Normas y Nomas del Derecho internacional
RELACIÓN DEL ORDEN JURÍDICO E INTERNACIONAL
Tesis Dualista - Totalmente separados, independientes y autónomos.
Tesis Monista - Unificados por un solo sistema juridico.
Monista Internacional - DIP superior al D. Interno.
Monista Nacional - D. Interno superior al DIP.
Tesis coordinadora o conciliadora - Unificación de los dos ordenes sin embargo son de coordinación, no subordinación.
PRINCIPIOS GENERALES DEL DI.
Prohibición de recurrir a la amenaza o al uso de la guerra.
Obligación de arreglar las controversias de forma pacifica.
No- intervencion en los asuntos de jurisdicción de Estados.
Igualdad de derecho y libre determinación de los pueblos.
Igualdad soberana de los Estados.
Obligación de cumplir de buena fe las obligaciones contraidas.
Derecho Internacional Público
1. Sin instancia central
2. No tiene jurisdicción general y vinculante
3. Sin instancia coactiva que imponga las normas efectivamente
De caracter interpretativo y coactivo.
Conformado por normas dispositivas e imperativas
Las fuentes del Derecho Internacional están en el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia
Principal Antecedente Art. 38
La Corte conforme al DI deberá decidir desacuerdo a la situación sometida y no lo reestringe de "ex aequo et bono".
FUENTES
TRATADOS- Acuerdo inter. escrito entre Estados y regido por el DI.
De Orden Formal
Tratados Multilaterales- Reglas aceptadas por la mayoría de los Estados.
Tratados Bilaterales- Obligan a 2 países.
De Material
Tratados- Contratos- Realización de un negocio jurídico, con beneficios mutuos pero objetivos diferentes.
COSTUMBRE INTERNACIONAL- Practica generalmente aceptada como derecho. Se conforma por:
Inveterata consuetudo- Acto repetido se convierte en regla.
Clasificación
C. Bilateral- 2 Estados.
C. Regional- Solo un grupo de Estados.
Costumbre Universal- Participación de la mayoría de los Estados
Opinio iuris- Convicción de Estados de actuar como jurídicamente se debe.
LA DOCTRINA
Opinión de los jurisconsultos
JURISPRUDENCIA INTERNACIONAL
Medio para determinar las reglas del derecho
LA EQUIDAD
Corrige las deficiencias de los tratado.