2) Procurar el máximo de beneficios y lograr el mínimo de posibles daños
Justicia
Participación igual
Dar de acuerdo a la necesidad individual
Esfuerzo individual
Participación de acuerdo con su contribución social
Participación de acuerdo con su mérito
Respeto por las personas
Este principio se refiere respetar la autonomía de cada persona y por ende las personas con autonomía disminuida tienen derecho a gozar de protección.
Se dio a conocer con el caso de Tuskegee en Alabama, lo que llevo a la formación de la Comisión Nacional para la Protección de Investigación Biomédica y Comportamiento el día 12 de julio de 1974
Este principio indica que las personas no solamente deben de tratarse de manera ética respetando sus decisiones y autonomía sino también procurar su máximo bienestar.
Para efectos de la bioética, este principio exige que haya equidad en la distribución de los beneficios y los esfuerzos de la investigación.
Consentimiento informado.
Hace hincapié en la importancia de éste elemento para realizar la investigación.
Valoración de riesgos y beneficios.
Implica una evaluación del proyecto con la mayor información para comparar los riesgos que se refieren a los posibles daños, y los beneficios que son los bienes que se alcanzan.
Informe Belmont
Es así como el 18 de abril de 1979 se da a conocer el informe Belmont. Principios Éticos y Directrices para la Protección de Sujetos Humanos de Investigación.
Selección de sujetos.
Tiene que ver con el principio de justicia ya que los investigadores deben mostrar imparcialidad