Generalidades de la legislación farmacéutica en Colombia y las funciones y responsabilidades de su quehacer profesional acorde al SGSSS y la PFN
Clasificación y jerarquía de la normatividad colombiana
Constitución política
Leyes
Decretos
Resolución
Circular
Organismos responsables de expedir las normas en Colombia
Congreso de la republica de Colombia
Ministerio
Superintendencia
Generalidades de la ley estatutaria en salud
Ley estatutaria en salud 1751 de 2015.
Derecho fundamental a la salud.
Planes de beneficio y la prestación de servicios de salud.
Prestación de servicios de urgencias.
Principio de continuidad y oportunidad en la prestación de servicios de salud.
Nuevos retos del derecho fundamental a la salud.
Autonomía médica a partir de la ley estatutaria.
Entidades promotoras de salud y el nuevo plan de beneficios.
Atención integral de urgencias.
Funciones y responsabilidades del tecnólogo en regencia de farmacia de acuerdo a lo establecido a la ley 485 de 1998
Dirigir los establecimientos distribuidores minoristas de las Instituciones que integran el Sistema de Seguridad Social en Salud, que ofrezcan la distribución y dispensación de los medicamentos y demás insumos de la saluden el primer nivel de atención o baja complejidad, bien sea ambulatoria u hospitalaria.
Dirigir el servicio farmacéutico de instituciones prestadoras de servicios de salud de baja complejidad o que se encuentren en el primer nivel de atención, bien sea ambulatoria u hospitalaria.
Dirigir establecimientos farmacéuticos distribuidores mayoristas de productos alopáticos, homeopáticos, veterinarios, preparaciones farmacéuticas con base en recursos naturales, cosméticos preparados magistrales e insumos para salud.
Dar apoyo, bajo la dirección del Químico Farmacéutico, al desarrollo de las actividades básicas del sistema de suministro de medicamentos y demás insumos de la salud, orientados a la producción en las instituciones prestadoras de servicios de salud de segundo y tercer nivel.
Colaborar, bajo la dirección del Químico Farmacéutico, en el desarrollo de las actividades básicas de la prestación del servicio farmacéutico de alta y mediana complejidad.
Las entes territoriales que tienen a su cargo las funciones de inspección y vigilancia de los establecimientos farmacéuticos distribuidores mayoristas y minoristas, desarrollarán dichas actividades con personal que ostente el título de Regente de Farmacia.
Participar en actividades de mercadeo y venta de productos farmacéuticos.
El Tecnólogo en Regencia de Farmacia podrá ejercer actividades docentes y de capacitación formal y no formal, en el campo de su especialidad, así como en las labores orientadas a la promoción y uso racional de los medicamentos.
Estrategias de intervención definidas en la política farmacéutica nacional
Construcción de una institucionalidad eficaz, eficiente y coherente.
Adecuación de la oferta y las competencias del recurso humano del sector farmacéutico.
Desarrollo de instrumentos para la regulación de precios y del mercado.
Desarrollo de instrumentos para la regulación de precios y del mercado.
Fortalecimiento de la rectoría y del sistema de vigilancia.
Compromiso con la sostenibilidad ambiental y el aprovechamiento de la biodiversidad.
Adecuación de la oferta de medicamento.
Desarrollo de programas especiales de acceso.
Diseño de redes de Servicios Farmacéuticos (SF).
Promoción del uso adecuado de medicamentos.