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von CASTILLO SANTOS CASTILLO SANTOS Vor 4 Jahren

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Origen del derecho social en Europa y en México

En Europa y México, los derechos sociales han tenido una evolución marcada por la lucha y organización de los trabajadores. Isabel la Católica intentó proteger a los trabajadores con las leyes de indias, aunque nunca se aplicaron.

Origen del derecho social en Europa y en México

Origen del derecho social en Europa y en México

Isabel la Católica, emitió las leyes de indias con medidas protectoras para el trabajador que no se aplicaron nunca. En las primeras épocas de México independiente (1821-1856) la situación se los trabajadores no mejoró, ni los legisladores, ni los gobiernos mostraron preocupación por ellos.

Se promulga la constitución de 1857, liberal e individualista, en la que no se reconoce ningún derecho social.
Es totalmente liberal y contraria a los derechos de los trabajadores no obstante, los trabajadores empiezan a organizarse bajo la influencia del socialismo y del anarquismo.

Exportación de productos agrícolas y mineros,mercado abierto a las importaciones.

Significa un cambio en la política económica: Facilidades fiscales, mano de obra barata y abundante, para los inversionistas extranjeros. Ninguna política social en favor de los trabajadores. Se invierte en industria textil, en ferrocarriles; en vías de comunicación; en minería y en petróleo. Se polarizan las relaciones patrón-trabajador. Los trabajadores declaran las primeras huelgas: huelga de sombrereros en 1875; el movimiento de Pinos Altos, Chihuahua, enero de 1883; la huelga de Cananea, (Sonora) 31 de mayo al 3 de junio de 1906; la huelga de Rio Blanco (Veracruz) 7 de enero de 1907. Todas ellas reprimidas ferozmente por el gobierno federal.

Este movimiento social se inició con fines políticos pero se transformó después de la muerte de Madero (22 de febrero de 1913) en un movimiento social reivindicatorio de los derechos de los campesinos y los obreros, Culmina con la instalación de un Congreso Constituyente (1° de diciembre de 1916) por el Primer Jefe del ejército constitucionalista Venustiano Carranza, cuya intención era reformar la Constitución de 1857.

La inclusión de derechos de carácter social. artículos 27 (origen del derecho agrario), 3° (rescate de la educación para las clases populares).

Obligan a que el Estado liberal mexicano se transforme en un Estado intervencionista en materia económica y ponga las bases de desarrollo de nuestro país que promueven el progreso económico en una dirección nacionalista, incluyente y justa.

A partir de la Revolución Francesa (1789) se organiza el Estado liberal burgués.

Las relaciones de trabajo se realizan en términos de igualdad entre el patrón y el trabajador. Igualdad inexistente por la disparidad económica: el patrón tenía la fuerza del capital, el trabajador sólo su fuerza de trabajo.
En ella se plasma el principio de igualdad impedía que los trabajadores se pudiesen asociar. Toda coalición o hermandad fue declarada ilícita y perseguida por el Estado.

La explotación brutal de los trabajadores que trajo consigo graves problemas sociales, que empezaron a manifestare públicamente.

Se constituyó en una amenaza para el Estado Libre Burgués.

Gobiernos de Alemania y Francia, bajo la presión de los socialistas crean las primeras leyes de previsión social. El Gobierno francés en 1874 expide leyes protectoras del trabajo a menores.

Francia se reconoce legalmente la existencia de los Sindicatos; y con ello se inicia el Derecho del Trabajo.

Se difunden estas ideas a los países industrializados de Europa.

Como consecuencia de la Gran Guerra Europea se crea la Organización Internacional del Trabajo (clausula XIII del Tratado De Versalles) se constituye en gestor de la legislación en favor de los trabajadores.