MEDIACIÓN POLICIAL

Sección 1 aspectos generales sobre el conflicto

DEFINICIÓN DE CONFLITO

El conflicto se identifica con las acciones de dos o más partes que contienden por el control de materiales escasos o recursos simbólicos

ELEMENTOS DEL CONFLICTO

Una estructura básica donde destaca
las tres P´s: personas, proceso y problema.

Sección 5
Rol y habilidades
del mediador

El funcionario policial que hace uso de la Mediación Policial, actúa de forma preventiva frente a comportamientos que ponen en riesgo la vida e integridad de los ciudadanos, conteniendo y desescalando el conflicto

Habilidades necesarias
para la mediación policial

La regulación y autorregulación emocional, puesto que
la intervención mediadora se da sobre un momento de alteración emocional en la vida de las personas.

Sección 6
Técnicas de resolución
de conflictos

comunicacion estrategica

regulación y autorregulación

creatividad para formular y establecer acuerdos

capacidad de narrativa

capacidad de negociación

La indagación o el cuéntame

La reformulación

Esta técnica permite identificar,
reconocer y verificar las posiciones, intereses y necesidades de las
partes

El mediador debe generar un
ambiente positivo, promover la comunicación y hacer preguntas
abiertas

Sección 2 Mediación y Mediación Policial

QUE ES LA MEDICACIÓN

La mediación tiene como propósito la solución pacífica de conflictos de convivencia

BUSCAR ALCANZAR LOS SIGUIENTES PROPÓSITOS

-Facilitar la comunicación bidireccional entre las partes
para aclarar percepciones e informaciones que apoyen el
mantenimiento del conflicto.
-Transformar el conflicto o por lo menos lograr la satisfacción
de los intereses y alivianar las preocupaciones existentes
con relación al conflicto.

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA MEDIACIÓN

Voluntariedad de las partes

Imparcialidad del mediador

Confidencialidad

Neutralidad del mediador

Carácter personalísimo

¿Sobre cuáles asuntos se realiza
la mediación?

-En conflictos de convivencia

En el ámbito penal

¿Quiénes realizan la mediación?

Cuando sean conflictos de convivencia, la mediación puede
realizarla las autoridades de policía, los jueces de paz, las
personerías, los centros de conciliación de universidades.

Cuando se trate de delitos, en el marco del proceso penal,
la mediación obra como mecanismo de justicia restaurativa,
lo realiza "un tercero neutral o servidor público designado
por el Fiscal General de la Nación o su delegado, conforme
con el manual que se expida para la materia.

¿Qué es la mediación policial?

La mediación policial es un medio de policía, cuya ejecución es de carácter preventivo y busca establecer condiciones apropiadas para la convivencia; en este sentido, el objetivo
fundamental es generar un cambio de percepción del conflicto, acudiendo al dialogo, al respeto, la tolerancia, la cultura ciudadana.

¿Quién realiza
la mediación policial?

La realiza el personal uniformado de la Policía Nacional, los
comandantes de estación o subestación de Policía, y los comandantes
del Centro de Atención Inmediata de Policía, en concordancia con lo
indicado en el Trámite del Proceso Verbal Inmediato (Art. 222 Ley 1.801
de 2016).

Retos de la mediación policial

El ejercicio de la mediación policial, requiere que los acuerdos suscritos por las partes implicadas en el conflicto surjan de forma voluntaria y consensuada, no como una imposición de la autoridad de policía, quien en ningún momento debe sumarse a ser un actor más del conflicto.

Puede ser cualquier persona
habilitada por las partes,
y en especial aquellas
señaladas en el artículo 234
de la Ley 1.801 de 2016:

El mediador policial es la
autoridad de policía, esta refiere al
personal uniformado de la Policía
Nacional, los comandantes de
estación o subestación de Policía,
y los comandantes del Centro de
Atención Inmediata de Policía.

Sección 3 Marco Normativo

La mediación policial
desde el Código Nacional
de Policía y Convivencia

Artículo 154. Mediación Policial. Es el instrumento que
nace de la naturaleza de la función policial, cuyas principales
cualidades son la comunitariedad y la proximidad, a través
del cual la autoridad es el canal para que las personas en
conflicto decidan voluntariamente resolver sus desacuerdos
armónicamente

Aplicabilidad
de la mediación policial

SOCIAL:Conflictos derivados de la comisión
de un delito, que repercute en
amigos, vecinos y familiares.
hinchas de equipos de fútbol.

VECINAL: Ruidos por ladridos de
mascotas, martillar o taladrar
las paredes en horas
nocturnas, sonidos que
pertutben la tranquilidad

FAMILIAR: Actitudes beligerantes entre
primos, tíos, suegras, nueras,
hermanos, etc

ESCOLAR: Bullying (presencial y redes sociales)
por divulgación de la vida personal de los jóvenes, por criticas a su contextura física o personalidad.

Sección 4 Operacionalización de la mediación policial

Actuación ante
comportamientos contrarios
a la convivencia que al mismo
tiempo son delito

Aplicación
de la acción correctiva

Esto significa, que si como consecuencia de un comportamiento
contrario a la convivencia como la riña, el lanzamiento de objetos o
sustancias, agresión física o amenaza, se deriva la comisión de un

delito, es posible imponer la medida correctiva que corresponda (multa,

amonestación, participación en programa comunitario o actividad

pedagógica de convivencia) y realizar el procedimiento de captura al

agresor

Una vez identificado
el presunto infractor,
se abordará en el
sitio donde ocurran
los hechos, si ello
fuera posible, y le
informará que su
acción u omisión
Configura un C.C.C.

Se hará una primera
ponderación de los
hechos y procurará
una mediación policial. De no lograr la mediación, se impondrá la medida correctiva a través de la orden de Policía.

Recursos

Una vez se realice el Trámite del Proceso Verbal Inmediato y se resuelva
imponer medida correctiva, procede el recurso de apelación, si el
ciudadano hace uso de este recurso, se concederá en efecto devolutivo
y se remitirá dentro de las 24 horas siguientes a la imposición del
comparendo al Inspector de Policía,

Implicaciones desde
la Ley 1801 de 2016

1. Si no cancela la multa durante el primer (01) mes se generará el cobro de interés y será reportada la existencia de la deuda al Boletín de Responsables Fiscales de la Controlaría General de la República.
2. A partir del día 90 del no pago de la deuda, se procederá al cobro coactivo.
3. De no registrar pago dentro de los seis (06) meses, imposibilidad de realizar los siguientes trámites:
a) Obtener o renovar tenencia o porte de armas.
b) Ser nombrado o ascendido en cargo público.
c) Ingresar a las escuelas de formación de la Fuerza Pública.
36 Guía para realizar la mediación policial en Colombia Policía Nacional de Colombia
d) Contratar o renovar contrato con entidad del Estado.
e) Obtener o renovar el registro mercantil.
4. El incumplimiento de la medida correctiva de participación en
programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia,
dará lugar a la imposición de Multa General tipo 1.

Protocolo de mediación
policial in situ

-Conocer el caso de policía

-Abordaje inicial

-Desarrollo de la sesión de mediación policial

-Documentar la actuación

-Seguimiento

Protocolo de mediación policial
en estación de policía

La mediación policial realizada en la estación de policía, surge ante
solicitud propia del ciudadano o excepcionalmente por remisión de
la patrulla del cuadrante, dada la alta complejidad del conflicto de
convivencia.