La supervisión en el Ministerio de Educación Pública de Costa Rica
¿Qué es?
Es un proceso indispensable de todo sistema educativo para evaluar las acciones realizadas y determinar los cambios necesarios, para propiciar la excelencia de la educación
1. La supervisión como función
inherente al sistema
La supervisión dentro del MEP toma en cuenta la realidad nacional, la institución, las condiciones políticas, las leyes, la religión, todos ellos como campos de acción
La supervisión busca satisfacer las necesidades individuales y colectivas de la sociedad, además es un proceso inherente a cada dependencia del MEP.
Existen leyes que respaldan la importancia de la supervisión, entre ellas la Ley No. 21 "Ley General de Educación Común" y la Ley No. 3481 "Ley Orgánica del MEP"
La función supervisora no recae en los inspectores, también los administradores de la educación deben realizarlo ya que es una función inherente al cargo
Cada Dirección Regional de Enseñanza debe tener un Director Regional de Enseñanza, cuyas funciones tendrá la planificación, programación, ejecución, coordinación y control del proceso educativo
3. El objeto de estudio de la supervisión
Es interpretar y realizar las políticas educativas en sus contenidos filosóficos, económico-social, administrativos, técnicos y garantizar una coordinación eficaz entre el MEP
La supervisión tiene dos realidades
1. Interpretar y realizar la política vigente
2. Garantizar una coordinación eficaz en dos líneas: una interna (escuelas, colegios y organismos superiores) y otra externa(empresas, agencias e institutos de la nación)
Todas las acciones vinculadas con la supervisión deben garantizar la excelencia educativa en los diferentes niveles, ciclos y modalidades, así como la vinculación entre la comunidad educativa.
2. Un cambio de rumbo en la supervisión educativa
Lo que pretende la supervisión educativa es la de contribuir con el mejoramiento continuo e integral del sistema educativo
La supervisión presenta 3 momentos en la historia
1. 1828-1870 (la supervisión era de inspección y vigilancia)
2. 1970 (la supervisión era técnico administrativa)
3. 2009 (la supervisión cumple una función inherente al quehacer administrativo del MEP y busca tres realidad la local, nacional y global)