NIA 705
Topic principal
Alcance
Trata de la responsabilidad que tiene el auditor de
emitir un informe adecuado en función de las circunstancias cuando, al formarse una opinión de conformidad con la NIA 700, concluya que es necesaria una opinión modificada sobre los estados financieros.
Objetivo
El auditor concluya que, sobre la base de la evidencia de auditoría obtenida, los estados financieros en su conjunto no están libres de incorrección material
El auditor no pueda obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada para concluir que los estados financieros en su conjunto estén libres de incorrección material.
Definiciones
Generalizado: término utilizado, al referirse a las incorrecciones, para describir los efectos de éstas en los estados financieros o los posibles efectos de las incorrecciones que, en su caso, no se hayan detectado debido a la imposibilidad de obtener evidencia de auditoría suficiente
y adecuada.
Opinión modificada: opinión con salvedades, opinión desfavorable (adversa) o denegación
(abstención) de opinión.
Requerimientos
Situaciones en las que se requiere una opinión modificada
Material pero no generalizado
Los estados financieros contienen
incorrecciones materiales. Opinión con salvedades
Material y generalizado
Imposibilidad de obtener evidencia
de auditoría suficiente y adecuada Opinión con salvedades
Determinación del tipo de opinión modificada
Tres tipos de opinión modificada, denominadas: opinión con salvedades,opinión desfavorable (o adversa) y denegación (o abstención) de opinión.
Estructura y contenido del informe de auditoría cuando se expresa una opinión modificada
Elementos NIA 700
Párrafo de fundamento de la opinión modificada
Párrafo de opinión
Comunicación con los responsables del gobierno de la entidad
Cuando el auditor prevea tener que expresar una opinión modificada en el informe de auditoría, comunicará comunicará a los responsables del gobierno de la entidad las circunstancias que le llevan a prever dicha opinión modificada y la redacción prevista de la modificación.