RESOLUCION NUMERO 412 DE 2000

Por la cual se establecen las actividades, procedimientos e intervenciones de demanda inducida y obligatorio cumplimiento y se adoptan las normas técnicas y guías de atención
para el desarrollo de las acciones de protección específica y detección temprana y la atención de enfermedades de interés en salud pública

Se aplicara para

EPS , Entidades Adaptadas y Administradoras del Régimen Subsidiado.

Las guías de atención relacionadas con tuberculosis, lepra, leishmaniasis y malaria
contienen elementos obligatorio cumplimiento.

PROTECCIÓN ESPECÍFICA

Con el fin de evitar la presencia de la enfermedad en los afiliados

Vacunación según el Esquema del Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI)

b. Atención Preventiva en Salud Bucal

c. Atención del Parto

d. Atención al Recién Nacido

e. Atención en Planificación Familiar a hombres y mujeres

Detección temprana

Identificar en forma oportuna y efectiva la enfermedad, diagnóstico precoz, tratamiento oportuno, la reducción del daño y duración, evitando secuelas, incapacidad y muerte.

Detección temprana de las alteraciones del Crecimiento y Desarrollo Menores de 10 años

Detección temprana de las alteraciones del desarrollo del joven (10-29 años)

Detección temprana de las alteraciones del embarazo

Detección temprana de las alteraciones del Adulto (mayor de 45 años)

Detección temprana del cáncer de cuello uterino

Detección temprana del cáncer de seno

Detección temprana de las alteraciones de la agudeza visual

Actualizados periódicamente de acuerdo demográfia, el perfil epidemiológico, la tecnología y el desarrollo científico y la normatividad vigente.

GUIAS DE ATENCION DE ENFERMEDADES DE INTERES EN SALUD PUBLICA.

Bajo peso al nacer

Alteraciones asociadas a la nutrición (Desnutrición proteico calórica y obesidad)

cInfección Respiratoria Aguda (menores de cinco años)

Alta: Otitis media, Faringitis estreptococcica, laringotraqueitis.

Baja: Bronconeumonía, bronquiolitis, neumonía.

Enfermedad Diarreica Aguda / Cólera

Tuberculosis Pulmonar y Extrapulmonar

Meningitis Meningocóccica

Asma Bronquial

Síndrome convulsivo

Fiebre reumática

Vicios de refracción, Estrabismo, Cataratas.

Enfermedades de Transmisión Sexual (Infección gonocóccica, Sífilis, VIH/SIDA)

Hipertensión arterial

Hipertensión arterial y Hemorragias asociadas al embarazo

Menor y Mujer Maltratados

Diabetes Juvenil y del Adulto

Lesiones preneoplasicas de cuello uterino

Lepra

Malaria

Dengue

Fiebre Amarilla

Leishmaniasis cutánea y visceral

OFERTA DE ACTIVIDADES, PROCEDIMIENTOS E INTERVENCIONES DE DEMANDA
INDUCIDA Y OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO

RED DE PRESTADORES DE SERVICIOS

Las EPS y las Administradoras del Régimen Subsidiado, deben garantizar en el municipio que el afiliado reciba PYP a través de la red de servicios

LISTADO DE PRESTADORES DE SERVICIOS

Las EPS, Entidades Adaptadas y Administradoras del Régimen Subsidiado deben entregar al momento de la afiliación, el listado de las diferentes Instituciones Prestadoras de Servicios con su dirección y teléfono, indicando las diferentes
actividades, procedimientos e intervenciones de demanda inducida y obligatorio cumplimiento que las mismas prestan

COPAGOS Y CUOTAS MODERADORAS.^

CAMBIO DE REGIMEN Y TRASLADOS ENTRE ENTIDADES

Las EPS y las Entidades Adaptadas y Administradoras del Régimen Subsidiado Se debe garantizar continuidad de los servicios

VIGILANCIA Y CONTROL

El MinSalud, la Supersalud, y las Direcciones Territoriales de Salud ejercerán las funciones de vigilancia y control

PROGRAMACION, SEGUIMIENTO Y MONITOREO PERMANENTE

Se basaran según los anexos correspondientes: en el “Anexo 4-2000 de Indicadores de Gestión” y los lineamientos
establecidos en el “Anexo Técnico 5-2000 Sistema de Fortalecimiento de Gestión de las EPS, Entidades Adaptadas y Administradoras de Régimen Subsidiado frente a las acciones de PYP y atención de enfermedades de interés en salud pública”

REQUERIMIENTOS PARA EL SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE LA EJECUCION DE LAS ACTIVIDADES DE DEMANDA INDUCIDA Y OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO PARA LOS REGIMENES CONTRIBUTIVO Y SUBSIDIADO

EPS y Entidades Adaptadas, deberán radicar ante la Dirección de Promoción y Prevención del MinSalud, tambien Las Administradoras del Régimen Subsidiado, deberán radicar ante las Direcciones
Departamentales y Distritales de Salud trimestralmente un informe de gestión

CONTROL DE LA INFORMACION

ASISTENCIA TECNICA

El Minsalud hará inducción a la EPS, Entidades Adaptadas y Administradoras del Régimen Subsidiado, con fin de dar cumplimiento a la norma

Erika Katherine Molano Abril