UNIDAD 3-CICLO PRESUPUESTAL
Metas macroeconómicas para la elaboración del Presupuesto General de Nación 2021
SUPUESTOS PARA LA PROGRAMACION PRESUPUESTAL DE 2021
SUPUESTOS 2020 2021
Inflación doméstica fin de período IPC % 2,4 3,0
Devaluación promedio periodo, % 20,6 (5,4)
Tasa de cambio promedio, $ 3.960 3.747
PIB real (variación %) (5,5) 6,6
PIB nominal (miles de millones de $) 1.013.613 1.133.468
PIB nominal (variación%) (4,5) 11,8
Importaciones (millones U$) 36.705,4 41.525,8 Crecimiento importaciones totales, % 27,8% 13,1
PROCESO GNERAL DE ELABORACION DEL PRESUPUESTO DE LA ENTIDAD TERRITORIAL
INICIO
Bajo la dirección del alcalde o gobernador, las secretarías de Hacienda elabora el Marco Fiscal de Mediano Plazo con el Plan Financiero
Este plan es aprobado por el Consejo Municipal o Departamental de Politica Social
(COMPES) o (CODPES) o por el Consejo de Gobierno
El Plan Financiero y las metas de superávit primario del Marco Fiscal de Mediano Plazo, pasan a ser aprobadas por el Consejo Municipal o Departamental de politica fiscal
Bajo la dirección del alcalde o gobernador, la secretaría de Planeación en coordinación con la de Hacienda, elaboran el POAI
Aprobación del POAIM, por parte del Consejo de Gobierno, o por parte del COMPES o CODPES, según lo dispuesto en el estatuto territorial del presupuesto
Se remite a la secretaría de Hacienda para ser incluido en el proyecto de Presupuesto
La secretaría de Hacienda prepara las disposiciones generales del presupuesto
La secretaría de Hacienda y de Planeación realizan los ajustes al proyecto de presupuesto, bajo la dirección del alcalde o gobernador
El alcalde o gobernador presenta el anteproyecto a las comisiones
económicas del concejo o asamblea
¿INGRESOS MENORES A LOS GASTOS?
SI
El acalde o gobernador podrá presentar un proyecto de acuerdo u ordenanza para incrementar las rentas
Acuerdo u Ordenanza de
Recursos adicionales
SE APRUEBA
Acuerdo u ordenanza autoriza que recursos adicionales
NO SE APRUEBA
NO
El concejo o Asamblea aprueba el presupuesto anual del municipio o departamento
acuerdo u ordenanza de presupuesto anual
El alcalde o gobernador expide el decreto de liquidación del presupuesto
el alcalde o gobernador suspende por decreto las partidas que pretendia financiar
CICLO PRESUPUESTAL
Nación - Entidades Territoriales
Decreto 4730 art. 5, Decreto 1068 de 2012
programacion del proyecto de presupuesto
presentación del proyecto
estudio y aprobacion
liquidacion del presupuesto
ejecucion del presupuesto
seguimiento y evaluacion del presupuesto
PROGRAMACIÓN PGN
ARTICULO 47-DEC 111/96
Corresponde al Gobierno preparar anualmente el Proyecto de Presupuesto General de la Nación con base en los anteproyectos que le presenten los órganos que conforman este presupuesto.
LEY 38/89 LEY 179/94 LEY 22/95 SON LAS QUE COMPILAN ESTE DECRETO 11/96
ARTICULO 48
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación, preparará el Plan Financiero.
ARTICULO 49
Con base en la meta de inversión para el sector público establecida en el Plan Financiero, el Departamento Nacional de Planeación en coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, elaborarán el Plan Operativo Anual de Inversiones.
SISTEMA PRESUPUESTAL
ESTA COMPUESTO POR
un plan financiero se divide en MFMP y MGMP
POAI
PGN
PROGRAMACION PPTO ENTIDADES
TERRITORIALES
Se consultará en forma permanente al alcalde o Gobernador, que es quien debe definir las políticas a seguir en la preparación del proyecto.
En las fechas establecidas en el EOP del Municipio o Depto, con las metas, políticas y criterios de programación establecidos en el marco de gasto de mediano plazo.
