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von Fernanda Romo Vor 6 Jahren

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La normativa establece que las Secretarías de Estado y los organismos de la Administración Pública Federal deben presentar un informe detallado sobre los resultados de las negociaciones de tratados internacionales en materia económica, con antelación a la firma del tratado.

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Podrán allegarse de estudios que realice el personal a su cargo o los que requieran a las dependencias competentes del Poder Ejecutivo. Las comisiones, o en su caso, la subcomisión podrá citar a comparecencia a las y los funcionarios señalados.

Las Comisiones, o en su caso la subcomisión, estarán facultadas para requerir y obtener la información de los informes periodicos

El informe contará con una explicación amplia y detallada de:

El Informe contendrá:

La subdivisión a cargo del informe

Deberán requerir a las Secretarías de Estado y a cualquier organismo de la Administración Pública Federal que represente a México en las negociaciones, con la anticipación necesaria a la fecha determinada para la firma del tratado correspondiente, un informe sobre el resultado final completo de las negociaciones, y sobre la forma en que se atendieron los objetivos de esta ley.

LEY DE APROBACION DE TRATADOS INTERNACIONALES EN MATERIA ECONOMICA (Publicada el 2 de septiembre de 2004 en el DOF)

Para la aprobación de algún tratado ya firmado deberá someterse al Senado junto con los siguientes documentos:

El Senado de la Republica deberá de turnar el tratado a las comisiones correspondientes, en la sesión siguiente a la fecha en que el Ejecutivo lo haya sometido al Senado.

El Senado de la República   de conformidad con los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, emitirá si lo considera necesario, un Punto de Acuerdo, relativo al contenido del informe.

INFORME

Al inicio de cada periodo ordinario de sesiones, el Senado, a través de las comisiones competentes, requerirá un informe a las Secretarías de Estado y a cualquier organismo de la administración pública federal que represente a México sobre el inicio de negociaciones formales de un tratado.