Código Penal Decreto 17-73 DELITOS CONTRA EL HONOR

Injuria

Fundamento

Artículo 161 del Código Penal

Elemento material

Expresión o acción ejecutada en deshonra, descrédito o menosprecio.

Verbal

Escrita

Voluntad de Ofensa

Animus Injuriandi

Sujetos del Delito

Sujeto Activo

La persona que ofende con voluntad

Sujeto Pasivo

Persona sobre la que recae la ofensa.

Excepciones

Artículo 163. Injurias provocadas o recíprocas.

el tribunal podrá, según las circunstancias, eximir de
responsabilidad penal a las dos partes o a alguna de ellas.

Artículo 166. Excepciones

Siempre que no haya obrado por interés o con
ánimo de perjudicar.

1º. Quien manifestare técnicamente su parecer sobre alguna producción literaria, artística o científica.

2º. Quien, por razón de cometido, expresare su juicio sobre la capacidad, instrucción, aptitud o conducta
de otra persona.

Posibilidad de Prueba de Veracidad

No se admite

Art. 162 del Código Penal.

Sanciones Imponibles

Prisión

De dos meses a un año.

Difamación

Fundamento

Artículo 164 del Código Penal.

Elemento material

Divulgación de calumnias o injurias

Generando odio o descrédito, dañando el honor y la dignidad del ofendido.

Por cualquier medio

De comunicación masiva

La ley no limita medios específicos

Sujetos del Delito

Sujeto Activo

Persona que incurre en el delito.

Sujeto Pasivo

Persona ofendida.

Excepciones

Artículo 166. Excepciones

Siempre que no haya obrado por interés o con
ánimo de perjudicar.

1º. Quien manifestare técnicamente su parecer sobre alguna producción literaria, artística o científica.

2º. Quien, por razón de cometido, expresare su juicio sobre la capacidad, instrucción, aptitud o conducta
de otra persona.

Posibilidad de Prueba de Veracidad

No se admite

Sanciones Imponibles

Prisión

De dos a cinco años.

Calumnia

Fundamento

Artículo 159 del Código Penal

Elemento material

Falsa imputación de un delito que da lugar a un procedimiento de oficio.

Sujetos del Delito

Sujeto Activo

La persona que infringe la norma, en este caso el transgresor.

Sujeto Pasivo

La persona humana que recibe la vulneración hacia su honor.

Excepciones

Artículo 160. Veracidad de la imputación.

Exclusión de responsabilidad al imputado de calumnia cuando pruebe que sus acusaciones al sujeto pasivo sean verdaderas.

Artículo 166. Excepciones

Siempre que no haya obrado por interés o con
ánimo de perjudicar.

1º. Quien manifestare técnicamente su parecer sobre alguna producción literaria, artística o científica.

2º. Quien, por razón de cometido, expresare su juicio sobre la capacidad, instrucción, aptitud o conducta
de otra persona.

Posibilidad de Prueba de veracidad

Si

Sanciones imponibles

Prisión

De cuatro meses a dos años.

Multa

De cincuenta a doscientos quetzales.

Publicación de Ofensas

Fundamento

Artículo 160 del Código Penal

Elemento material

Reproducir por cualquier medio calumnias o injurias a sabiendas de que lo son.

Dolo en los hechos.

Sujetos del Delito

Sujeto Pasivo

Persona que recibe el agravio.

Sujeto Activo

Persona que comete la injuria o calumnia.

Segundo Sujeto Activo

Aquel tercero que reprodujere las calumnias o injurias expresadas por otro a sabiendas de que lo son.

Excepciones

Ninguna

Posibilidad de Prueba de Veracidad

No se admite

Sanciones Imponibles

Tercero sancionado como autor

Prisión

De dos a cinco años