CONCEPTOS PERICIALES EN FAMILIA.
DICTAMENES PERICIALES
El dictamen pericial es una prueba que se lleva a un proceso ante autoridades administrativas, judiciales o constitucionales; donde los peritos a través de conocimientos científicos, artísticos y técnicos deben dar claridad a unos hechos que se están debatiendo y su dictamen se ha de realizar con claridad, detalles y precisión para que no sea controvertido por ninguna de las partes.
1-Claro: es decir que se dé a entender, porque el que va a leer el dictamen es un profesional con estudios diferentes a los nuestros.
2-Preciso: que responda a lo que se está preguntando.
3-Detallado: debe tener una buena fundamentación teórica y los paso con los que se realizaron las diferentes técnicas.
Basándonos en Ley 1564 del 2012 Código del General del Proceso se enuncia lo siguiente:
El dictamen pericial es la manifestación del perito sobre los estudios realizados y conclusiones alcanzadas, debe ser claro, preciso, exhaustivo y detallado. En el sistema del Código General del Proceso la prueba pericial supone dos fases escalonadas: Una primera fase escrita de aportación por las partes o presentación por el perito del dictamen cuando la prueba es decretada de oficio y una segunda fase oral o de sustentación del dictamen en la audiencia. Ley 1564 del 2012 Código del General del Proceso. (2012)
Ejemplificación: cuando un juez de familia te solicita como perito experto realizar un dictamen pericial para establecer el entorno familiar y social de una familia, además de evaluar y determinar si es adecuado para tener la custodia de un menor de edad.
Cuando el perito a través del resultado de una prueba genética concluye o dictamina que el menor es hijo del señor investigado.
Idoneidad del perito
1-Tener un certificado profesional.
2-Madurez en el conocimiento: experiencia profesional.
3-Tenga profundidad en el conocimiento: tenga información actualizada y verificable.
4-Habilidades en el dominio de las herramientas de conocimiento: saber cómo aplicar las técnicas.
5-Siempre se debe preparar el dictamen pericial como si fuera el primero (con mucho compromiso).
6-Idoneidad moral: imparcialidad, objetividad y verdad.
Cuando un perito se debe declara inhábil o impedido
1-El perito, cónyuge o algún pariente dentro del 4 grado de consanguineidad o segundo de afinidad (cuñados o suegro) tenga algún interés con el proceso.
2-Realizar un dictamen pericial al cónyuge o algún pariente en 4 grado de consanguineidad.
3-No se puede tener ninguna negoció con alguna de las partes.
4-Existir pleito pendiente (un litigio) con los implicados en el peritaje.
5-Existir enemistad grave o amistad íntima entre el perito y alguna de las partes.
6-El perito o algún pariente ser codeudor de alguna de las partes.
7-Ser socio de alguna de las partes.
8-Haber dado el perito conceptos por fuera de ese proceso y luego nos damos cuenta que seremos los peritos del proceso.
No pueden ser peritos
1-Menores de 18 años.
2-Ser interdictos: incapacidad mental.
3-Quienes les hayan suspendido su tarjeta profesional.
4-Tengan una condena por algún delito.
CERTIFICADOS
Los certificados son documentos que se expiden principalmente en los procesos de adopción, donde los profesionales del campo social hacen una evaluación integral de la salud física y mental de las personas implicadas en el proceso además de analizar su conducta moral y su desarrollo dentro del entorno social.
El certificado es la valoración integral de todos los aportes que los diferentes profesionales han emitido dentro de un proceso previo a la adopción y que es expedido por el Defensor de Familia, que es un amplio conocer de la etapa administrativa y judicial en un proceso de adopción (Urrea, Estrada & Lopera, 2009, p.30).
Ejemplificación: la certificación que emite un psicólogo que da cuenta que una persona este pleno uso de sus facultades mentales y es idóneo para tomar decisiones sobre sus bienes.
Datos del solicitante.
Certifico haber examinado al solicitante, el cual se encuentra en perfecto estado de salud psicológica. Lo considero apto para tener la custodia compartida de sus menores hijos.
Lugar y fecha.
Firma y sello, datos del profesional.
CONCEPTOS
Los conceptos son pruebas, apreciaciones o valoraciones personales carentes de un desarrollo científico porque son emitidos desde nuestra experiencia y conocimiento como profesionales.
Es importante mencionar que los aportes y apreciaciones que hacen los profesionales psicosociales es por petición de los operadores jurídicos que lo solicitan. Por otra parte, los conceptos deben velar por la protección de los derechos fundamentales de los niños y adolescentes teniendo en cuenta que los derechos de los niños prevalecen frente a los derechos de los demás.
