RÉGIMEN DE INSOLVENCIA COLOMBIANO

RÉGIMEN DE INSOLVENCIA COLOMBIANO

EL EMPRESARIO ESTÁ EN CRISIS, ¿QUÉ HAREMOS?

DIVERSAS HERRAMIENTAS PARA SALVAR LA EMPRESA COMO MSCULO FINANCIERO DE LA SOCIEDAD

Acuerdos privados

Acuerdos extrajudiciales

Reorganización empresarial

Liquidación

Se analizarán:

¿QUÈ ES REORGANIZACIÓN EMPRESARIAL?

¿QUÈ ES REORGANIZACIÓN EMPRESARIAL?

La reorganización busca la recuperación administrativa y financiera, así como la protección del crédito. La finalidad es conservar la empresa.

Principio de universalidad

Principio de universalidad

La totalidad de los bienes del deudor quedan vinculados

Principio de atracción

Principio de atracción

Todos los procesos (coactivos y ejecutivos) en curso y personas deben llegar al concurso

¿QUÉ ES LIQUIDACIÓN JUDICIAL?

¿QUÉ ES LIQUIDACIÓN JUDICIAL?

Hay vencimiento de obligaciones, y se deberá enajenar los bienes para solventar dichas obligaciones

PROCESO A SEGUIR

1. Se presenta la solicitud de reorganización empresarial a la Super Sociedades

2. Se da la admisión o no del juez del concurso

3. Se expide auto de admisión, el cual se notifica por ESTADOS y no admite recurso

Subtopic

¿Que debe contener la solicitud?

Validar que este sujeto al régimen de insolvencia, que no haya sujeción a un regimen especial.

Verificar la legitimación, designar al promotor que puede ser el Representante Legal, autorizado por la Asamblea de Acciones.

Cesión de pagos, deudor incumple el pago por mas de 90 dias, de 2 o mas obligaciones a favor de 2 o mas acreedores, en el desarrollo de su actividad.

Incapacidad de pago

No haber vencido el plazo de ley para enervar causales de discusion

Se conserve la contabilidad de sus negocios

Reporte de cumplimiento de obligaciones:

Obligaciones de Seguridad Social cumplidas antes del acuerdo

Obligaciones de la DIAN

Obligaciones de trabajadores

Calculo actuarial em caso de pensiones a cargo del deudor.

Estados financieros, últimos 3 periodos

Estados financiero ultimo mes

Inventarios de activos y pasivos

Memoria Explicativa: de deudor debe anexar a la solicitud una carta explicándole a la SIC que fue lo que lo llevo a la crisis economica.

Flujo de caja: Si no hay flujo de caja el proceso no debe ser organización, si no Proceso de Insolvencia

Plan de negocios y de pagos

Proyecto de graduación y calificación de creditos

SENTENCIA C-006/18

NO PREJUDICIALIDAD

NO PREJUDICIALIDAD

Protege un interés general y mayoritario a fin de lograr celeridad que asegure mayor eficiencia en la aplicación de la norma

Protege un interés general y mayoritario a fin de lograr celeridad que asegure mayor eficiencia en la aplicación de la norma

Asegura los bienes del deudor para lograr una efectiva superación de la crisis.

Asegura los bienes del deudor para lograr una efectiva superación de la crisis.

HAY IGUALDAD EN EL CONCURSO

Todos los acreedores, tanto los que iniciaron ejecución antes del concurso como los que no, se tratan de manera equitativa

Todos los acreedores, tanto los que iniciaron ejecución antes del concurso como los que no, se tratan de manera equitativa

Orden de prelación de créditos = direcciona la manera en que deben cubrirse los créditos insolutos

Orden de prelación de créditos = direcciona la manera en que deben cubrirse los créditos insolutos

Normalizar las pensiones a cargo

Un mes antes de la solicitud, bienes y garantias

En la proyección se ve os derechos de voto que ha tenido cada acreedor, el deudor negocia con acreedores de mas votos.

DATOS IMPORTANTES

Se aplica por Contio Omnium: igualdad dentro de la clase.

La ley 1116 de 2006, aplica si no hay procesos exceptuados por ser una ley residual.

Siempre se debe verificar el Certificado de Existencia y Representación Legal, si en el indica: Proceso de Reorganización.

Los procesos de bienes sujetos a:

extinsion

lavado de activos

restitucion de tierras

Se da aplicación al articulo 116 de la Constitución Politica, el procedimiento concursal es una aplicación del poder Jurisdiccional de la Super Sociedades.

La prelación legal en concurso de acreedores es una prelación de creditos diferente a la Civil.

Si es un comerciante puede ir a la SIC o al juez civil

Recomendación: dirigirse ante la Super Sociedades

Frenan el proceso de concurso de acreedores