Introducción a la Represión de la Competencia Desleal en el Perú. Un análisis del Decreto Legislativo N° 1044
La Cláusula General
Este es un concepto incompleto, porque no incorpora la Competencia Desleal generada por entidades no empresariales. Asimismo, es un concepto más bien instrumental, que debe ser llenado de contenido por la Ley.
Libertad de expresión empresarial
INDECOPI se ha referido de manera reiterada
a este concepto. De hecho, el artículo 19° de la norma materia de análisis establece que el desarrollo de actividad publicitaria permite el ejercicio de la libertad de expresión en la actividad empresarial y es vehículo de la libre Iniciativa Privada que garantiza la Constitución Política del Perú.
Naturaleza de la responsabilidad en materia de Competencia Desleal
En primer lugar, la responsabilidad proveniente
de Competencia Desleal es objetiva, no siendo
necesario determinar la existencia de dolo o
culpa para que la misma se configure, bastando
únicamente con la determinación de la acción del
agente11, encontrándose en consonancia con el resto de los ordenamientos sancionadores.
Ámbito de aplicación subjetivo
La norma debe aplicarse a todas las personas
naturales o jurídicas, sociedades irregulares,
patrimonios autónomos u otras entidades, de
derecho público o privado, sean estatales o no, con fines de lucro o sin ellos, que oferten o demanden bienes o servicios o cuyos asociados
Ámbito de aplicación territorial
Al igual que ocurre en la norma sobre prácticas
anticompetitivas, se establece que la Ley es
aplicación sobre cualquier acto de Competencia
Desleal que produzca o pueda producir efectos
en todo o en parte del territorio nacional, aun
cuando dicho acto se haya originado en el
extranjero
Los Modelos de la Competencia Desleal
La represión de la Competencia Desleal nos
muestra tres modelos que muestra la evolución
de la misma hacia una intervención administrativa mejor enfocada.
Los Diversos Actos que constituyen
Competencia Desleal
Actos de Engaño
Típico acto de Competencia Desleal, la norma
los define como conductas que generan el
efecto de inducir a error a otros agentes en el
mercado sobre los diversos atributos, beneficios
o condiciones que corresponden a los bienes,
servicios, establecimientos o transacciones
Actos de Confusión
Otra modalidad de actos de Competencia Desleal
que resulta ser muy común dentro de la legislación y la doctrina, y que al igual que los actos de engaño afectan el funcionamiento del mercado en el plano de la información que se proporciona, la constituye los actos de confusión.
Actos de explotación indebida de la
Reputación Ajena
Actos de explotación indebida de la
Reputación Ajena
Consisten en la realización de actos que tengan
como efecto, real o potencial, directamente o por
implicación, menoscabar la imagen, el crédito, la
fama, el prestigio o la reputación empresarial o
profesional de otro u otros agentes económicos.
Actos de comparación y equiparación
indebida. El caso de la Publicidad
Comparativa
Los actos de comparación consisten en la
presentación de las ventajas de la oferta propia
frente a la oferta competidora; mientras que los
actos de equiparación consisten en presentar
únicamente una adhesión de la oferta propia
sobre los atributos de la oferta ajena.
Actos de Violación de Normas
Consisten en la realización de actos que tengan
como efecto, real o potencial, valerse en el
mercado de una ventaja significativa derivada
de la concurrencia en el mercado mediante la
infracción de normas imperativas
-Actos de Violación de Secretos
Empresariales. -Actos de Sabotaje Empresarial
. Actos de Competencia Desleal
desarrollados mediante la actividad
publicitaria-
A modo de Conclusión
El presente artículo ha tenido por finalidad dar una mirada panorámica a la Competencia Desleal en el Perú, analizando su evolución, sus principales características, así como sus manifestaciones. La justificación es la importancia de la represión de las prácticas desleales.