LEY 9 TITULO lll SALUD OCUPACIONAL
Disposiciones Generales
La salud de los trabajadores es una condición para el desarrollo socioeconomico
Regular las acciones destinadas a promover y proteger la salud de las personas de forma jurídica
Obligaciones
Ministerio de Salud
Establecer en cooperación con los demás organismos del estado, las regulaciones técnicas y administrativas para proteger, conservar y mejorar la salud de los trabajadores
Los Empleadores
Registrar y notificar los accidentes de trabajo
Adoptar medidas para proteger y promover la salud de los trabajadores
Promocionar y mantener un ambiente de trabajo adecuado
Los Trabajadores
Procurar cuidado integral de la salud
Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del programa de salud ocupacional
Suministrar Suministrar información clara, veraz y completa de su estado de salud
EPP
El ministerio de salud reglamentara la dotación, el uso y la conservación de los EPP
Sustancias Peligrosas, Plaguicidas y Artículos Pirotécnicos
Artículos Pirotecnicos
La ubicacion, construccion y operacion de establecimientos que fabriquen estos, deben cumplir los reglamentos de gobierno
Plaguicidas
El ministerio de salud establecerá las normas para la protección y la seguridad de las personas contra riesgos por la fabricación, almacenamiento, transporte, comercio, uso o disposición de estos
Sustancias Peligrosas
El ministerio de salud podrá prohibir o restringir el uso, importacion y fabricacion, transporte, comercio y almacenamiento de estas sustancias
Manejo, transporte y almacenamiento de materiales
Los vehículos, equipos y bandas transportadoras y de transporte de materiales se deben tener y operar de formas seguras
Valores Limitares de Trabajo
El ministerio de salud fijara los valores aceptables para concentración de sustancias en el aire
Radiofísica Sanitaria
El ministerio de salud deberá establecer las normas y reglamentos que se requieran para la protección y la seguridad contra riesgos derivados de las radiaciones ionizantes y adoptar las medidas para su cumplimiento
Medicina Preventiva y Saneamiento Básico
Medicina Preventiva
Todo empleador deberá responsabilizarse de los programas de medicina preventiva
Saneamiento Básico
El tratamiento y la disposición de residuos tóxicos deberán realizarse por procedimientos que no tengan riesgos para la salud de los trabajadores y contaminación del medio ambiente
Objetivos
Proteger a los trabajadores y la poblacion de riesgos por producción
Prevenir, proteger, eliminar o controlar la salud en los lugares de trabajo
Preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones
Condiciones Ambientales
Agentes Químicos y Biológicos
En todos los lugares de trabajo se tomaran medidas necesarias para evitar la presencia de agentes químicos y biológicos en el aire que representen riesgos para la salud y bienestar de los trabajadores
Agentes Físicos
El ministerio de salud determinara los niveles de ruido, vibración y cambios de presión a que pueden estar expuestos los trabajadores
Riesgos Eléctricos
Los trabajadores serán dotados de materiales de trabajo y EPP para prevenir estos riesgos
Lugares de trabajo
Los establecimientos industriales deberán tener una adecuada distribución de sus dependencias con zonas especificas para los distintos usos y actividades
Los pisos de los lugares de trabajo deben ser impermeables, sólidos y antideslizantes y estar en buenas condiciones
Seguridad Industrial
Calderas y recipientes sometidos a presión
Las calderas, cilindros para gases comprimidos y otros recipientes sometidos a presión, sus accesorios y aditamentos deben ser de acuerdo a las normas y regulaciones técnicas y de seguridad
Maquinarias, equipos y herramientas
Todas las maquinas, equipos y herramientas deben ser diseñados, construidas, instaladas, mantenidas y operadas de manera que se eviten posibles accidentes y enfermedades
Hornos y equipos de combustión
En lugar de trabajo deberá disponerse de personal adiestrado, métodos, equipos y materiales adecuados para la prevención y extinción de incendios