SOCIEDADES EN COLOMBIA Y SUS APORTES

Aporte es visto como prestación (dar - hacer o no hacer)

SOCIEDAD COLECTIVA

Pago o momento de aporte.

Lo acuerdan los socios.

Mora en el pago del aporte

Lo estipulan los socios

Reembolso del aporte

Cuando muere un socio y los otros deciden no continuar con los herederos, se hace una liquidación parcial y se le entrega a los mismos.

Participación en sociedad aporte de partes de intereses, cuotas o acciones

Se habla de partes de interés

Responsabilidad

Solidaria e ilimitada

SOCIEDAD EN COMANDITAS

comandita simple

Pago o momento de aporte.

Igual que en sociedad colectiva.

Mora en el pago del aporte

Igual que la sociedad colectiva

Participación en sociedad aporte de partes de intereses, cuotas o acciones

Igual que en la colectiva para el gestor y se habla de cuotas para los comanditarios

comandita por acciones

Pago o momento de aporte.

Igual que en sociedad anónima

Mora en el pago del aporte

Igual que en sociedad anónima

Participación en sociedad aporte de partes de intereses, cuotas o acciones

igual que en la colectiva para el gestor y se habla de acciones para los comanditarios.

Responsabilidad

Hasta el monto de sus aportes

SOCIEDAD ANONIMA

Pago o momento de aporte.

Al momento de constituir la sociedad aportan el 50% del capital autorizado y por lo menos la tercera parte de cada acción suscrita.

Plazo: 1 año

Mora en el pago del aporte.

la mora ocasiona:

Suspensión de derechos de las acciones suscritas

Impedimento para ceder o negociar las acciones de las que fuere titular

La norma permite vender las acciones suscritas por el moroso

Participación en sociedad aporte de partes de intereses, cuotas o acciones

Se habla de acciones

Responsabilidad

Hasta el monto de sus aportes

aporte en industria

Es posible el aporte de industria sin estimación anticipada
de valor

El accionista puede tener varias cualidades como ser
accionista capitalista e industrial a la vez.

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Pago o momento de aporte.

Al momento de la constitución o cuando existe un aumento de capital

Mora en el pago del aporte

Existen normas específicas para cuando haya incumplimiento, justificando la intervención de la Superintendencia de Sociedades.

Reembolso del aporte

No es posible la cesión o enajenación de cuotas

Participación en sociedad aporte de partes de intereses, cuotas o accione

Se habla de cuotas

Aporte en industria

No puede haber parte en industria, porque es al momento
de la constitución.

SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA

Pago o momento de aporte.

Hasta 2 años

Mora en el pago del aporte

Se rigen por las disposiciones de sus estatutos.

Participación en sociedad aporte de partes de intereses, cuotas o acciones

Se habla de acciones

Responsabilidad

hasta el monto de sus aportes

Aumento o reposición del aporte

Si no se estipula en el contrato, ningún asociado está obligado.

Restitución de aportes

Los asociados no pueden pedir que les devuelvan sus aportes, excepto en 3 casos

Cuando el socio realizó un aporte en usufructo y ya se cumplio

Durante la liquidación judicial y voluntaria.

Se declara nulo el contrato social respecto del socio solicitante.

Reembolso del aporte

Se devuelve al socio el valor total de su aporte con valorizaciones y desvalorizaciones. Esta se realiza luego de que la sociedad esté disuelta. 3 excepciones:

Cuando hay disminución del capital

Sociedades colectivas: cuando muere un socio y los otros deciden no continuar con los herederos

Sociedades de responsabilidad limitada: no es posible la cesión o enajenación de cuotas

Artículos 12 y siguientes de la Ley 222 de 1995: En ejercicio del derecho de retiro o receso, se hace uso del derecho de reembolso se liquidan las utilidades
y entregan conjuntamente con los aportes.

Obligaciones que surgen en el aporte

Dar

entregar aporte en dinero o especie

Hacer

Desarrollar una actividad en favor de la sociedad

Con estimación anticipada de su valor

redime participación en la
sociedad

Sin estimación anticipada de valor

Se acuerda un porcentaje al fin de cada ejercicio contable.

No hacer

abstención del socio

Licitud del aporte

Aporte lícito desde 2 perspectivas:

Ilicitud individual: aporte del socio con origen ilícito, genera nulidad parcial

Ilicitud colectiva: ilicitud en el objeto social, genera nulidad absoluta.

Aportes según la forma como se haga la entrega o se paga:

En propiedad

Transfiere todos los derechos a la sociedad (uso, goce y disposición), debe cumplir con solemnidades.

En usufructo

Solo se le da el uso y disfrute del bien, socio conserva nuda propiedad

Aportes al interior de las sociedades

Aporte capital

Puede ser en dinero o en bienes apreciables en dinero

Aporte en Dinero

Se perfecciona con la entrega material del dinero a la sociedad en la fecha acordada

Aporte en especie

Bienes apreciables en dinero

Aporte en Industria

obligación de hacer, "en trabajo" a cargo de un aportante.

Modalidades

Con estimación anticipada de su valor: El asociado se compromete a pagar su aporte con su trabajo por un tiempo; a medida que
cumple su obligación, este redime su participación de capital. El socio puede tener calidad de socio y capitalista al redimir su participación en el capital.

Sin estimación anticipada de su valor: aporte que jamás redime participación en el capital de la sociedad,
esto quiere decir que va tener la calidad de socio industrial durante la vigencia del
aporte.

Valoración de los aportes en especie (Artículos 126 y 132)

Valor comercial determinado

Características

Valor que tenga el bien en el mercado: esto para saber el monto del aporte

Control a la valoración de los aportes

Los socios responderán solidariamente por el valor atribuido a los aportes en
especie bien que se haya efectuado en el momento de su constitución o con posterioridad, Aplica a todas las sociedades

Fijación de valoración de aportes en especie

En la constitución

Decisión unánime de interesados estipulada en los estatutos

Posterior a la constitución

Fijado en asamblea general o junta de socios

En la sociedad LTDA requiere reforma estatutaria.