Derecho de obligaciones

Rama o la disciplina del Derecho dedicada al estudio del origen, clases, efectos y extinción de las Obligaciones.

Sus caracteres son:

Universalidad

Muy semejante el Derecho de Obligaciones en los diversos ordenamientos jurídicos de países cuya estructura social y económica es
diferente.

Permanencia

Resulta de la invariabilidad en el tiempo.

Obligación Civil

Es un lazo de derecho que nos constriñe en
la necesidad de pagar alguna cosa conforme al derecho de nuestra ciudad.

Estructura

Elemento subjetivo

Sujeto activo

Acreedor

Sujeto pasivo

Deudor

Elemento objetivo

Prestación de Dar

transmisión de la propiedad u otro derecho real del deudor al acreedor.

Prestación de Hacer

Aquellas actividades
positivas a que queda sujeto el deudor.

Prestacion de No Hacer

Abstención, una
actuación negativa por parte del deudor

Vinculo jurídico

Es netamente patrimonial

Une al patrimonio del deudor con el acreedor

El acreedor no tiene
ningún poder sobre la persona del deudor, sino sobre su patrimonio

En caso de que el deudor no tenga patrimonio y no cumpla con la prestación que constituye el objeto de la obligación, no habrá forma de que el acreedor logre satisfacer su acreencia u obligue a cumplir al deudor y lo que le resta es esperar a que el deudor logre mejor fortuna.