, culturales y ambientales para los viajes y turismo:

Artículo 1: Contribución del turismo al entendimiento y al respeto mutuos entre hombres y sociedades

Artículo 2: El turismo, instrumento de desarrollo personal y colectivo

Artículo 3: El turismo, factor de desarrollo sostenible

Artículo 4: El turismo, factor de aprovechamiento y enriquecimiento del patrimonio cultural de la humanidad

Artículo 5: El turismo, actividad beneficiosa para los países y las comunidades de destino

Artículo 6: Obligaciones de los agentes del desarrollo turístico

Artículo 7: Derecho al turismo

Artículo 8: Libertad de desplazamiento turístico

Artículo 9: Derechos de los trabajadores y de los empresarios del sector turístico

Artículo 10: Aplicación de los principios del Código Ético Mundial para el Turismo

Su objetivo:

Es ayudar a ampliar los servicios de este sector minimizando así las diferentes consecuencias posibles para el daño del medio ambiente y de los patrimonios culturales.