von MARIMAR QUIROGA CASTELLANOS Vor 2 Jahren
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NO DECLARANTES
Industriales y comerciales del estado
extranjeros residentes y no residentes
colombianos residentes
Sociedades extranjeras domicialiadas
Sociedades nacionales domiciliadas
ART 15- AJUSTE AL PATRIMONIO LIQUIDO que ha sufrido aumentos o disminuciones en el año: cuando el patrimonio al inicio haya sufrido algún aumento o disminución en el años
ART 14- VALORES A EXCLUIR DEL PATRIMONIO LIQUIDO: sometidos a ajuste se debe excluir el valor patrimonial neto correspondiente a activos
ART. 13- AJUSTE DEL PATRIMONIO: se debe ajustar al inicio de cada periodo con base al PAAG anual, salvo cuando sea negativo.