EL CONCEPTO DE OBLIGACIONES Y DE CONTRATO
Obligaciones
Instrumento fundamental en la cooperación entre particulares y el desarrollo de la sociedad
La autonomia privada como fuente de obligaciones
facultad reconocida por el ordenamiento positivo a las personas para disponer de sus intereses con efecto vinculante
crear derechos y obligaciones, con los límites generales del orden público y las buenas costumbres, para el intercambio de bienes y servicios
Libertad individual
Una serie de reparos y cuestionamientos exigiò la intervencion del estado en la configuracion de un sistema
Basado en la autonomia privada pero controlando excesos
Mecanismos validdos de limitacion como
la buena fe, la condena al fraude y el abuso al derecho
Breve referencia al concepto de obligación como instrumento jurídico de cooperación económica
La existencia del hombre en sociedad exige el reparto de actividades entre sus miembros con el fin de alcanzar incialmente objetivos de supervivencia evolucionando y organizando su vida en sociedad
Su relaciòn con los derechos reales
El derecho occidental ha creado insituciones configuradoras de derechos reales
Los cuales pretenden garantizar a los individuos el ejercicio de poderes y facultades sobre los bienes
El derecho de obligaciones pretende establecer los mecanismos juridicos para permitir la circulacion de esos bienes
El comportamiento o abstención del deudor consiste en transferir un derecho real(obligación de dar), realizar una acción ( obligación de hacer)o abstenerse de realizar un comportamiento especifico(obligación de no hacer)
vínculo jurídico por virtud del cual una persona denominada deudor, se encuentra constreñida jurídicamente a ejecutar algo en favor de otra persona llamada acreedor
Antecedentes mas importantes en las instituciones del derecho romano
Mediante la obligación se ataba y aprehendía físicamente a la persona del deudor
En caso de incumplimiento el acreedor podia coactivamente acudir al domicilio del deucor y someterle fisicamente, reduciendolo a la calidad de esclavo
Debía existir un vinculo a través de la realización de formulas sacramentales que justifican el sometimiento del un sujeto a otro, es decir, de la ceremonia per aes et libram
El sujeto manifestaba libremente su voluntad de obligarse comprometiéndose a la realización del comportamiento respectivo en caso de incumplimiento en quedar a la potestad del acreedor a tarves de manus iniectio
Con el paso del tiempo el "vinculo jurídico" evoluciono y se vio la necesidad de añadir el patrimonio del deudor
Una mejor alternativa en vez de actuar físicamente sobre el deudor
Actio Bonorum possesio
permitiò al acreedor satisfacer su credito en caso de incumplimiento primero sobre el patrimonio del deudor y solo subsidiariamente sobre su persona
La manus inectio sustituida por acciones civiles in personam