El positivismo juridico instauro un conjunto de derechos subjetivos
Los derechos subjetivos están condicionados a que el titular ponga en movimiento a la tutela del Estado, o bien, determine ejercerlo.
hace referencia a las facul- tades que posee el individuo de hacer o no hacer algo conforme a lo dispuesto por la legislación, y por lo tanto, garantizadas por el Estado.
Derechos Fundamentales
Son aquellos que, por su naturaleza no pueden ser prescindidios, ya que resultan ser y quehacer social del hombre
Tiene dos matices, fundamentales aquellos derechos que fundamentan el sistema jurídico, fundamentales aquellos derechos que no requieren fundamento en el sistema jurídico.
Son derechos morales o "naturales"
Derechos civiles
Prerrogativas básicas y libertades fundamentales reconocidas y garantizadas a todo ser humano, por el sólo hecho de serlo
Se les denomina derechos civiles por ser la manifestación política de los derechos, es decir, los derechos que surgen a partir de la organiza- ción de la ciudad-estado, que se plasman en su constitución como ga- rantías
Producto de la Declaración de Francia de los Derechos del Hombre y del Ciudadano
Derechos Morales
La ética es el fundamento de los derechos morales, su recono- cimiento y observancia queda al arbitrio individual e íntimo de los suje- tos, de tal manera que no pueden ser considerados como exigencias jurídicas hasta que no queden plasmados en la norma.
Los derechos naturales le son propios al hombre, por el simple hecho de serlo. Aquí se coincide con el concepto de derechos fundamentales. Se hace alusión a lo que le es propio por esencia, es decir, por aquello que es hombre y no otra cosa.
Derechos Naturales
Garantías Individuales
Es el resultado de las negociaciones entre pueblos y gobernantes. Los pueblos necesitaban un mínimo de derechos frente a los gobernantes para poder desarrollar su vida social.
Derechos públicos subjetivos consignados a favor de todo habitante de la República que dan a sus titulares la potestad de exigirlos jurídicamente a través de la verdadera garantía de los derechos públicos fundamentales del hombre
Las garantías individuales son compromisos del Estado de respetar los derechos humanos