Registro civil
Registro Civil : Es un grupo administrativo ò servicio publico, encargado de dejar constancia de los hechos o actos relativos al Estado civil de las personas naturales.
En el Registro civil se inscriben los nacimientos, la filiacion, el nombre y apellido de las personas, los fallecimientos reales o presuntos, los matrimonios.
FALLAS QUE PRESENTA EL SISTEMA DE REGISTRO CIVIL EN VENEZUELA
El registro civil Venezolano gira en torno al nacimiento , matrimonio y defunciòn de las personas a pesar de que el legislador Venezolano ha ordenado inscribir en el registro civil otros hechos y actos.
Es disperso: la informaciòn no se registra en un mismo expediente y en ciertas ocasiones ni siquiera en la misma oficina
Como se ha hecho referencia, el articulo 456 y 1.928 del còdigo civil, determina la obligaciòn para los funcionarios respectivos del registro civil.
Personas que intervienen en la formaciòn de las Actas del Estado Civil
En la realizaciòn o formaciòn de las partidas expedida en el registro civil intervienen funcionarios pùblicos partes declarantes y testigos.
Los funcionarios pùblicos (o quienes hicieron sus veces)
Rectificaciòn de Partida: Es la oportunidad para subsanar algùn error u omisiòn en las actas, los mismos pueden rectificarse en sede administrativa o judicial
La Rectificaciòn en sede administrativa, segùn lo señala el Art. 145 de la Ley de Registro Civil, la rectificaciòn de las actas en sede administrativa procedera cuando haya omisiòn de las caracteristicas generales y especificas de las actas, o errores materiales que no afecten el fondo del acta.
Nulidad de las Actas: la nulidad solo podra ser declarada por la oficina Nacional de Registro Civil, a solicitud de persona interesada, de oficio o por solicitud del Ministerio Pùblico o de la defensoria del pueblo. Segùn el articulo 150 Ley de Registro Civil
Las Actas del Registro Civil seran nulas en los casos sig:
1. Cuando su contenido sea contrario a la Ley o carezca de veracidad
2. Cuando hayan sido dictadas por un funcionario ò funcionaria se manifiesta incompetente o con prescidencia total y absoluta del procedimiento establecido para su expediciòn
3. Cuando se corresponda a una doble ò multiple inscripciòn en el Registro Civil, En este caso serà vàlida solo la primera acta inscrita
Inserciones: las inserciones de actos ò hechos vinculados al Estado Civil de las personas procederan solo en aquellos casos previstos en esta Ley o por decisiòn judicial definitivamente firme, que asi lo ordene. En los casos de inserciones de decisiones judiciales definitivamente firme. El registrador o la registradora civil debera levantar el acta de nacimiento.
CARACTERISTICAS
DEBE SER COMPLETO
DEBE SER CENTRALIZADO
DEBE SER PÙBLICO
ANTECEDENTES HISTORICOS : La importancia del Registro Civil radica en el hecho de que sirve como fuente de informaciòn sobre el Estado de las personas suministrando medios probatorios de fàcil obtenciòn.
Informatica Juridica Documental o Documentaria que consisten en la creacion y recuperacion de informacion juridica como leyes, doctrinas y jurisprudencia.
Finalidad
Fuente de informaciòn sobre el Estado de las personas
Suministra medios probatorios de fàcil obtenciòn
Señala eficacia para demostrar el Estado de la mismas
Actos y Hechos Registrables (Segùn Art. 3 Ley del Registro Civil)
1. El nacimiento
2. La Constituciòn
3. El Reconocimiento, Constituciòn y Disoluciòn de las uniones estables de hecho
4. La separaciòn de cuerpos
5. La filiaciòn
6. La adopciòn
7. La interdiccion e inhabilitaciòn
Determinada por Tres (03) Reglas Generales Art. 457 Còdigo Civil
I. Respeto de los actos presenciados por la autoridad, las partidas tienen caracter de prueba autentica.
II. Las declaraciones de los comparecientes sobre hechos relativos al acto se tendran como ciertas hasta que se demuestre lo contrario.
III. Las indicaciones extrañas al acto no tendran ningùn valor, salvo disposiciòn especial.
DERECHO CIVIL
Derecho civil: Es como el estudio sistematico de normas ò reglas que abarcan principios e instituciones, que llevan a obtener la doctrina y jurisprudencia
Fuentes del Derecho Civil: Los principios generales del Derecho, la costumbre, la equidad, solo cuando la misma remita a ellas.
Derecho civil contiene:
Derecho de la personalidad: comprende a las personas naturales y juridicas.
Derecho de familia: en sus relaciones personales patrimoniales
Derecho Patrimonial: que comprende lo relativo al patrimonio, derecho reales, derecho relativos al patrimonio, derecho reales, derechos de credito o personales o de las obligaciones y tambien comprende lo relativo a la sucesion hereditaria.
Derecho de las personas - derecho de la personalidad
Derecho de las cosas, bienes o derechos reales
Derecho de las obligaciones
Derecho de familia
Derecho de sucesiones