CALENDARIO PROGRAMACION DEL PGN
FEBRERO
* DGPPN y DIFP-DNP expiden Circular Externa con los criterios de programación - (Segunda Quincena)
MARZO
* Órganos del PGN envían anteproyecto presupuesto
(Antes de Abril)
ABRIL
* DGPPN envía anteproyectos al Congreso - antes de la
1era semana
* DGPPN envía a DGCPTN servicio deuda EPN- antes del 15 de Abril
* DGCPTN envía a DGPPN servicio deuda Nación y EPI
antes del 30 de Abril
RESUMEN CALENDARIO DE PROGRAMACION DEL PGN
* Órgano líder sectorial o subsectorial envía actualizaciones PMP -(En las fechas que fijen la DGPPN y la DIFP-DNP)
* Reuniones Grupos Sectoriales de Apoyo
Técnico (GSAT)-(En las fechas que fijen la DGPPN y la DIFP-DNP)(Entre abril y Mayo)
* Órgano líder envía actualización PMP ajustada según conclusiones GSAT-(En las fechas que fijen la DGPPN y la DIFP-DNP)
JUNIO
* Aprobación plan financiero y meta superávit primario por
CONPES, previo concepto CONFIS (Antes del 15 de Junio)
* MHCP presenta el MFMP a las comisiones económicas del
Congreso e informe regla fiscal (Antes del 15 de Junio)
* Reuniones Comités Sectoriales: presentación PMP base del
MGMP (En las fechas que fijen la DGPPN y la DIFP-DNP)
JULIO
* Aprobación del MGMP para los siguientes 4 años) por el
CONPES, previo concepto CONFIS (Antes del 15 de Julio)
* Aprobación del POAI por el CONPES, previo concepto CONFIS
(A mas tardar el 15 de Julio)
* DIFP-DNP envía proyecto inversión a la DGPPN (Antes del 20
de Julio)
* Presentación proyecto de ley de presupuesto al Congreso p el Minhacienda (29 de julio) (dentro de los diez (10) primer días de las sesiones ordinarias de ese cuerpo legislativo.)
AGOSTO
* Comisiones Económicas Congreso deciden sobre devolución del proyecto (Antes DEL 15 de Agosto)
* MHCP presenta de nuevo el proyecto con las enmiendas correspondientes (Antes del 30 de Agosto)
SEPTIEMBRE
* Comisiones Económicas deciden sobre monto definitivo del PGN (Antes del 15 de septiembre)
* Comisiones Económicas deciden aprobación PGN en primer debate (Antes del 25 de septiembre)
ОСТUBRE
* Cámaras deciden en plenarias aprobación PGN en segundo debate (A partir del 1° de Octubre y antes de la media noche del 20 de octubre.
* Expedición decreto repetición si proyecto de ley no presenta primeros 10 días Legislatura
OCT-DIC
* El gobierno nacional expedirá el decreto de repetición del presupuesto, si el proyecto de ley de PGN no hubiere sido presentado en los primeros diez días de sesiones ordinarias, como lo dispone la Constitución y el EOP. (Antes del 10 de diciembre )
* Presidente sanciona la Ley de PGN (Después del 20 de Octubre)
* Gobierno nacional expide Decreto de Liquidación del PGN -
Cargue en el SIIF (A mas tardar el 28 de diciembre)
ENERO
* Gobierno nacional suspende o reduce PGN si no se completa
trámite
* Distribución inicial del PAC de cada órgano ejecutor en el SIIF
por la DGCPTN (1° de Enero)
* Inicio de la ejecución del PGN. Desagregación detalle anexo decreto liquidación (1° de Enero)
PRESENTACION PGN
ARTICULO 51
El Gobierno Nacional presentará a las comisiones económicas de Senado y Cámara, cada año, durante la primera semana del mes de abril, el anteproyecto del Presupuesto Anual de Rentas y Gastos que presentará en forma definitiva a partir del 20 de julio al Congreso (Ley 225/95, artículo 20).
ARTICULO 52
El Gobierno Nacional someterá el Proyecto de Presupuesto General de la Nación a consideración del Congreso por conducto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público durante los primeros diez días de cada legislatura, el cual contendrá el Proyecto de Rentas, Gastos y el resultado fiscal (Ley 38/89, artículo 36 (LEY 179/94, artículo 25).
PRESENTACION PPTO ENTIDADES TERRITORIALES
El proyecto de presupuesto debe ser presentado por el Alcalde al Concejo Municipal o el Gobernador a la Asamblea
Departamental, para su ‹ estudio aprobación.
ESTUDIO Y APROBACION PGN
ARTICULO 56. Una vez presentado el proyecto de presupuesto por el Gobierno nacional, las comisiones del Senado y Cámara de Representantes, durante su discusión, oirán al Banco de la República y a la Oficina de Asistencia Técnica Presupuestal, para conocer su opinión sobre el impacto macroeconómico y sectorial del déficit y del nivel de
gasto propuesto
ARTICULO 59. Si el Congreso no expidiere el Presupuesto General de la Nación antes de la media noche del 20 de octubre del año respectivo, regirá el proyecto presentado por el Gobierno, incluyendo las modificaciones que hayan sido aprobadas en el primer debate (Ley 38/89, artículo 43, Ley 179/94, artículo 29).
