Elementos de validez del acto jurídico

Art. 141. Manifestación de Voluntad

La manifestación de voluntad puede ser expresa o tácita. Es expresa cuando se realiza en forma oral, escrita, a través de cualquier medio directo, manual, mecánico, etc.
Es tácita cuando la voluntad infiere indubitablemente de una actitud o conductas.

Artículo 140

Plena Capacidad de ejercicio

Toda persona con la facultad de poder ejercer sus derechos mediante lo manifestados en los diferentes artículos correspondientes del Código Civil.

Artiuco 42

Articulo 46

Artículo 1358

Objeto físico y jurídicamente posible

El propietario de un inmueble, acreditado con copia literal, registrado en registros públicos.

Fin Lícito

Es toda actividad que se llega a ejercer mediante el cumplimiento de normas y leyes establecidas.

Observancia de la forma prescrita bajo sanción de nulidad

Esto se dará cuando alguna actividad queda nula porque no cumple con los requisitos establecidos en la ley.

Por ejemplo, la anulación de una licencia de funcionamiento de un negocio por no cumplir con la reglamentación municipal.

HECHO JURÍDICO: Existe una relación de genero a especie. Todo acto jurídico es un hecho jurídico, pero no todo hecho jurídico es un acto jurídico

ACTO JURIDICO: Es la manifestación de voluntad humana y licita destinada a crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas

Art. 142. el silencio

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Ejemplo: cuando un juez dictamina la sentencia de un acusado, éste tiene un cierto tiempo para poder apelar, pero no lo hace; por lo tanto, la ley asume que el acusado está conforme con su sentencia.

Discernimiento

capacidad de cada personas para decidir y aplicar su voluntad.

Intención

es el fin por el cual se puede llevar a cabo el Acto Jurídico.

Libertad

Facultad y derecho de las personas para elegir de manera responsable su propia forma de actuar dentro de una sociedad.

integrantes:

Pedro Espinoza Luján

Flor Arones

Andrea Rojas Arroyo

Maritza Galindo Pino

Cristian Romero