POLITICAS DEL CONSUMIDOR - LEY 1480 DE 2011

Tiene como propósito

Protección de los consumidores

Acceso de los consumidores a información adecuada

Educación del consumidor

Oportunidad para las organizaciones de hacer oír sus opiniones

Protección especial a los niños, niñas y adolescentes, en su calidad de consumidores

Derechos de los consumidores / usuarios

Derecho a recibir productos de calidad

Derecho a la seguridad e indemnidad

Derecho a recibir información

Derecho a recibir protección contra la publicidad engañosa.

Protección contractual

Derecho de elección

Derecho a la participación

Derecho de representación

Derecho a informar

Derecho a la educación

Derecho a la igualdad

Deberes de los consumidores / usuarios

Informarse

La calidad de los productos

Instrucciones

Obrar de buena fe frente a los productores

Cumplir con las normas sobre reciclaje y disposición de desechos.

El productor debe asegurar la idoneidad y seguridad de los bienes y servicios que ofrezca

El incumplimiento de esta norma, dará lugar a:

Responsabilidad del productor por garantía ante los consumidores.

Responsabilidad administrativa ante las autoridades de supervisión y control.

Responsabilidad por daños por producto defectuoso

Cuando se ofrezcan productos por medio electrónicos, se debe:

Informar en todo momento su identidad

Suministrar en todo momento información cierta y actualizada respecto de los productos que ofrezcan

Informar los medios de que disponen para realizar los pagos, el tiempo de entrega del bien o la prestación del servicio, el derecho de retracto que le asiste al consumidor

Publicar en el mismo medio y en todo momento, las condiciones generales de sus contratos

Adoptar mecanismos de seguridad apropiados y confiables que garanticen la protección de la información personal del consumidor y de la transacción misma

El productor y el expendedor serán responsables de los daños causados por los defectos de sus productos

Estos pueden generar

Muerte o lesiones corporales, causadas por el producto defectuoso

Los producidos a una cosa diferente al producto defectuoso, causados por el producto defectuoso.

Exoneración de la responsabilidad por daños por producto defectuoso

Daños ocurridos por culpa exclusiva del afectado

Por hecho de un tercero

Cuando no haya puesto el producto en circulación

El defecto no pudiera ser evitado por el productor sin violar dicha norma

el producto fue puesto en circulación, el estado de los conocimientos científicos y técnicos no permitía descubrir la existencia del defecto.

Para determinar la responsabilidad, el afectado deberá demostrar el defecto del bien, la existencia del daño y el nexócausal entre este y aquel.

Garantía Legal

Es obligación, a cargo de todo productor de responder por la calidad, seguridad y el buen estado de los productos.

Empezará a correr a partir de la entrega del producto al consumidor.

Reparación totalmente gratuita de los defectos del bien

El garante deberá expedir una constancia de recibo

Exoneración de la garantía

Fuerza mayor o caso fortuito

El hecho de un tercero

El uso indebido del bien por parte del consumidor