SUCESION TESTAMENTARIA: EL TESTAMENTO

CONCEPTOS GENERALES

SUCESION TESTAMENTARIA

Acto jurídico de ultima voluntad
por el cual una persona instituye
heredero o heredos.

dispone de sus bienes para
despues de su muerte

TESTAMENTO

Para los romanos

constituyó un acto muy importante

Heredero testamentario

SUCESIÓN TESTAMENTARIA
EN EL DERECHO ANTIGUO

Testamento calatis comitiis

Es el testamento que hacia el
paterfamilas hacia en tiempo de paz

Testamento in procinetu

Se realizaba en tiempo de guerra,
frente al ejercito

Testamento per aes et libram

Apareció el testamento per aes et libram
que consiste en una nueva venta ficticia

El testador mancipaba sus
bienes a un tercero

SUCESIÓN TESTAMENTARIA
EN EL DERECHO HONORARIO, BONORUM POSSESSIO
SECUNDUM TABULAS

El pretor redujo las formalidades
exigidas por el derecho civil

Apareció el testamento pretorio,
que debía constar en un documento
que contuviera la designación
del heredero y los sellos de siete testigos

SUCESIÓN TESTAMENTARIA
EN EL DERECHO IMPERIAL
Y EL JUSTINIANO

Testamento tripertitum

justiniano lo llamo asi por su triple origen

Testamento nuncupativo

era oral, donde siete testigos tenían que oír la voluntad.

Testamentos públicos

testamento apud acta conditum

era oral

testamento principi oblatum

era escrito.

Testamentos especiales

testamentos por el analfabeto y el ciego, los que aparecieron en tiempo de peste, el testamento militar, testamento del padre en favor del hijo.

REVOCACION DEL
TESTAMENTO

El derecho civil consideró que el otorgamiento de un nuevo testamento revoca al anterior

Justiniano acepta la revocación del testador pero con la prescencia de 3 testigos

La destrucción intencional del testamento por el autor considerada como revocacion por el derecho honorario

NULIDAD DEL
TESTAMENTO

Se puede anular cuando
no se tuviera la testamento factio

Causas de individuos
en un testamento.

por la capitis deminutio del testador

Por la testamentum destitutum

Por nacimiento de un postumus suus

CONTENIDO DEL
TESTAMENTO

Institución de heredero:

Podía sujetarse a condición
o a términos suspensivos.

No se admitía ninguna disposición
que lo privara de tal calidad,
‘‘semel heres, semper heres’

No era necesario que el testador
instituyera como herederos
a los miembros de su familia.

Sustituciones: institución
de heredero sujeta a
condición suspensiva.

Sustitución vulgar:

Nombraba un sustituto previendo
que el primero no llegara a heredar.

Sustitución pupilar

El padre al instituir como heredero
a su hijo impúber, también
designaba al heredero de éste

Sustitución cuasi pupilar

Se nombraba sustituto para
el hijo loco que, muriera
sin otorgar testamento.

CAPACIDAD PARA TESTAR Y
SER INSTITUIDO
EN UN TESTAMENTO

En latín, testamenti factio.

Solo lo tenían los
ciudadanos romanos.

La mujer necesitaba
autorización de su tutor
para hacer testamento

Los alieni iuris no podían
hacer testamento.

No se permitió la institución
de personas inciertas.

Se podía instituir como herederos
a los esclavos,
a los propios y a los ajenos.

Existía en:

Otorgarse el testamento.

Cuando ocurria la muerte

Al aceptarse la herencia.