…en una custodia es importante que los profesionales del área psicosocial señalen la adaptación del menor bien sea a un nuevo grupo familiar o dentro de su mismo grupo familiar, pudiendo expresar cuál de los padres o el tercero ofrece mejores garantías, teniendo siempre de presente el interés superior del menor y la prevalencia de los derechos (Urrea, Estrada & Lopera, 2009, p.31).
Ejemplificación: dentro de un proceso de restablecimiento de derechos un psicólogo emite el siguiente concepto:
Después de analizar y caracterizar el entorno socio-familiar que tiene la niña Paula con su madre biológica pienso que esta no tiene las condiciones idóneas para hacerse cargo de ella porque su situación económica y desempleo no se lo permiten, además que no tiene ninguna red de apoyo que la beneficie. Agrego a lo anterior los problemas de salud mental que presenta la madre de la niña que le impiden que le brinde un desarrollo integral a la menor.
INFORMES
Los informes son procesos que describen una situación y permiten poner en conocimiento o dar a conocer ese proceso a través de terceros y no de manera directa.
Así mismo una característica fundamental que diferencia los informes de los dictámenes periciales, es que el primero se dedica a comunicar algo sin seguir ninguna clase de protocolo, lo que si se hace en los dictámenes periciales porque se deben cumplir con unos requisitos o pasos a seguir para su presentación.
El informe entonces se diferencia del dictamen pericial, porque aquel se limita a comunicar algo, mientras que este requiere un estudio y análisis de la situación concreta, exigiendo conocimientos especiales con calidades técnicas, científicas o artísticas, para poder emitir una conclusión (Azula Camacho, 2008, p.29) citada por Urrea, Estrada & Lopera, 2009.
Ejemplificación: una trabajadora social realiza una visita domiciliaria para analizar la dinámica de las familias que conformaron cada uno de los padres del niño Juan José, para luego realizar un informe y presentárselo al juez que está llevando el proceso de custodia.
Estudio Visita Social
Determinar relación directa y regular con el progenitor, con la finalidad de mantener lazos afectivos que permitan un óptimo desarrollo en el niño, garantizando así el efectivo goce de los derechos. A través, de procedimientos y técnicas de evaluación se observa el hábitat y entorno sociocultural de los evaluados, condiciones habitacionales, situación laboral, salud familiar, capacidades parentales del padre como apego, empatía, modelos de crianza, capacidad de participar en comunidad, situación actual y se emite unas conclusiones y opinión profesional
CONSTANCIAS
Las constancias de integración personal son usadas en los procesos de adopción para garantizar la idoneidad mental, social, física y moral de los adoptantes, se debe realizar antes de presentar la demanda de adopción y los profesionales que la llevan a cabo son psicólogos o trabajadores sociales.
Además, con las constancias se pretende garantizar el bienestar de la nueva familia que se va a formar y minimizar las consecuencias negativas de los cambios que se originaran con la llegada del nuevo miembro de la familia.
También es obligatoria anexo a la demanda de Adopción. Se realiza desde la observación y el intercambio de información para identificar la aceptación y apoyo de la familia y el entorno social, valorar los cambios que se dan con la llegada de un hijo adoptado (art 124 núm. 5, Ley 1098 de 2006).
Así mismo las autoras hacen mención de su diferencia con el dictamen pericial “Se diferencia del dictamen porque no hay que darle publicidad, es más una observación directa y de acompañamiento antes de definir la adopción” (Urrea, Estrada & Lopera, 2009, p.30).
Ejemplificación: En el proceso de adopción se les hace una serie de pruebas de idoneidad física, mental y moral a los futuros padres, luego se hace una constancia de que cumplen con esa idoneidad.
El certificado de idoneidad mental que debe emitir un psicólogo para que un individuo se le permita portar armas de fuego.
Constancia de que una persona está recibiendo terapia psicológica.
BIBLIOGRAFÍA
Urrea, A; Estrada, Lina. & Lopera, J. (2009) Los dictámenes Periciales en el Código de Infancia y Adolescencia. Centro de Investigaciones Jurídicas y Área de Derecho de Familia de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas y Departamento de Trabajo Social Universidad de Antioquia. Medellín, Colombia.
Legislación
Congreso de Colombia, Ley 1098 del 8 de noviembre de 2006 por la cual expide el Código de Infancia y de Adolescencia.
Congreso de la República, Ley 1564 del 12 de Julio de 2012 por la cual expide el Código General del Proceso.