Sistema Nacional de Archivos
transparencia
sistemas locales en coordinación
Servicios
organizacion
administracion homogenea
Consejo Nacional
Artículo 65. El Consejo Nacional es el órgano de coordinación del Sistema Nacional. Integración.
Estará integrado por titulares y representantes, diputados y senadores del Congreso de la Unión con facultades y atribuciones.
Articulo 64.Concepto de SNA.
13 Miembros
Titular de la Secretaria de Gobierno
Representante del Poder Judicial de la Federación
Titular del Banco de México
Representante de los Archivos Privados
Titular de la Auditoria Superior de la Federación
Representante del Consejo Técnico y Científico Archivistico
Comisionado del Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la información Pública
Representante de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión
Integrante de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía
Titular del Archivo General
Presidente de cada uno de los consejos locales
Titular de la secretaría de la Función Pública
camara de diputados del congreso de la union
Atribuciones
Aprobar y difundir la normativa relativa a la gestión documental y administración de archivos
Aprobar y difundir los criterios y plazos para la organización y conservación de los archivos
Recomendacionen normativo de organizacoón de archivos judicioales
Aprobar la política nacional de gestión documental y administración de archivos
SNA
Instrumentos normativos
ORGANIZACIONES
Servicios
Proponer y ejecutar la política de conservación, restauración, registro, difusión y servicio del Patrimonio Documenta
capacitación
SALVAGUARDAR
Conjunto Organico
Normas para asegurar la gestión documental
Administración de Archivos
marco de atribuciones
facilitar la toma de decisiones en la función gubernamental. Proponer y apoyar la formación profesional y la capacitación especializada en archivística
rasoluciones y acuerdos federales
Técnicas para garantizar la conservación de los documentos.
Acceso a la información
digitalización
instrumentos de descripcion y organizacion
leyes y lineamientos
El artículo 67, formula recomendaciones archivísticas.
Aprobar u difundir, criterios, lineamientos, plazos, en materia de archivos.
Aprobar los lineamientos que establezcan las bases para la creación y uso de sistemas automatizados
Emitir recomendaciones a los sujetos obligados
Aprobar la política nacional de gestión documental y administración de archivos
articulo 67 consejo nacional Atribuciones
tiene las siguientes atribuciones siguientes:
II aprobar y difundir los criterios y plazos para la organización y conservación de los archivos.
III. formular recomendaciones archivísticas para la emisión de normativa de organización de expedientes judiciales.
IV emitir recomendaciones a los sujetos obligados para aplicar la ley en sus respectivos ámbitos de competencia.
V. aprobar los lineamientos que establezca las bases para la creación y uso de sistemas.
Promueve estrategias
Difusión
Divulgación
Patrimonio Documental