PRINCIPIO DE AUTORIDAD

REGLAS

Celeridad

Valoracion de la prueba

Impulso oficioso del proceso

Poderes ultra y extra petita

SISTEMAS

Sistema Inquisitivo

Sistema del juez técnico

ART 48 C.P.T.S.S

El juez es el encarado de asumir la dirección del proceso adoptando las medidas necesarias para garantizar el respeto a los derechos fundamentales, el equilibrio entre las partes y la agilidad en su tramite.

APLICACIÓN

ART 50 C.P.T.S.S

El juez de primera instancia podrá ordenar el pago de salios, indemnización y prestaciones distintos de los pedidos o condenar el pago de sumas mayores que las demandas, cuando aparezca que estas son inferiores a las que corresponden trabajador.

ART 53 C.P.T.S.S

El juez podrá, en decisión motivada, rechazar la practica de pruebas y diligencias inconducente. también el juez podrá limitar el numero de testigos cuando considere que son suficientes para esclarecer los hechos.

Juez toma medidas necesarias para garantizar el respeto por los derechos fundamentales y generar agilidad en su tramite.

ART 54 C.P.T.S.S

Ademas de las pruebas pedidas, el Juez podrá ordenar la practica de todas aquellas que para su proceso él considere indispensables para el total esclarecimiento de los hechos , el juez lo hace cuando siente que es necesario.

EXCEPCION

Jueces no técnicos: jueces de paz y tribunal de arbitramento.