LEY DE ALOJAMIENTO N° 6483/80
Modalidades, formas y maneras de alojamiento
Modelo de habitación y servicio sanitario
Diversidad y calidad de servicios que se brindan dentro de cada clase
Conjunto de casas y departamentos; Alojamiento alternativo
Conjunto de casas y departamentos
Complejo Especializado (Turismo rural, de Salud, SPA, Deportivo, Reacreativo, etc)
3 a 1: Apart- hotel, Hosteria y Posada, Motel, Hostal, Apart cabaña, Complejo turistico
A-B-C: Residencial y Albergue
SUPERIOR - PRIMERA - ESTANDAR: Complejos especializados
Edificios con 2 o más plantas deben contar con ascensor
Contar con habilitación municipal
contar con sistema de cloacas, servicio de agua potable, luz eléctrica y gas
Contar con habitaciones con cama individual o doble dependiendo de la tipologia. debidamente equipadas.
Está prohibida la cama cucheta excepto en albergues o con autorización
contar con generador de energía y luz de emergencia
contar con proteccion para incendios
Contar con botiquin de primeros auxilios
El personal debe estar debidamente uniformado
Locales de música aislados acusticamente
Condiciones minimas de iluminacion y ventilacion
señalizaicon de salidas de emergencia
contar con dependencias para el personal y office debidamente equipado
Los establecimientos estan obligados a exhibir el numero de inscripcion en folleteria y carteleria
Ocupar la totalidad del predio o parte de él