Proyecto de ley del Presupuesto General de la Nación - Dec. 111/96 - art. 35, 36, 46, 47, 52, 56, 61,64, 67,109,
* Texto del proyecto de ley que incluye:
* El Presupuesto de Rentas
> El Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones
* Disposiciones generales.
> Mensaje Presidencial, * Anexo del gasto social
* Detalle de la composición de las rentas y recursos de
capital
ESTUDIO Y APROBACIÓN PPTO E.T.
El proceso de aprobación se inicia cuando el proyecto de acuerdo se presenta al Concejo Municipal o la Asamblea Departamental en la fecha establecida en los respectivos Estatuto Orgánico de Presupuesto.
LIQUIDACION PGN
Después del 20 de octubre, el Presidente de la República sancionará la Ley de PGN y expedirá el correspondiente Decreto de Liquidación, ambos con efectos fiscales
desde el 1° de enero;
A más tardar el 28 de diciembre la DGPPN registrará en el SIIF Nación el anexo del decreto de liquidación con
efectos fiscales desde el 1° de enero
Corresponde al alcalde o el gobernador, dictar el decreto sobre liquidación previa del presupuesto aprobado por el concejo Municipal o Asamblea Departamental.
El decreto de liquidación previa del presupuesto, debe expedirse antes del 20 de diciembre y se copia junto con los créditos y contracréditos aprobados por el Concejo o Asamblea.
Contenido del Proyecto de Presupuesto
Territorial
* Mensaje presupuestal o exposición de motivos.
(Alcalde o Gobernador).
* Proyecto de rentas e ingresos y de gastos e inversiones.
* Vigencias futuras (cuando se requieran).
* Disposiciones generales.
* Anexos del proyecto (ingresos, gastos y POAI)
Catálogo de clasificación presupuestal - Entidades
Territoriales y Descentralizadas.
EL CATALOGO DE CLASIFICACIÓN PRESUPUESTAL 2018
Hace Compatible el Presupuesto Colombiano con otros Sistemas Estadísticos de F. P. Internacionales
La producción de estadísticas financieras y fiscales son un pilar de transparencia, control y elementos de comparación de la gestión financiera de un país respecto a sus gobernados y a la comunidad internacional
Departamento de Asuntos
Económicos y Sociales de la ONU
FMI
BIRF
OCDE
Euroestat
Centros de
Investigación
Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la ONU
producen metodologías, clasificadores y normas internacionales que son guías para la producción estadística de los países
NORMATIVIDAD
* ESTATUTO ORGANICO DEL PRESUPUESTO -DEC. 111/96
* SISTEMA CLASIFICACIÓN PRESUPUESTAL -AGOSTO 2020
* MANUAL DE CLASIFICACIÓN PPTAL 2018-ACTUALIZADO 2021
* RESOLUCIÓN 3832 DE 2019 - MINHACIENDA-DIRECCIÓN DE APOYO
FISCAL- Catálogo de Clasificación Presupuestal para Entidades Territoriales y sus Descentralizadas - CCPT
* RESOLUCIÓN 2323 DE 2020-MINHACIENDA-DIRECCIÓN DE APOYO FISCAL-
* RESOLUCIÓN 1355 DE 2020-MINHACIENDA-DIRECCIÓN DE APOYO FISCAL-
Actualiza Catálogo de Clasificación Presupuestal para Entidades Territorriales Descentralizadas - ССРЕТ
INCONVENIENTES CCPET
* Hasta el año 2018, los gastos de inversión no estaban clasificados por objeto de gasto.
* Los gastos de funcionamiento estaban clasificados por objeto de gasto, pero dicha clasificación no estaba diseñada para armonizarla con estándares internacionales
* No se contaba con uniformidad en las clasificaciones de los diferentes tipos de ingresos (ingresos de la Nación, fondos especiales, recursos propios de los establecimientos públicos y rentas parafiscales);
* El Estatuto Orgánico del Presupuesto (EOP) no cuenta con un marco de definiciones, conceptos y convenciones para las clasificaciones del presupuesto (las definiciones del EOP son en su gran mayoría definiciones por enumeración y no por comprensión);
* El EOP no presenta algunas cuentas con suficiente detalle para extraer
de diferente naturaleza económica.