DERECHOS
Conjunto de leyes y disposiciones que determinan las relaciones entre si.

SUBJETIVO

CONJUNTO DE FACULTADES
RECONOCIDAS A LOS INDIVIDOUS
POR LA LEY PARA REALIZAR
DETERMINADOS ACTOS EN
SATIFACCION DE SUS PROPIOS INTERES

CIVIL

TAMBIEN LLAMADO PRIVADOS, SON LOS QUE TIENEN LKOS INDIVIDOUS EN SUS RELACIONES DE CARACTER PRIVADO.

PERSONALES

SE RTEALACIONAN DIRECTAMENTE CON LA PERSONA MISMA
Y QUE LE ESTAN INTIMAMENTE UNIDAS.

PATRIMONIALES

SU CONTENIDO ES DE CARCATER ECONOMICO

REALES

SON LOS QUE CONCEDEN A SU TITULAR UN PODER DIRECTO O INMEDIATO

CREDITO

SON LOS QUE TIENEN COMO ORIGEN UNA RELACION INTERMEDIA ENTRE DOS PERSONAS

POLITICO

SON LOS QUE TIENEN LOS INDIVIDOUS CUANDO ACTUAN EN CALIDAD DE CIUDADANOS.

PUBLICO

SON LOS QUE TIENE EL HOMBRE POR SER EL HECHO SERLO, SIN TOMAR EN CUENTA SU SEXO, EDAD O NACIONALIDAD

OBJETIVO O POSITIVO

EXTERNO O INTERNACIONAL

INTERNACIONAL PUBLICO

NORMAS QUE RIGEN LA REALCION DE ESTADOS ENTRE SI.

INTERNACIONAL PRIVADO

NORMAS QUE RIGUEN ALOS PARTICULARES

INTERNO

PUBLICO

ES EL CONJUNTO DE NORMAS JURDICAS QUE REGULAN LAS RELACIONES DEL ESTADO COMO ENTE SOBERANO CON LOS CIUDADANOS CON OTROS ESTADOS

ADMINISTRATIVO

ES EL CONJUNTO DE REGLAS O DISPOSICIONES QUE RIGEN LA ORGANIZACION DEL PODER ADMINISTRATIVO.

CONSTITUCIONAL

ES QUIEN RIGUE LA ORGANIZACION O CONSTITUCION DEL ESTADO LA CONSTITUCION DEL GOBIERNO DEL MISMO

PENAL

ES AQUEL QUE SE APLICA A LOS DELICUENTES, POR LA COMISION DE ALGUN DELITO

PROCESAL

SON LAS DISPOCIONES QUE RIGUEN LA ORGANIZACION DEL PODER JUDICIAL Y LA FORMA DE HACER PROMOCIONES ANTE EL MISMO PODER. Y SE DIVIDE EN

CIVIL

PENAL

DEL TRABAJO

CONJUNTO DE NORMAS QUE RIGUEN LAS RELACIONES DE LOS PARTICULARES, CUANDO ESTOS ACTUAN COMO PATRONOS O COMO TRABAJADORES EN VIRTUD DE UN CONTRATO.

AGRARIO

RIGUEN LA SOLUCION DE LOS PROBLEMAS DERIVADOS DEL REPARTO E INAFECTABILIDAD DE TIERRAS Y AGUAS Y DE SU DOTACION A LOS NUCLEOS DE LA POBLACION.

PRIVADO

CONJUNTO DE DISPOSICIONES JURIDICAS QUE RIGUEN LAS RELACIONES DE LOS PARTICULARES ENTRE SI.

CIVIL

PERSONAS

CONTRATOS

ARRENDAMIENTO

FAMILIA

MERCANTIL