PROTECCIÓN DE DATOS
TÍTULO I
OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES
OBJETO: Desarrolla el derecho constitucional de todas las personas a conocer, actualizar y rectificar información contenida en bases de datos o archivos.
ÁMBITO: se aplica a los datos personales registrados en cualquier base de datos, susceptibles de tratamiento por entidades públicas o privadas, en el territorio colombiano o si el responsable no se encuentra en el territorio pero le sea aplicable la legislación nacional.
EXCEPCIONES AL RÉGIMEN SOBRE BASES DE DATOS O ARCHIVOS.
1. Uso exclusivo personal o doméstico; se requiere autorización del titular para el suministro a terceros.
2. Seguridad y defensa nacional, de prevención, detección, monitoreo y control de lavado de activos y financiación del terrorismo.
3. Información de inteligencia y contrainteligencia.
4. Los regulados por la ley 1266 de 2008.
5. Los regulados por la ley 79 de 1993.
DEFINICIONES
DATO PERSONAL: cualquier información asociada a una o varias personas naturales.
BASE DE DATOS: conjunto organizado de datos personales.
AUTORIZACIÓN: consentimiento previo, expreso e informado del titular.
ENCARGADO DEL TRATAMIENTO: persona natural o jurídica, pública o privada que realiza el tratamiento de la información.
RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO: persona natural o jurídica, pública o privada que decide sobre la información.
TRATAMIENTO: cualquier operación sobre datos personales.
TITULAR: persona natural cuyos datos personales sean objeto de tratamiento.
TÍTULO II PRINCIPIOS RECTORES
LEGALIDAD: sujeta a lo establecido en la ley.
FINALIDAD: es legítima, acorde con la Constitución y la Ley.
LIBERTAD: solo con consentimiento previo y expreso del titular.
VERACIDAD O CALIDAD: la información debe ser completa, exacta y actualizada.
TRANSPARENCIA: el titular puede acceder a la información en cualquier momento y sin restricciones.
ACCESO Y CIRCULACIÓN RESTRINGIDA: el tratamiento solo podrá realizarlo personas autorizadas por el titular y/o la Ley, los datos no podrán ser públicos.
SEGURIDAD: protección contra adulteración, pérdida, consulta o uso fraudulento.
CONFIDENCIALIDAD: los intervinientes en el tratamiento deben garantizar la reserva de la información.
TÍTULO III CATEGORÍAS ESPECIALES DE DATOS
DATOS SENSIBLES: aquellos que afectan la intimidad del titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación.
TRATAMIENTO DE DATOS SENSIBLES: es prohibido, excepto cuando:
1. El titular lo autorice.
2. Necesario para salvaguardar el interés vital del titular.
3. Se utilice por ONG, fundaciones u organismos sin ánimo de lucro con debidas garantías.
4. Necesario para reconocimiento de un derecho en proceso judicial.
5. Finalidad histórica, estadística o científica.
DERECHOS DE LOS NIÑ@S Y ADOLESCENTES:
1. Queda proscrito para este tipo de población.
2. Se respetará el derecho de estos a la privacidad y protección de su información personal.
TÍTULO IV DERECHOS Y CONDICIONES DE LEGALIDAD PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS
DERECHOS DE LOS TITULARES:
1. Conocer, actualizar y rectificar los datos.
2. Solicitar prueba de la autorización.
3. Revocar autorización sin no hay respecto y garantías en el tratamiento.
4. Ser informado del uso dado a los datos personales.
5. Presentar quejas por infracciones ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
6. Acceso gratuito a datos personales objeto de tratamiento.
AUTORIZACIÓN DEL TITULAR: debe ser previa e informada.
CASOS EN QUE NO SE REQUIERE AUTORIZACIÓN:
1. Cuando sea requerida por entidad pública o administrativa en ejercicio de funciones u orden judicial.
2. Datos de naturaleza pública.
3. Casos de urgencia médica o sanitaria.
4. Autorizados por la ley para fines históricos, estadísticos y científicos.
5. Relacionados con el registro civil de las personas.
SUMINISTRO DE LA INFORMACIÓN: puede hacerse por cualquier medio incluido el electrónico y debe ser de fácil lectura, sin barreras técnicas y total, lo anterior esta regulado por el Gobierno.
DEBER DE INFORMACIÓN AL TITULAR: sobre lo siguiente:
- Tratamiento dado a los datos.
- Derechos que le asisten.
- Identificación, dirección física y electrónica y teléfono del responsable del tratamiento.
- Carácter facultativo para dar respuesta a preguntas sobre temas sensibles.
PERSONAS A QUIENES SE PUEDE SUMINISTRAR LA INFORMACIÓN:
* A los titulares.
* A las entidades públicas o administrativas en ejercicio de sus funciones o por orden judicial.
* A terceros autorizados por el titular.