FOMENTO A LA CULTURA EN EL EMPRENDIMIENTO

FOMENTO A LA CULTURA EN EL EMPRENDIMIENTO

Formación para el emprendimiento. Art 12

Formación para el emprendimiento. Art 12

a) lograr el desarrollo de personas integrales en sus aspectos personales

a) lograr el desarrollo de personas integrales en sus aspectos personales

b) contribuir al mejoramiento de las capacidades, habilidades y destrezas en las personas, que les permitan emprender iniciat

b) contribuir al mejoramiento de las capacidades, habilidades y destrezas en las personas, que les permitan emprender iniciativas para la generación de ingresos por cuenta propia

c) Promover alternativas que permitan el acercamiento de las instituciones
 educativas al mundo productivo

c) Promover alternativas que permitan el acercamiento de las instituciones
educativas al mundo productivo

d) Fomentar la cultura de la cooperación y el ahorro así como orientar sobre las
 distintas formas de asociatividad.

d) Fomentar la cultura de la cooperación y el ahorro así como orientar sobre las
distintas formas de asociatividad.

Enseñanza obligatoria. Art 13

Enseñanza obligatoria. Art 13

a)  Definición de un área específica de formación para el emprendimiento y la
 generación de empresas, la cual debe incorpora

a) Definición de un área específica de formación para el emprendimiento y la
generación de empresas, la cual debe incorporarse al currículo y desarrollarse a través de todo el plan de estudios

b) Transmitir en todos los niveles escolares conocimiento, formar actitud favorable al emprendimiento, la innovación y la cre

b) Transmitir en todos los niveles escolares conocimiento, formar actitud favorable al emprendimiento, la innovación y la creatividad y desarrollar competencias para generar empresas.

c) Diseñar y divulgar módulos específicos sobre temas empresariales denominados “Cátedra Empresarial” que constituyan un sopo

c) Diseñar y divulgar módulos específicos sobre temas empresariales denominados “Cátedra Empresarial” que constituyan un soporte fundamental de los programas educativos de la enseñanza

d) Promover actividades como ferias empresariales, foros, seminarios,macrorruedas de negocios, concursos y demás actividades

d) Promover actividades como ferias empresariales, foros, seminarios,macrorruedas de negocios, concursos y demás actividades orientadas a la promoción de la cultura para el emprendimiento de acuerdo a los parámetros establecidos en esta ley

Sistema de información y orientación profesional . Art 14

Sistema de información y orientación profesional . Art 14

El Ministerio de Educación Nacional en coordinación con el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icf

El Ministerio de Educación Nacional en coordinación con el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, el Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología, Colciencias, y el sector productivo, establecerá en un plazo máximo de (1) un año, un Sistema de Información y Orientación Profesional

Formación de formadores . Art 15

Formación de formadores . Art 15

El Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, coordinará a través de las redes para
el Emprendimiento y del Fondo Emprender y sus entidades adscritas, planes y programas para la formación de formadores orientados al desarrollo de la cultura para el emprendimiento de acuerdo con los principios establecidos en esta ley

Opción para trabajo de grado. Art 16

Las universidades públicas y privadas y los centros de formación técnica y tecnológica oficialmente reconocidos, podrán estab

Las universidades públicas y privadas y los centros de formación técnica y tecnológica oficialmente reconocidos, podrán establecer sin perjuicio de su régimen de autonomía, la alternativa del desarrollo de planes de negocios de conformidad con los principios establecidos en esta ley, en reemplazo de los trabajos de grado.

Voluntariado Empresarial. Art 17

Voluntariado Empresarial. Art 17

Las Cámaras de Comercio y los gremios empresariales podrán generar espacios para constituir el voluntariado empresarial con sus asociados con el objeto de que sean mentores y realicen acompañamiento en procesos de creación de empresas.

INES ELENA SARMIENTO
02/04/2019
NEGOCIOS Y FINANZAS INTERNACIONALES

Actividades de Promoción . Art 18

Actividades de Promoción . Art 18

Con el fin de promover la cultura del emprendimiento y las nuevas iniciativas de
negocios, el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el Programa Presidencial Colombia Joven y el Servicio Nacional de Aprendizaje

2. Macrorrueda de negocios para nuevos empresarios: Contactos entre oferentes y demandantes.

2. Macrorrueda de negocios para nuevos empresarios: Contactos entre oferentes y demandantes.

1.  Feria de trabajo juvenil: Componente comercial y académico.

1. Feria de trabajo juvenil: Componente comercial y académico.

4. Concursos dirigidos a emprendedores sociales y de negocio (Ventures).

4. Concursos dirigidos a emprendedores sociales y de negocio (Ventures).

3. Macrorruedas de inversión para nuevos empresarios: Contactos entre proponentes e inversionistas y sistema financiero.

3. Macrorruedas de inversión para nuevos empresarios: Contactos entre proponentes e inversionistas y sistema financiero.

6. Programas de cofinanciación para apoyo a programas de las unidades de emprendimiento y entidades de apoyo a la creación de

6. Programas de cofinanciación para apoyo a programas de las unidades de emprendimiento y entidades de apoyo a la creación de empresas: Apoyo financiero para el desarrollo de programas de formación, promoción, asistencia técnica y asesoría, que ejecuten las Fundaciones, Cámaras de Comercio,
Universidades, incubadoras de empresas y ONG

5. Concursos para facilitar el acceso al crédito o a fondos de capital semilla a aquellos proyectos sobresalientes.

5. Concursos para facilitar el acceso al crédito o a fondos de capital semilla a aquellos proyectos sobresalientes.

Beneficios por vínculo de emprendedores a las Redes de Emprendimiento. Art 19

Beneficios por vínculo de emprendedores a las Redes de Emprendimiento. Art 19

Quienes se vinculen con proyectos de emprendimiento a través de la red nacional o regional de emprendimiento, tendrán como in

Quienes se vinculen con proyectos de emprendimiento a través de la red nacional o regional de emprendimiento, tendrán como incentivo la prelación para acceder a
programas presenciales y virtuales de formación ocupacional impartidos por el Servicio Nacional de Aprendizaje.

Programas de promoción y apoyo a la creación,formalización y sostenibilidad de nuevas empresas. Art 20

Programas de promoción y apoyo a la creación,formalización y sostenibilidad de nuevas empresas. Art 20

Con el fin de promover el emprendimiento y la creación de empresas en las regiones, las Cámaras de Comercio, las incubadoras

Con el fin de promover el emprendimiento y la creación de empresas en las regiones, las Cámaras de Comercio, las incubadoras de empresas desarrollarán programas de promoción de la empresarialidad desde temprana edad, procesos de orientación, formación y consultoría para emprendedores y nuevos empresarios, así como servicios de orientación para la formalización.

Difusión de la cultura para el emprendimiento en la
televisión pública. Art 21

Difusión de la cultura para el emprendimiento en la
televisión pública. Art 21

La Comisión Nacional de Televisión o quien haga sus veces, deberá conceder espacios en la televisión pública para que se transmitan programas que fomenten la cultura para el emprendimiento de acuerdo con los principios establecidos en esta ley.

Constitución nuevas empresas. Art 22

Constitución nuevas empresas. Art 22

Las nuevas sociedades que se constituyan a partir de la vigencia de esta ley, cualquiera que fuere su especie o tipo, que de conformidad a lo establecido en el artículo 2° de la Ley 905 de 2004, tengan una planta de personal no superior a diez (10) trabajadores o activos totales por valor inferior a quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes, se constituirán con observancia de las normas propias de la Empresa Unipersonal, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo VIII de la Ley 222 de 1995.