Los MASC

Antecedentes nacionales

El 18 de junio del 2016 se cumplió el plazo de 8 años establecido para la implementación en todo nuestro país del nuevo Sistema Procesal Penal y con ello, la observancia de la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en materia penal. En dicha ley se contempla la figura de la mediación como una vía para
la resolución de disputas.

Antecedentes internacionales

La mediación ha sido una práctica empírica del ser humano, al menos durante algún tiempo; aunque en las últimas décadas se ha perfeccionado su método para la solución de conflictos menores, colectivos, entre Estados, o bien, entre organismos internacionales.

En las antiguas civilizaciones y pueblos nómadas, las partes de un
conflicto buscaban al más viejo del clan para que de acuerdo a su sabiduría, su longeva experiencia, su visión objetiva y ecuanimidad, mediara y resolverá el conflicto.

Marco Regulatorio.

Reforma constitucional de dieciocho de junio de 2008 en México.
Se modificó el tercer párrafo del artículo 17 de la Constitución Política para establecer que “Las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias. En la materia penal regularán su aplicación, asegurarán la reparación del daño y establecerán los casos en los que se requerirá supervisión judicial”.

¿Qué son los MASC?

la mediación es un procedimiento por medio del cual un tercero que conoce de la controversia y la postura de las partes en la misma, colabora con las partes guiando las negociaciones, con la finalidad de que las partes mismas logren llegar a un acuerdo que solucione la controversia.

Principios que regulan los MASC

a) confidencialidad

b) voluntariedad

c) flexibilidad

d) cooperatividad

e) rapidez y economía

f) neutralidad

g) auto-composición